tiempo fuera suspension

#ContabilidadElectronica Prórroga en la entrega del catálogo de cuentas (Ya no es en octubre 2014)

Recordemos primero que de acuerdo al de acuerdo a aquel PROYECTO DE 3ra MODIFICACION A LA RMF PARA 2014 Y SUS ANEXOS 3 Y 25 de la prórroga para la entrega de las Balanzas de Comprobación en la cual señala como fecha límite el mes de Enero 2015 pero se mantenía para Octubre de 2014 la entrega del Catálogo de cuentas. Ahora bien, una vez publicada esa 3ra MODIFICACION A LA RMF PARA 2014 Y SUS ANEXOS 3 Y 25 es de notar que esa prórroga se hizo extensiva también al Catálogo de Cuentas
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Trabajadores domésticos. Pago bimestral de cuotas IMSS

Autorizar el pago bimestral de las cuotas a cargo del patrón persona física por el aseguramiento del o los trabajadores domésticos.
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Emito CFDI por mis servicios profesionales ¿Y mi constancia de retención?

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Ante la insistente pregunta de: ¿Y mi constancia de retención…
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Conoce Arrendavit del INFONAVIT

Es el esquema de solución hecho por Infonavit para los derechohabientes…
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Contabilidad creativa ¿Pudiera considerarse un fraude en materia fiscal?

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El término contabilidad creativa generalmente lo asociamos a la práctica de manipular las cifras de los estados financieros para ocultar resultados que no son convenientes para los fines de la entidad, sin embargo, esto no es precisamente cierto...
caer esta permitido

Eres el resultado de ti mismo y la suerte es solo el pretexto de los fracasados.

Acepta la responsabilidad de edificarte a ti mismo y el valor de acusarte en el fracaso para volver a empezar; corrigiéndote, el triunfo del verdadero hombre surge de las cenizas del error.
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Aviso de baja ante el IMSS ¿A partir de que fecha surte efecto?.

Las disposiciones legales correspondientes establecen algunos supuestos en los que no procederá el aviso de baja de los trabajadores ante el IMSS, siendo estos los siguientes, según los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización:
FrankGamez1 v2

@FrankGamez1 comparte: Facilidades en Seguridad Social para RIF – Videoconferencia

Les comparto esta videoconferencia impartida por nuestro colega y amigo CPC Francisco Gámez Ponce (@FrankGamez1) quien cuenta con Master en Impuestos – Consultor en Planeación Estratégica y Planes de Mejora Contínua.
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De los contadores se dice… Parte XVIII

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@hagomaiz: En la oficina los técnicos que van a instalar el Factur@ y dos contadores con su sexy sexy plática de la reforma fiscal.
auditoria dictamen revision lupa

Corrección de errores durante una auditoría. (NIA) 450

De acuerdo a la norma internacional de auditoria (NIA) 450, el auditor tiene la responsabilidad, de evaluar el efecto de los errores identificados en la auditoria y, en su caso de las faltas u omisiones no corregidas en los estados financieros.
sat movil descarga apps 2

Descarga las nuevas actualizaciones del #SATMovil para iOS y Android.

Tal y como hace unos días te lo adelantamos, salen a la luz las nuevas versiones de las aplicaciones móviles del SAT.
empresario llorando

Si ya no puedes mas contra el SAT, siempre te quedará el viejo recurso del llanto.

Tesis aislada: RECONSIDERACIÓN ADMINISTRATIVA. EL PÁRRAFO TERCERO DEL ARTÍCULO 36 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN QUE LA PREVÉ, RESPETA EL PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA Y EL DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA.
firma contrato

¿Va a garantizar? Revise los alcances del obligado solidario y el fiador. (Las diferencias)

Tanto el obligado solidario como el fiador son figuras que se encuentran reguladas dentro de la legislación civil en México, y en muchas ocasiones, sus efectos no se tienen muy claros por lo que producen confusión entre los contratantes al utilizarse indistintamente uno u otro. A continuación se realiza una explicación sobre cada una de estas figuras.
facepalm

Criterio normativo SAT 00/2014/ IVA. Traslado de impuesto a una tasa incorrecta. (Acumularlo ó deducirlo en ISR)

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El contribuyente que trasladó y cobró indebidamente un monto que no puede considerarse impuesto al valor agregado deberá acumularlo para fines del impuesto sobre la renta y el contribuyente que pagó esa cantidad a quien se la trasladó, deberá considerarla como un gasto y no como impuesto acreditable.”