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Notas de venta al público en general en 2014 – Régimen de incorporación Fiscal (Ex-REPECOS)

diciembre 16, 2013/por El Conta

El CFDI generalizado que exige el SAT está completamente fueran del contexto comercial que nuestro país vive en el día a a día.

Resulta por demás lógico pensar que no todo México (ni ningún país por mas desarrollado que esté..) tiene acceso a internet en un 100% de sus zonas urbanas y rurales.

Es por ello que el propio SAT nos señala en una de sus reglas publicadas hace unos cuantos días, lo siguiente:

X21 Expedición de comprobantes de operaciones con el público en general

Para los efectos del artículo 29-A, fracción IV, segundo párrafo, y último párrafo del CFF, los contribuyentes podrán elaborar un CFDI diario, semanal o mensual donde consten los números de folio correspondientes a los comprobantes de operaciones realizadas con el público en general del periodo al que corresponda, utilizando para ello la clave del RFC genérico a que se refiere la regla X5 Los contribuyentes que tributen dentro del régimen de incorporación fiscal, podrán elaborar el CFDI de referencia, de forma bimestral.

Los comprobantes de operaciones con el público en general a que se refiere el párrafo anterior, deberán contener los requisitos del artículo 29-A, fracciones I y III del CFF, así como el valor total de los actos o actividades realizados, la cantidad, la clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen y cuando así proceda, el número de registro de la máquina, equipo o sistema y, en su caso, el logotipo fiscal.

Los comprobantes de operaciones con el público en general podrán expedirse en alguna de las formas siguientes:

I. Comprobantes impresos en original y copia, debiendo contener impreso el número de folio en forma consecutiva previamente a su utilización. La copia se entregará al interesado y los originales se conservarán por el contribuyente que los expide.

II. Comprobantes consistentes en copia de la parte de los registros de auditoría de sus máquinas registradoras, en la que aparezca el importe de las operaciones de que se trate y siempre que los registros de auditoría contengan el orden consecutivo de operaciones y el resumen total de las ventas diarias, revisado y firmado por el auditor interno de la empresa o por el contribuyente.

III. Comprobantes emitidos por los equipos de registro de operaciones con el público en general, siempre que cumplan con los requisitos siguientes:

a) Contar con sistemas de registro contable electrónico que permitan identificar en forma expresa el valor total de las operaciones celebradas cada día con el público en general, así como el monto de los impuestos trasladados en dichas operaciones.

b) Que los equipos para el registro de las operaciones con el público en general cumplan con los siguientes requisitos:

1. Contar con un dispositivo que acumule el valor de las operaciones celebradas durante el día, así como el monto de los impuestos trasladados en dichas operaciones.

2. Contar con un acceso que permita a las autoridades fiscales consultar la información contenida en el dispositivo mencionado.

3. Contar con la capacidad de emitir comprobantes que reúnan los requisitos a que se refiere el inciso a) de la presente regla.

4. Contar con la capacidad de efectuar en forma automática, al final del día, el registro contable en las cuentas y subcuentas afectadas por cada operación, y de emitir un reporte global diario.

5. Formule un comprobante fiscal, que integre todas las operaciones realizadas con el público en general durante el día.

Los CFDI globales se formularán con base en los comprobantes de operaciones con el público en general, separando el monto del IVA a cargo del contribuyente.

CFF 29-A, RMF X5

Esto en pocas palabras quiere decir que, puedes emitir tus «notas de ventas» y/o tickets de cajas registradoras y al finalizar el día, semana, mes e incluso una al bimestre debes emitir un CFDI acumulando la totalidad de ellas (por control interno sugiero un CFDI a al semana), aunque obviamente debes excluir aquellas notas por las que ya hayas emitido una factura individual…

Muchos lectores me han estado preguntando por algún sistema con terminal punto de venta que les ayude en esta tarea. A todos ellos les recomiendo echarle un ojito a este sistema «TODO EN UNO» que no solo hace esa labor de terminal punto de venta, si no que también puedes emitir tus CFDI, puedes llevar un control de inventario, puedes calcular tus nóminas, puedes emitir un CFDI de nóminas y un largo catalogo de funciones por demás interesantes… no eches en saco roto esta recomendación y ve preparando tu negocio PYME para la Reforma Fiscal 2014 que viene «con todo» :-?


