Requisitos para deducir vehículos usados – Resolución Miscelánea –



De acuerdo a lo señalado en la Resolución Miscelánea Fiscal 2013, estos son los requisitos para la deducción fiscal de la compra de un vehículo usado:

I.3.3.1.9. Para los efectos del artículo 31, fracción III, primer párrafo de la Ley del ISR, tratándose de la adquisición de vehículos usados, enajenados por personas físicas, con excepción de aquéllas que tributen en los términos de las Secciones I y II del Capítulo II del Título IV de dicha Ley, se tendrá por cumplido el requisito consistente en que las deducciones autorizadas estén amparadas con documentación que reúna los requisitos de las disposiciones fiscales, cuando los contribuyentes que pretendan efectuar dicha deducción cumplan los siguientes requisitos:

I. Celebren contrato de compraventa por escrito que ampare la adquisición del vehículo usado de que se trate.

II. Señalen en el contrato a que se refiere la fracción anterior, el domicilio del enajenante y conserven copia de su identificación.

III. Conserven copia del comprobante fiscal, o en su caso su representación impresa, expedido por la persona que enajenó por primera vez el vehículo correspondiente.

Tratándose de los vehículos usados no afectos a la actividad empresarial o al servicio profesional de las personas físicas que tributen en los términos de las Secciones I y II del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR, se podrá aplicar lo dispuesto en la presente regla.

LISR 31, RLIVA 27

Visto primero en: redcontablemx.com



5 comentarios
  1. Irineo zamorano
    Irineo zamorano Dice:

    Una pregunta, en la faciliades administrativas publicadas en marzo 2012, menciona que en cuanto al uso o goce de autos, podemos deducir de $165.00 a la suma de 250.00 diarios, aun sigue vigente para 2013? gracias.

  2. Gerardo
    Gerardo Dice:

    No me quedó muy claro, entonces, ¿sí soy PF servicios profesionales, necesito el comprobante fiscal para deducir un coche usado? ¿La regla solo aplica para las PF que se dedican al arrendamiento?

    • El Conta
      El Conta Dice:

      @Gerardo:

      ¿sí soy PF servicios profesionales, necesito el comprobante fiscal para deducir un coche usado? En la segunda pregunta va la respuesta a esto.

      ¿La regla solo aplica para las PF que se dedican al arrendamiento? Esto aplica para todas las PF, a excepción de aquellos vehiculos adquiridos a PF con actividades empresariales y profesionales, así como los adquiridos a PF Intermedios (en el entendido de que ellos SI cuentan con comprobantes fiscales para facturar esa venta de vehículo)

      Saludos ;)

      • Gerardo
        Gerardo Dice:

        Muchas gracias, ya me quedó claro, a veces hay que darle varias leídas.

        Buen fin de semana.

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