+ Impuestos + Evasión= (Dinero)
+ IMPUESTOS + EVASIÓN FISCAL= (DINERO)
C.P.C. FELIPE ALFREDO ORTIZ BENAVIDES
Twitter: @FelipeOrtiz
Sitio del autor: certezafinanciera.blogspot.com.
Me puse a reflexionar por qué más impuestos en nuestro Sistema Tributario Mexicano? Hace 5 años –2008- nos impusieron dos leyes tributarias: el IETU y el IDE, para 2014 se propone eliminarlos, y entran al “show” fiscal 2 impuestos “verdes”, de esos ecológicos…un impuesto a los Pesticidas y en la ley del IEPS del impuesto al Carbono, tema pecaminoso para hoy.
¿No alcanzan los dineros? No, nunca han alcanzado, hoy hablaré de un elemento canceroso que impide tener un PIB “bonito” junto a la ineficiencia en la recaudación y a la precaria calidad del Gasto Público… la Evasión Fiscal, que se combatirá con rudeza en el 2014, pero que es esto de evadir?
La evasión fiscal es el no pago de una contribución; no hacer el pago de una contribución es equivalente a eludir el deber de cubrirla. Se trata de la violación de la ley que establece la obligación de pagar al fisco lo que este órgano tiene derecho de exigir.
Es la acción ilegal que consiste en ocultar bienes o ingresos con el fin de pagar menos impuestos. Recuerdan el clásico, va a querer factura? Si es así tendré que cobrarle el IVA, ejemplos sobran, venta de cd´s, inversiones en paraísos fiscales, pasar por el semáforo “no tengo nada que declarar”, en fin, sobran ejemplos. No confundir entre la evasión de impuestos y la elusión fiscal. Esta última no es un delito, ya que consigue evitar el pago de impuestos únicamente a través de medios legales –la elusión-, esta última se combate con la perfección de la regla.
La evasión fiscal es el incumplimiento de un deber legal tipificado, que surge de lo que se llama hecho generador del crédito fiscal, y al que algunos autores, especialmente extranjeros, denominan “hecho imponible”, o dan a otros nombres.
La evasión fiscal se define generalmente como cualquier acto que se diseña para defraudar al fisco. Esta definición es muy amplia y permite que la autoridad fiscal actúe por cualquier declaración que usted sabe está errónea sobre sus impuestos.
El Servicio de Administración Tributaria –SAT-, (que cada día demuestra ser un organismo eficiente y va moldeando sus sistemas electrónicos en el proceso de vigilancia, detección, control, notificación, etc.) presiona en metas a sus cobradores –recaudación-, y tiende a ocasionar que la propia autoridad se vea involucrada en actos de presión excesiva y en ocasiones abusiva en contra de los contribuyentes y de personas no inscritas en el RFC, principalmente sorprendiendo a quien tiene menor conocimiento acerca de la contribución al gasto público -caso de las invitaciones para pagar el supuesto ISR, omitido en 2009, por depósitos en efectivo-, no importando la naturaleza de los ingresos y enviando un cómodo plan de pagos en parcialidades.
En el 2012, el SAT enfrentó aprox´ 3,000 juicios de amparo contra actos interpuestos por contribuyentes, por abuso de poder, excesiva recaudación hacia unos cuantos, auditorías maquilladas en beneficio de la autoridad y un sinfín de factores, con un 55% de resoluciones favorables. La evasión del ISR en México equivale al 2.4% del PIB. En general el país deja de recibir 2% del PIB por diversas actividades de evasión tributaria. Esto conlleva a que en México sólo recaudemos el 11.5% del PIB.
Asimismo, el uso de facturas falsas para reducir el pago de impuestos ocasiona daños a la autoridad más o menos de 16 mil millones de pesos al año. De aprobarse la reforma al Código Fiscal de la Federación –CFF- 2014, a través de su artículo 5, facultarían al fisco federal a determinar obligaciones tributarias cuando detecte prácticas u operaciones que carezcan de racionalidad de negocios. Uff de miedo, ni se imaginan que es esto, es como la muñeca de El Conjuro!
Vienen 62 cambios al CFF, sobre la ejecución de delitos fiscales, sobre los responsables de los delitos fiscales, el buzón tributario, la cláusula anti elusión, y el combate al uso de facturas falsas, revisiones electrónicas, eliminación del dictamen fiscal; el panorama de responsabilidades va a cambiar, los contribuyentes en general tendrá que adoptar esquemas de cumplimiento rígidos, los contadores, asesores, administradores de empresas, adquieren responsabilidad que amenaza su libertad –gulp, por no decir nuestra-.
No olvidemos que a través de unidades de inteligencia financiera en la SHCP y en la PGR aplicarán la Ley Anti Lavado de Dinero, que será una herramienta de dimensión extraordinaria en el combate a la Evasión Fiscal y en la detección de recursos de procedencia ilícita. Las reglas del juego cambian.
Datos de artículo. Por Mario Rizo y Mónica Vega “Evasión fiscal: dos caras de la moneda” / Salles Sainz Grant Thornton
Artículo publicado 23/sep/2013 en Meridiano de Nayarit