No existen otros post relacionados a este tema.

Etiquetas: comprobantes fiscales para 2014, notas de venta, publico en general, regimen de incorporacion fiscal, repecos
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https://elconta.mx/wp-content/uploads/2010/05/dinero-mexico_3.jpeg 300 400 El Conta https://elconta.mx/wp-content/uploads/2025/08/elcontamx-logo_desde_2009.png El Conta2013-12-16 08:17:532015-05-22 09:44:34Notas de venta al público en general en 2014 – Régimen de incorporación Fiscal (Ex-REPECOS)
21 comentarios
  1. DARIO
    DARIO Dice:
    julio 7, 2014 en 2:00 pm

    es obligatorio dar nota de ventas si tengo un abarrotes?
    gracias

  2. MIGUEL ANGEL
    MIGUEL ANGEL Dice:
    junio 3, 2014 en 4:42 pm

    hola yo como contribuyente puedo elaborar mis propias notas de venta en excel u otro programa y foliarlas con un foliador, si puedo., creo saber los requisitos de una nota de venta pero tengo la duda de si es obligatorio que contenga la cedula de identificacion fiscal, si es asi puedo yo elaborarlas o necesariamente tengo que mandarlas a hacer., y arriba de cuanto debo expedirla de 1 a 100 pesos o solo arriba de 100 pesos., gracias por sus respuestas saludos.

  3. yuridia
    yuridia Dice:
    marzo 26, 2014 en 4:18 pm

    una duda de acuerdo a las notas de venta….. Cual se le dará al cliente la original o la copia????

  4. Reyna
    Reyna Dice:
    marzo 11, 2014 en 1:59 pm

    Hola, buen día.

    Tengo una pregunta, las notas de venta deben de contener los datos fiscales, ya que actualmente yo doy notas que uno compra en la papelería o tengo que mandar a imprimir folios (o yo puedo hacerlas en mi compu). Salu2!!

  5. Mike
    Mike Dice:
    febrero 18, 2014 en 6:33 pm

    la declaracion en que seccion va ir en la pagina del sat, correspondiendo el bimestre de enero a febrero para el sat, gracias.

  6. Mike
    Mike Dice:
    febrero 18, 2014 en 6:31 pm

    buenas tardes, tengo un ciber con papeleria para hacer una factura global del mes o bimestral en base a las notas de venta, la factura puede ir indicando en la descripcion; ventas al publico en general nota de venta de 0001 al 0031, o tiene que detallar lo vendido en la nota de venta, y la auditoria verificara las ventas en base a las notas de venta con su respectiva factura global ?, gracias.

  7. Daniel Davis
    Daniel Davis Dice:
    febrero 13, 2014 en 2:34 pm

    Hola, en caso de que estoy a punto de cerrar mi negocio pero debo presentar la declaracion de enero-febrero como debo llevarlo a cabo y como me doy de baja ya q ya no voy a vender???

  8. ANGEL ANDRADE
    ANGEL ANDRADE Dice:
    febrero 7, 2014 en 1:33 pm

    Hola, las notas de venta en 2014 deberan contener obligatoriamente REGIMEN DE INCORCOPACIÓN? si es asi, podra apoyarme con el fundamento?

    • El Conta
      El Conta Dice:
      febrero 9, 2014 en 9:43 pm

      Acá la respuesta: https://elconta.mx/2014/01/24/pago-no-identificado-facturas-2014/

      Saludos ;)

  9. ALEJANDRO
    ALEJANDRO Dice:
    enero 21, 2014 en 1:16 pm

    BUENAS TARDES : TENGO DOS PREGUNTAS 1.-MI TALLER ES DE LINEA BLANCA FACTURO CADA TRES MESES NO TENGO NOTAS DE VENTA SOLO HAGO UN CONCENTRADO DE SERVICIOS, PUEDO HACERLO EN NOTAS DE REMISION Y VACIARLO A LA FACTURA? 2.- DESEO COMPRAR EL PAQUETE QUE UDS. OFRECEN DE FACTURACION DIRECTA MEDIANTE UN PROGRAMA DE INSTALACION GRATIS, MI EQUIPO ES UNA INSPIRON MINI, EN ESTA SE PUEDE LLEVAR A CABO ?

