Precios de transferencia. Conoce la importancia de su estudio.



Importancia del estudio de precio de transferencia

C.P. Jesús Humberto López Armendáriz

• Licenciatura Contador Publico.

• Supervisor del Departamento de Auditoria del Despacho Villarreal Corporativo Consultores, S.C.

• Presidente de la Comisión de Normas de Información Financiera CCPNS.

[email protected]


Antecedentes

Para comprender la importancia del estudio de precios de transferencia necesitamos comprender su concepto, el cual se define como el precio que se pacta entre dos compañías de un mismo grupo para la realización de cualquier tipo de transacción.

El estudio de precio de transferencia en México surgió derivado a un acuerdo denominado “principio de plena competencia” realizado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), la obligación del estudio de precio de transferencia en México fue aprobada por el Congreso de la Unión y publicada en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) en el año 2023, obligación aplicada para el ejercicio 2022, es importante mencionar que dicha decisión impacto a grupos de empresas referente a realizar y valuar las operaciones a valor mercado.

Análisis

La autoridad comenzó a poner ojo a las actividades financieras, comerciales y contractuales realizadas entre compañías de un mismo grupo, se realizaban pactando precios en busca de beneficios fiscales entre ellas un punto que beneficiaba a muchos grupos empresariales, por ejemplo imaginemos un caso hipotético dos empresas de un mismo grupo una buscando bajar su base de impuesto y la otra buscando mitigar su perdida, realizan operaciones entre ellas y pactan el precio que ellos mejor le convenga, la que cuenta con perdida le vende tomates a la que cuenta con utilidad que se dedica a procesarlos para salsas, le vende el kilo de tomate a $100.00 pesos sin considerar el precio del mercado que es de $32.00 pesos vemos un beneficio claro en la operación del grupo, fue alguna de las causa por la cual la autoridad busco la forma de poder valuar dichas operaciones entre las compañías, por tal motivo comenzó a solicitar lo que conocemos como el “estudio de precio de transferencia”, como lo menciona el artículo 76 fracción IX de la ley del ISR, “Obtener y conservar la documentación comprobatoria, tratándose de contribuyentes que celebren operaciones con partes relacionadas, con la que demuestren que el monto de sus ingresos y deducciones se efectuaron de acuerdo a los precios, montos de contraprestaciones o márgenes de utilidad, que hubieran utilizado u obtenido con o entre partes independientes en operaciones comparables”.

Debemos de considerar alguno de los métodos comparables que nos menciona el artículo 180 de la ley de ISR, con la finalidad de que la determinación de nuestras operaciones de ingresos y deducciones sean comparables con los precios de mercado:

I. Método de precio comparable no controlado.

II. Método de precio de reventa.

III. Método de costo adicional.

IV. Método de participación de utilidades.

V. Método residual de participación de utilidades.

VI. Método de márgenes transaccionales de utilidad de la operación.

Documento que debe ser presentado el día 15 de mayo del año posterior al ejercicio a declarar de acuerdo con la fracción X del artículo 76 de LISR, en caso de no hacerlo la autoridad podrá determinar las operaciones como lo menciona el artículo 179 de la LISR, considerarlas no deducibles.

El artículo 76 fracción IX párrafo segundo, menciona los contribuyentes que realicen actividades empresariales cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido de $13,000,000.00, así como los contribuyentes cuyos ingresos derivados de prestación de servicios profesionales no hubiesen excedido en dicho ejercicio de $3,000,00.00, no estarán obligados a cumplir con la obligación establecida en la fracción.

Conclusiones

Debemos darle la importancia al estudio de precio de transferencia, para cumplir con la obligación requerida por la autoridad y no tener un problema futuro el cual podría llegar a afectar a las empresas, debemos evaluar las operaciones y voltear a ver los valores del mercado al momento de llevarlas a cabo, esto con la finalidad de cumplir con el propósito por el cual fue creado el estudio.

Por cortesía de INCP:

Descargar Revista #106 Contaduría del Noroeste:


0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *