17 Junio 2013 Uso obligatorio del SIPARE IMSS ¿Cierto ó Falso? Y su fundamento legal.


Estimados amigos hoy 17 de Junio de 2013 fecha limite de pago de la primera emisión de la cedula de determinación, que en teoría ya todos deberían ser así, enviada por el IMSS para a los patrones por medio del IDSE, del Mes de Mayo, debemos cerciorarnos si el uso del Sistema de Pagos Referenciados ya es 100% obligatorio o no, para ello primeramente debemos de conocer cual es el fundamento legal para la utilización de este nuevo sistema, que para algunos es nuevos, para otros los que lo venimos manejando desde fuimos de los primeros que lo dimos a conocer allá en Octubre de 2012, así que estimados amigos veamos lo siguiente:

Ley del Seguro Social Vigente

Artículo 39. Las cuotas obrero patronales se causan por mensualidades vencidas y el patrón está obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el Instituto. Asimismo, el patrón deberá presentar ante el Instituto las cédulas de determinación de cuotas del mes de que se trate, y realizar el pago respectivo, a más tardar el día diecisiete del mes inmediato siguiente.

De la ley encontramos que el uso de el programa informático (léase SUA hasta hace un mes) es 100% opcional sin embargo en el Reglamento de Afiliación encontramos esto:

Reglamento de de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización. (VIGENTE)

Artículo 113. Las cédulas de determinación serán presentadas por los patrones, conforme a lo siguiente:

(Cuarto Párrafo)

El patrón determinará las cuotas obrero patronales mediante el programa informático autorizado por el Instituto, cuando tenga cinco o más trabajadores.

(Quinto Párrafo)
Los patrones que tengan menos de cinco trabajadores, podrán optar por cumplir dicha obligación utilizando la propuesta de cédula de determinación elaborada y entregada por el Instituto conforme al artículo 39 A de la Ley.

De esto se desprende que este llamado “programa informático” que le estamos poniendo espacial énfasis, sea obligatorio para todos los patrones que tengan de 5 trabajadores en adelante, algo que ya conocíamos desde la entrada en vigor del RACERF en 2002.

Bueno la pregunta que resulta aquí, es ¿porqué es tan especial asunto del énfasis del “Programa informático”? que acostumbradamente solo conocíamos así al Sistema Único de Autodeterminación(SUA), pues resulta que este programa informático ya no solo es el SUA, sino es la fusión del SUA-SIPARE a partir del 03 de Junio de 2013, es decir, este término que encontramos en la legislación del IMSS, ahora se tiene que conocer con los dos sistemas para el pago de Cuotas Obrero Patronales, con esto el PROGRAMA INFORMÁTICO del Seguro Social es ahora el SUA-SIPARE en conjunto.

Precisamente de esta fusión de sistema nació la respuesta a una de las primeras interrogantes que tenemos los patrones actualmente, ¿El SIPARE ya es obligatorio para todos?

La respuesta concretamente la ha dado la Dirección de Incorporación y Recaudación(DIR) del IMSS, tanto en sus diversos manuales o presentaciones que ha dado a conocer para capacitar a sus propios empleados, y en algunos casos a los propios patrones como en algunas subdelegaciones en Puebla, Tuxtepec Oaxaca ha sucedido lo cual es siempre bueno reconocerlas por esa gran labor.

La DIR ha dado a conocer que aquellos patrones que estén contenidos en el Quinto Párrafo del Art 113 RACERF (con 5 trabajadores o menos)deberán empezar a adaptarse para el cumplimiento de sus obligaciones de pago a las líneas de captura generados por el SIPARE, por esta razón les dio un plazo de Tres Meses(Junio, Julio, Agosto) para el acoplamiento al nuevo sistema, veamos desglosado que significa esto:

  1. En lo que se da este acoplamiento TODOS LOS PATRONES tiene que utilizar el SIPARE de forma optativa para pagar los Meses de Mayo(17 de Junio), Junio (17 de Julio), Julio (19 de Agosto) todavía por la vía tradicional, esto es, subiendo a los portales bancarios el archivo con formato W*******.SUA que genera el propio SUA sin mayor problema.
  2. Al concluir esto, las Cuotas del mes de Agosto a liquidar más tardar en el mes de Septiembre, serán las primeras COP que se pagarán ya obligatoriamente con la plataforma SUA-SIPARE
  3. A los Contadores Públicos Autorizados, y a los Patrones, sujetos obligados a Dictaminar el IMSS-INFONAVIT todavía no da a conocer si el pago de diferencias se va realizar por este sistema(estamos haciendo investigación profunda del tema en breve la comentaremos)
  4. Si no realizamos el primer pago “obligado” de Mayo 2013, fuera de tiempo, a partir de mañana 18/06/2013, el SIPARE todavía no es capaz de validar los recargos y/o actualizaciones por lo que aún los patrones o usuarios solamente podrán realizar sus pagos mediante los mecanismos tradicionales

En días pasados, el autor de este y otros artículos, ha realizado giras de capacitación por la republica mexicana comentando este tema, y en algunas subdelegaciones como en el Norte del País todavía no conocen del tema, en cambio en el Sureste como ya comentamos hasta las mismas subdelegaciones están dando mucha difusión del tema, resulta destacable comentar que si el IMSS esta dando capacitación gratuita acudamos a ella, vale la pena acudir, a algunos patrones a nivel nacional ya les esta llegando aparte de la descarga del IDSE por correo electrónico la caratula de pago, con el fin de conocerla y acostumbrarse a ella, solo eso, recuerde NO ES OBLIGATORIO PARA NADIE (POR EL MOMENTO ) EL USO DE LA MANCUERNA SUA-SIPARE

Es importante comentarles que el SIPARE es interesante aprender su manejo pero en horarios de “oficina” (Lunes a Viernes 9:00 a 21:00) ya que el IMSS esta realizando todavía ajustes y tienden a cerrar el sistema, así que si queremos a aprender más del sistema hagámoslo entre semana ;)

Nota Adicional.- 

Considero que el SIPARE es un sistema tan sencillo de aprender, qué prácticamente no se necesita mayor "Curso de capacitación" que los que ya te hemos dado aquí.

Así que te sugiero no malgastar tu dinero ;)

Video tutorial con @PepeSoto



6 comentarios
  1. karina
    karina Dice:

    Realice el pago del bimestre 3 vía SIPARE y recibí requerimiento por parte del infonavit por omisión de pago realice una aclaración vía internet pero como no recibía respuesta fuí a las oficinas del infonavit, y me dijeron que ese tramite era únicamente por internet; y aun es hora que no me resuelven nada =(

  2.  
      Dice:

    Muy completo, ahora esperemos eficiencia en su funcionamiento, la autoridad siempre nos hace pasar apuros. ¡Gracias por compartir sus conocimientos!

  3. Gealram
    Gealram Dice:

    Pues en Bancomer y Banca Afirme, ya no aceptaron los discos de 3.5″ y tampoco en su portal aceptaron el pago tradicional, a fuerza me hicieron obtener la linea de captura, que por cierto es muy sencillo. Así que si el Imss nos daba tres meses para adaptarnos, estos bancos nada mas no dieron ni un dia.

    Saludos

  4. Allien Tavizon
    Allien Tavizon Dice:

    El día 17 mandé hacer el pago de una de las empresas que manejo y lo hice por medio del SIPARE ya que todos los meses es un problema con el disco de pago en el banco. De algunas empresas el pago ya tengo meses haciéndolo por internet desde el portal del banco y ahí no hubo ningún problema, sin embargo en una de ellas no se maneja nada por internet y al mandar la hoja de pago la rechazaron en dos sucursales distintas de Banamex porque según ellos tenía que tener un código de barras que no me da en ninguna de las empresas, les dije que lo importante era la línea de captura y siguieron insistiendo que necesitaban el código de barras porque en la muestra que ellos tenían había un código de barras. Fui yo, hablé con los gerentes, no salieron de lo mismo, tuve que regresar formatear un disco viejo porque ya ni siquiera los venden y llevárselo para que lo hicieran como siempre.

    Se suponía que el nuevo sistema era para evitar todo esto, o no?
    :\

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