  10. Diego
    Diego Dice:
    enero 19, 2014 en 6:27 pm

    Hola mi duda es a la hora de llenar la factura ya sea diaria semanal o mensual como se hace debo escribir cada producto por producto que vendí o como dicen allí que con las notas de venta «comprobantes de operación» al momento de llenar la factura puedo poner en el concepto según nota de venta de tal a tal y el importe separando el iva? Saludos y gracias

  11. Jose López
    Jose López Dice:
    enero 19, 2014 en 2:10 pm

    Buen día:
    En mi negocio, usamos un software punto de venta a publico en gral, emitimos los tickets con sus requisitos fiscales,el folio consecutivo lo asigna el sistema y éstos funjen como notas de venta; al final de mes los agurpamos y elaboramos una factura global.

    Según los nuevos requisitos de las notas de venta ¿este tipo de procedimiento para emitir tickets ya no es válido? , ya que hablan de prefoliado y una serie de controles.

  12. lidya
    lidya Dice:
    enero 2, 2014 en 12:31 pm

    como se llevara la contabilidad de un camión foráneo?

  13. Oswaldo
    Oswaldo Dice:
    diciembre 20, 2013 en 7:17 am

    Acabo de iniciar un negocio en el que re-vendo partes electrónicas, muchas de ellas las compro por internet, incluso a proveedores fuera de México, mis dudas son con respecto a lo siguiente:

    Los proveedores fuera de México obviamente no expiden Factura, cual es la mejor forma de integrar esa mercancía al sistema fiscal? para de esa forma poder empezar a expedir facturas y generar CFDI que hacienda me va a solicitar?

    y segundo las notas de venta que yo voy a expedir a aquellos que no soliciten factura, son las mismas notas foliadas que como REPECO yo daba anteriormente y de las cuales hacia mi registro?

  14. Ernesto
    Ernesto Dice:
    diciembre 19, 2013 en 11:35 am

    si tengo una tienda ¿Hay algun minimo de venta para poder dar la nota ? ¿o por todo se tendrá que dar? saludos

  15. Rodolfo Hernandez
    Rodolfo Hernandez Dice:
    diciembre 18, 2013 en 6:39 pm

    Y si me piden una factura por algo mínimo de valor, digamos 1 peso, me negaré a dar factura o haré una que me costara 10 pesos con timbre fiscal incluido?

  16. Jose
    Jose Dice:
    diciembre 18, 2013 en 10:21 am

    Roberto:
    R1. Asi es, podras dar notas, ojo si alguien te pide factura pues tendras que darsela…. ah! mucho ojo con control de esas notas de venta, ya que con esas haras tu factura.

    R2 La periodicidad pues ya depende de ti; diario, semanal mensual o incluso al bimestre..

    R3 Los proveedores tendran la obligacion de darte tu factura cuando tu se las pidas, obviamente pidelas por cada compra.

    saludos!.

  17. hector hdz
    hector hdz Dice:
    diciembre 16, 2013 en 6:55 pm

    y cuanto cuesta este sistema » todo en uno» ???

    graciasssssss.

    • El Conta
      El Conta Dice:
      diciembre 17, 2013 en 7:54 pm

      Acá mas información: https://elconta.mx/extended

      Saludos

  18. Roberto
    Roberto Dice:
    diciembre 16, 2013 en 9:11 am

    Mi Duda es la siguiente

    Tengo una tiendita de ropa, entonces a el publico en general que compre le dare notas de venta foliadas impresas?

    y al bimestre dado que sere RIF hare un CFDI por la suma de las notas de venta que expedi en ese lapso de tiempo y sera la que presente al sat?

    otra duda la mayoria de mis proveedores eran pequeños contribuyentes y no expedian facturas y por lo que veo no expediran cfdi el proximo año como deducire esas compras?

    • Kike Gilez
      Kike Gilez Dice:
      diciembre 19, 2013 en 2:00 pm

      Roberto, acaso tu igual eres pequeño contribuyente y tampoco expides factura, y ahora ya estaras obligado, «todos» aquellos REPECOS deberan expedir factura en 2014, independientemente de las notas de venta ya que ellas solo fungiran como un control interno, mas no los exime de dar la factura electronica, saludos

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