Ley antilavado de dinero, no pagues esto en efectivo porque si no…
Persuasión para no utilizar el efectivo en ciertas operaciones
Por: Penélope Castro
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A veces puede ser intimidante la forma en que los ciudadanos han percibido la ley antilavado, sobretodo por el tema de la restricción en el uso de efectivo, ya que el artículo 32 de dicha ley establece operaciones en las cuales la recepción del efectivo está restringida.
- Compraventa de inmuebles $519,699
- Compraventa de vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres $207,880
- Compraventa de relojes; joyería; metales preciosos y piedras preciosas, ya sea por pieza o por lote y de obras de arte $207,880
- Adquisición de boletos que permita participar en juegos con apuesta, concursos o sorteos; así como la entrega a pago de premios por haber participado en dichos juegos con apuesta, concursos o sorteos $207,880
- Servicios de blindaje $207,880
- Compra venta de acciones o partes sociales $207,880
- Arrendamiento de inmuebles, nuevos o usados $207,880
Algo importante de aclarar es que el uso de efectivo por encima de los límites anteriores no es precisamente un delito, más bien el problema radica en las excesivas multas que hay que pagar.
El problema es que ahora el SAT emitió un criterio normativo para indicar que cuando un contribuyente realice el pago en efectivo de alguna operación considerada como acto vulnerable, rebasando los límites establecidos, como se está realizando una operación indebida, dicha operación se considera como no deducible.
Fuente: www.control2000.com.mx
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