No solo te debe asesorar el Notario, lleva a tu abogado !! – Parte 3 de 3



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No solo te debe asesorar el Notario, lleva a tu abogado !!

Parte 3 de 3

Autor colaborador:

Jorge Mafud

www.mafudabogados.com

Siguiendo con la serie de “Por qué No Solo te Debe Asesorar el Notario”, parte 1 y parte 2, en esta ocasión les comparto la más reciente anécdota… de ayer.

Precisamente ayer estaba revisando los documentos corporativos de una empresa de medianito tamaño.  Es una empresa constituida en el 2002 que ha tenido diversas variaciones en cuanto a sus accionistas toda vez que la empresa se constituyó con 2 socios al 50%, después hubo una transmisión de acciones de uno a otro socio y posteriormente uno de los socios transmitió todas sus acciones, salvo una, al otro accionista y la acción solitaria fue adquirida por un tercero.  Esta empresa, también ha tenido algunos aumentos de capital social, una vez en cuanto al capital fijo y dos veces en cuanto al variable.

Ahora bien, algo hasta cierto punto fuera de lo común en las empresas mexicanas pequeñas y medianitas, la sociedad a la que me refiero cuenta con todas las asambleas ordinarias anuales de accionistas correspondientes y varias extraordinarias (cambio de domicilio social y modificación a otra cláusula de sus estatutos).  Todas ellas realizadas con la asesoría de cierto notario público.


Los Errores en los Documentos:

Al revisar los documentos corporativos, me di cuenta de varios errores que, si bien son involuntarios seguramente, representan errores que, de una u otra forma, ponen a la empresa en incumplimiento de la Ley General de Sociedades Mercantiles (la “Ley”).

a) En algunas asambleas, después del cambio de domicilio social, se siguió mencionando el primer domicilio de la sociedad;

b) En todas las asambleas ordinarias, en la lista de asistencia, al principio se decía “En la ciudad de “X”, Nuevo León, siendo las 8:00 horas del día….”, pero al final, sobre la firma del escrutador (persona que cuenta el número de acciones que se encuentran representadas en la asamblea) se puso “Ciudad de “Y”, Nuevo León”;

c) En una asamblea ordinaria posterior al primer aumento de capital social variable, se omitió contemplar dichas nuevas acciones de la “serie B” (las que generalmente representan al capital social variable), es decir, solo se mencionaron las acciones del capital social fijo;

d) En fecha posterior a la constitución de la empresa, se designó a un nuevo comisario pero dicho nuevo comisario tenia impedimento legal para fungir como tal, cosa que no se advirtió al momento del nombramiento y;

e) Diversas asambleas ordinarias de accionistas fueron protocolizadas ante el notario, cosa que, conforme a la ley, no es necesario (solo las asambleas extraordinarias deben protocolizarse).

Mi Opinión:

De lo anterior, puedo concluir que el notario en cuestión hizo un trabajo deficiente para la empresa que le pagó íntegramente sus honorarios.  Es más, considerando que algunas de las asambleas ordinarias de accionistas fueron protocolizadas, no dudo que haya hasta cobrado honorarios extras.

Como ya lo he dicho en las entregas anteriores, estoy convencido que los notarios (o más bien, los empleados del notario) no cometen los errores en forma voluntaria, sino mas bien se dan en virtud de la carga de trabajo que generalmente tienen las notarías… pero ello tampoco es excusa.

Qué repercusiones pudieran tener estos errores?

Depende… si la empresa en cuestión es controlada por un solo accionista pudieran no habría repercusiones, pero pensemos en una empresa donde haya varios socios y llegaran a haber diferencias de criterio entre ellos (cosa que en muchas ocasiones sucede)… ahí si pudieran darse problemas toda vez que los errores contenidos en las actas de asamblea las vuelven anulables.

Reitero, como lo he hecho antes, mi recomendación es que cualquier aspecto legal de la empresa sea revisada por un abogado de confianza y, otra cosa, se vale cuestionar al notario, es decir, si al leer el proyecto de escritura, algo no se entiende o te das cuenta que está mal, díselo al notario para que lo corrija.

Como siempre, quedo a tus órdenes para apoyarte en lo legal de tu empresa… estoy en el (81) 899-0579