Exención ISR cada 3 años (en vez de 5) en la venta de Casa Habitación. 2016 #aprobado
Exención ISR cada 3 años Enajenación Casa Habitación. 2016 #aprobado
Autor colaborador:
C.P.C. y M.I. Miguel Chamlaty Toledo
Sitio web del autor: chamlaty.com
De la época en la que no había restricciones en la enajenación de casa habitación, ni en tiempo, ni monto, para estar exenta a llegar a señalar limites de montos para exentarla del ISR la enajenación y que solo cada cierto tiempo, es así como pasaremos de 5 años para poder enajenar casa habitación y aplicar la exención, la reducen para tratar de “incentivar” la enajenación de casa habitación ahora cada 3 años a partir del año 2016, observemos que señalaron en el congreso sobre el tema;
Ingresos por enajenación de casas habitación
VIGÉSIMA SÉPTIMA. Estas Comisiones Unidas estamos de acuerdo que el plazo de 5 años para aplicar la exención en la enajenación de casa habitación es excesivo, y por ello resulta correcto que se disminuya ese plazo a 3 años ya que no contraviene la intención del legislador, pues con la reducción del plazo consideramos que el contribuyente no podría estar en presencia de una actividad comercial mediante la cual se efectúa una actividad de lucro de manera cotidiana.
Asimismo, consideramos acertada la consideración de que disminuir el plazo citado incentiva la adquisición de casas habitación, dado que al ahorrarse por la
enajenación hasta un 35% del ingreso obtenido por concepto de impuesto, permitirá destinar el monto que resulte de ese porcentaje para adquirir un inmueble en mejores condiciones que el que se enajena
Con lo cual redacción para el año 2016 de la exención quedaría plasmado de la siguiente manera;
EXENCION CASA HABITACION AJUSTADA A 3 AÑOS EN LUGAR DE 5 AÑOS.
Artículo 93.
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XIX. ….…………………………………………………………
a) ………………………………………….La exención prevista en este inciso será aplicable siempre que durante los tres años inmediatos anteriores a la fecha de enajenación de que se trate el contribuyente no hubiere enajenado otra casa habitación por la que hubiera obtenido la exención prevista en este inciso y manifieste, bajo protesta de decir verdad, dichas circunstancias ante el fedatario público ante quien se protocolice la operación.
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Por monto por enajenación de CASA HABITACION se mantiene en los 700,000 UDIS que son alrededor de $3,738,000 de rebasar dicho monto la enajenación del inmueble habrá que pagar el IMPUESTO SOBRE LA RENTA correspondiente.
Atento a sus comentarios.
Miguel Chamlaty
Te invito a las sesiones sobre REFORMAS FISCALES 2016 que se impartirán vía videoconferencia y online, con acceso a los videos de no poder estar en las sesiones para que los curses en cualquier momento www.tienda.actualizandome.com
Nota de ElConta.Com:
Tómese esta información con las debidas precauciones, recordemos que es necesario primero verla publicada en el DOF antes de armar cualquier estrategia fiscal ;)
Hola.
Una realidad relacionada con la adquisición de gasolina, en las gasolineras, es que muchas veces los empleados de las gasolineras, no quieren cobrar con las tarjetas de crédito o de debito… incluso, no aceptan algunos monederos electrónicos de empresas nacionales.
¿Podría decirme, de qué manera puedo inconformarme ante el SAT, por esta situación, o, ante quien debo inconformarme? Es desgastante, verdaderamente, llegar a cargar gasolina, y que le salgan a uno conque no sirve su terminal, o que no está cargada, o que no hay sistema, o que el gerente dejó la orden de no cobrar con carnet, o con master card, o… en fin. Espero me pueda apoyar. Saludos.
si recibo una casa por donación la puedo vender sin problema aplicando la exencion, o hay alguna limitante para casas adquiridas por donación.