CPA´s #IMSS podrían firmar Dictámenes con su FIEL del @SATMX


Buen día Estimados amigos el día de hoy nos encontramos con la novedad que en el Diario Oficial de la Federación se encuentra publicado el Acuerdo de Consejo Técnico del IMSS ACDO.SA3.HCT.270411/120.P.DIR, relativo a la aprobación para utilización de la Firma Electrónica Avanzada y su respectivo certificado digital, expedido por el Servicio de Administración Tributaria para que los contadores públicos autorizados en dictaminar el cumplimiento de las obligaciones patronales en materia de seguridad social, realicen los trámites correspondientes a su registro.

Bien en este Acuerdo CT IMSS, se aprueba la utilización del famoso Certificado FIEL del SAT por parte de los Contadores Públicos Autorizados(CPA’s) para realizar los trámites correspondientes a su registro, así como para la presentación de aviso para dictaminar y el dictamen para efectos del Seguro Social ante este Instituto, siempre y cuando los CPA’s manifiesten previamente y de manera expresa su conformidad para realizar este trámite

Cabe destacar que este acuerdo ya llega un poco tarde, sobre todo para efectos de la presentación del aviso por que el pasado Lunes 02/05/2011 venció el plazo para su presentación en tiempo y forma.

Esta aplicación es 100% opcional, así también se debe de considerar que esta disposición se podrá aplicar en los trámites electrónicos y actuaciones electrónicas realizados a través de la FIEL, para que sustituyan a la firma autógrafa del firmante, para garantizar la integridad del documento, por lo que producen los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos con firma autógrafa, teniendo el mismo valor probatorio.

Estos trámites electrónicos o actuaciones electrónicas que llevará a cabo el CPA, utilizando la FIEL, estarán sujetos a las aplicaciones que el Instituto ponga a disposición para tal efecto.

Para iniciar a utilizar esta disposición legal, los CPA’s que opten por realizar trámites electrónicos y actuaciones electrónicas ante el Instituto a través del uso de la FIEL, deberán notificar por escrito al Instituto cualquier modificación a la información de su registro, incluyendo su correo electrónico y números telefónicos como medios de contacto, dentro de los diez días posteriores a que ocurra el supuesto que corresponda, en observancia a lo previsto en el artículo 154, del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

Es de observarse que el IMSS, podrá proceder a la revocación de la autorización del uso de la FIEL, cuando conozca por cualquier medio, que se ha efectuado alguna modificación al registro del CPA y éste no lo haya informado al Instituto

Como se podrá ver que todos los trámites electrónicos o actuaciones electrónicas realizados, a través de su FIEL, serán reconocidos por el CPA como propios y auténticos, por lo que queda bajo su absoluta responsabilidad el uso y manejo de los mismos, aceptando que se le atribuirá la autoría de los trámites electrónicos o actuaciones electrónicas realizados ante el Instituto

Si quieren conocer más detalles de este Acuerdo lo pueden consultar directamente en el siguiente link:

ACUERDO ACDO.SA3.HCT.270411/120.P.DIR

Así que estimados, Contadores Públicos Autorizados, ya estará en ustedes que decidan o no la aplicación de esta opción que el IMSS nos da

Saludos