Entorno fiscal de una Asociación Religiosa -Iglesias-






Pregunta:

¿Alguien me podría orientar como se maneja la contabilidad de una Iglesia Cristiana que quiere darse de alta en el SAT para poder emitir recibos deducibles cuando recibe donativos.?

Se que debe de ser una AC que computa en el Titulo III Personas Morales con Fines No Lucrativos,

Por favor alguien me puede decir en donde puedo ver las ventajas y desventajas, para darse de alta

Alguna Recomendación que se deba seguir

Al parecer deben de estar auditadas….

Respuesta:

Responde: sosgtorreon 

Varios link’s al web site del SAT para que puedas descargar algunos materiales y leer bastante;

Definicion de AR
Referencias de leyes
Preguntas y respuestas en relación a AR

Estoy seguro que si das lectura a este ultimo material -por lo menos- vas a salir de dudas,

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Responde: a_cano

Cabe agregar enlace para consultar resolución relacionada con el Régimen aplicable a las Asociaciones Religiosas para el ejercicio fiscal 2011:

:arrow: Resolución fiscal SAT <<<< ===== (Nota de ElConta: Estén enlace es el quería que vieran ;) Muy ilustrativo ¿verdad?)

¿Donde vi todo esto?

Pues en los foros de AportacionesFiscales.Com visítalos !!

 



3 comentarios
  1. ANA
    ANA Dice:

    si son claras las respuestas pero les falta el fundamento legal (en que articulo de la Ley dice que no pueden ser donatarias los que tengan fines politicos o religiosos)

  2. gga
    gga Dice:

    creo que martha tiene razon, investigue un poco acerca de como dar de alta una iglesia y encontre que una asociacion religiosa no puede expedir comprobantes deducibles por donativos, solo notas que no seran deducibles para los donantes solo las donatarias autorizadas pueden hacer eso y para poder ser donataria autorizada el objeto social no debe llevar tintes politicos ni religiosos.

  3. Martha Cecilia Gonzalez Perez
    Martha Cecilia Gonzalez Perez Dice:

    Las Asociaciones Religiosas (AR) no pueden ser donatarias autorizadas.
    Es Asociacion Religiosa, no una Asociación Civil.
    Por ser Asociacion Religiosa debe de inscribirse en la Secretaria de Gobernación y no en el Registro Público de Comercio y de la Propiedad.
    La contabilidad se lleva de manera simplificada y con los lineamientos que emite el Sat mediante decreto año con año.
    Te recomiendo leer la Ley de Asociaciones Religiosas y de Culto Público.

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