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Declaración grado de riesgo IMSS – Preséntelas correctamente

febrero 12, 2013/por Colaboraciones

Presente correctamente su declaración de grado de riesgo ante el IMSS

Estamos en el mes de las declaraciones informativas y, una de las más importantes, es la del grado de riesgo de trabajo ante el Seguro Social, la cual debe ser presentada a mas tardar el 28 de febrero de 2013. Habrá que recordar que del resultado de esta declaración, se estarán efectuando los pagos de la prima de riesgo de trabajo durante todo el ejercicio 2013, por ello, de la importancia y cuidado que se debe tener para su adecuado cálculo y contenido.

Para el buen cumplimiento de esta declaración, las empresas tienen la obligación de revisar anualmente su siniestralidad, esto de conformidad con los artículos 74 de la Ley del Seguro Social, el artículo 32 del reglamento de Afiliación, Clasificación de empresas, recaudación y fiscalización.

Es muy importante considerar el resultado del cálculo de siniestralidad, para saber si permanecen en la misma prima, o si esta disminuye o aumenta.

La presentación de la prima de riesgo puede ser en formato de papel directamente en el Instituto Mexicano del Seguro Social, o si lo prefieren vía electrónica.

Existen algunas excepciones para la no presentación de la prima de riesgo, siendo entre otras, las siguientes:

  • Cuando las operaciones de la empresa no cubran el período anual del 1o de enero al 31 de diciembre de 2012, lo cual puede ocurrir si se dieron de alta ante el IMSS después del 1o de enero de 2012 o si cambiaron de actividad. En estos casos, la empresa es colocada en la prima media de la clase que le corresponda a la actividad que realice, y debe cotizar con ésta, hasta que cumpla el año calendario, necesario para efectuar el cálculo de la prima de riesgo respectiva.
  • Cuando al determinar su prima de riesgo, esta resulte igual a la del ejercicio anterior (aunque se recomienda presentarla para evitar confusiones).
  • No hubiesen tenido trabajadores por más de seis meses, ni presentado el aviso de baja patronal correspondiente, y…
  • En el ejercicio de determinación se hubiesen dado de baja y después de seis meses se hubiesen registrado ante el IMSS con la misma actividad.

Para determinar el cálculo de la prima de riesgo, es importante repasar los siguientes puntos:

  • Documentar todos los casos de riesgo de trabajo del ejercicio anterior concluidos, con sus certificados de comprobación correspondiente, como lo son las incapacidades por riesgo de trabajo o bien los formatos ST-2.
  • En caso de que se hayan emitido Incapacidades Parciales Permanentes, estas se deberán recolectar para considerar en dicho cálculo. Se deberá hacer lo mismo con las defunciones que se hayan generado por riesgo de trabajo.
  • Tener a la mano las liquidaciones correspondientes al ejercicio anterior para determinar el número de trabajadores expuestos al riesgo.

De conformidad con la Ley del Seguro Social en su artículo 304 A Fracción XV, y 304 B Fracción III, el no presentar la revisión anual obligatoria de su siniestralidad y determinación de la prima del seguro de riesgos de trabajo o, hacerlo extemporáneamente o con datos falsos o incompletos, es un acto considerado como infracción, lo cual se castiga con una multa de 20 a 210 Veces el salario mínimo del Distrito Federal.

Conocedores de que esta declaración requiere de una revisión especializada, debido a la forma en que debe quedar documentada y respaldada, ponemos a sus ordenes nuestro servicio de revisión y/o elaboración de su declaración de prima de grado de riesgo, servicio que es proporcionado por nuestros especialistas en el área de seguro social, los cuales tienen una experiencia de más de 15 años en el área.

Evite sorpresas y requerimientos incómodos, póngase en contacto con nosotros y con gusto los atenderemos.

En caso de requerir nuestro apoyo, ponemos a sus órdenes los correos electrónicos para su consideración.

C.P. Dunia Maritza Luna Villalva mluna@kimquezada.com

C.P.C. y M.I. Marcelino Fernandez mfernandez@kimquezada.com

 
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“Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados. Kim Quezada y Asociados, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto Kim Quezada y Asociados, S.C., sus miembros y/o sus autores, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el usuario le pueda dar”


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Etiquetas: febrero, IMSS, Letras sueltas, Recursos Humanos, riesgo de trabajo
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Comentarios
  • JOSE HECTOR CORTES GARCIAGRACIAS SE EXTRAÑABAmayo 7, 2026 - 12:02 pm por JOSE HECTOR CORTES GARCIA
  • Contador Carla PachecoYo ya lo probe para la declaración anual, y es excelente....abril 16, 2026 - 12:15 pm por Contador Carla Pacheco
  • JOSE HECTOR CORTES GARCIATU ARTICULO ES TOTALMENTE DE CARACTER POLITICO, NO ES DE...marzo 25, 2026 - 5:35 pm por JOSE HECTOR CORTES GARCIA

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