Iniciativa. Impuesto a la Distribución de Dividendos – Aguas !!



Iniciativa. Impuesto a la Distribución de Dividendos

Autor: Elías Quezada

:arrow: www.kimquezada.com

El Ejecutivo dice en su exposición de motivos:

“Mientras que en México la tasa efectiva es del 30%, la tasa efectiva en Alemania es del 49%, Canadá del 51%, Chile del 40%, Corea del 51%, Dinamarca del 57%, Francia del 64%, Estados Unidos de América del 58%, España del 49%, Japón 43% y Países Bajos 44%.”

Lo delicado de esta aseveración es que se cree firmemente que México ya es parte de ese bloque de países, ya que, a lo largo de toda la exposición, como si fuera una fábula, se hacen comparaciones incesantes de esta naturaleza para fijar una postura arrogante y obtusa en aras de imponer contribuciones excesivas y limitar deducciones y regímenes especiales a diestra y siniestra en detrimento de los mexicanos.

Hay que recordar que las personas morales en México están sujetas al pago del 30% sobre su resultado fiscal. Las utilidades que han sido gravadas con el impuesto, se contabilizan en una cuenta que se denomina Cuenta de Utilidad Fiscal Neta, que conocemos como CUFIN. Hasta hoy en día, las distribuciones de utilidades que se hacen a los socios con cargo a esa cuenta, no se encuentran afectas a pago de impuesto alguno.

Justificación de la Propuesta

No es malo aspirar a ser mejores imitando las virtudes de los grandes. El problema es cuando se hace copiando esquemas tributarios de economías altamente desarrolladas que viven un clima de estabilidad y paz social, para traerlos a nuestro país, donde una tercera parte de la población se encuentra sumida en la pobreza y lo que mayormente producimos [si se puede decir así] es petróleo. Las empresarios que con valentía y trabajo han logrado sortear las vicisitudes de la recesión económica que lleva cerca de seis años y que han arriesgado su patrimonio y su vida ante un clima de inseguridad, ahora se les trata de poner una pesada carga de un 10% adicional de ISR, que sumado al 30% antes citado y al 10% de PTU, hacen un total del 50%, aunado con una serie de deducciones que no es posible considerar en la actividad empresarial, y que son estrictamente indispensables, como consumos en restaurantes, automóviles, inversiones en bienes nuevos, etc. Con esta tasa seremos orgullosamente comparables con Alemania, Candada, Corea del Sur, Japón y Países Bajos.

Un estímulo importante para que los empresarios hayan permanecido hasta hoy en día en nuestro país [y no de diga la inversión extranjera] son las tasas tan competitivas que tenemos respecto del resto del mundo. El tratar de elevar a México a esos niveles impositivos, sin lugar a dudas que va a alentar, primero al extranjero a irse, y al nacional a valorar opciones en otras partes del mundo para hacer sus negocios, en donde tenga un esquema tributario más formal, viva en condiciones sociales de paz y seguridad y reciba los servicios públicos y educación para sus hijos, en retribución por sus impuestos pagados.

Otro factor importante, es el alto grado de corrupción que tenemos en nuestro país. Es bien sabido que ante un clima de corrupción, lo peor que se puede hacer es poner impuestos excesivos y multas desproporcionales, que dicho sea de paso, mediante las reformas pretendidas en el Código Fiscal de la Federación, se establecen una serie de supuestos muy severos que por un error involuntario o de terceras personas, pueden poner tras las rejas al contribuyente, sus apoderados y asesores.

¿Retroactividad de la Ley?

La reforma pretendida no establece disposiciones transitorias en donde se indique que las utilidades generadas hasta el 31 de diciembre de 2013, no van a estar sujetas a este nuevo gravamen del 10%, lo que es totalmente injusto. De la redacción se advierte que cuando se paguen dividendos con cargo a la CUFIN [saldo de 2013 y hacia atrás], la persona moral, debiera estar pagando el 10% de impuesto.

Recomendaciones al cierre

Es sumamente importante se haga asesorar por un especialista, para que prevenga un menor impacto fiscal como consecuencia de esta reforma, llevando a cabo un análisis integral sobre el estado que guardan las utilidades retenidas de la empresa y como pudiera afectarle en caso de simplemente no hacer nada.

Fuente: www.kimquezada.com/blog/

KIM_logo

Kim Quezada S.C. es una firma de servicios contables, legales, fiscales y de auditoría; con oficinas en Tijuana, Baja California, y presencia internacional.

Kim Quezada es la única firma contable, fiscal y legal que provee de herramientas personalizadas para la toma de decisiones más inteligentes, dándole tranquilidad en los negocios. Nuestros socios y gerentes están disponibles en todo momento, y participan para establecer procesos contables y fiscales que coadyuvan al crecimiento a largo plazo y previenen problemas en el futuro.

“Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados. Kim Quezada y Asociados, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto Kim Quezada y Asociados, S.C., sus miembros y/o sus autores, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el usuario le pueda dar. Este Blog no constituye una plataforma de consulta para los usuarios del mismo, por lo que, cualquier persona es libre de reflejar su opinión

2 comentarios
  1. Haydde
    Haydde Dice:

    ups…. mejor nos lanzamos de diputados, dietas y por debajo de la agua el dinerito nos rendirá MAS.!!!

  2. Jose Perez
    Jose Perez Dice:

    Nos comparan con los grandes de OCDE para pagar pero no para darnos los mismos niveles de vida que ellos reciben …

    La mejor opcion sera que si tienes CUFIN se organicen para que de aprobarse esta reforma, se paguen dividendos los primeros dias de diciembre y solo «perderle» en la CUFIN del 2013.

    Habra empresas que por falta de flujo no lo hagan por lo seria recomendable evaluar algun financiamiento.

Los comentarios están desactivados.