Impuesto sobre nóminas CDMX. Dos tesis aisladas que resultan una joyita para las outsourcing.
Los patrones no están obligados a enterar el impuesto sobre nóminas en la Ciudad de México cuando…
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Los patrones no están obligados a enterar el impuesto sobre nóminas en la Ciudad de México cuando…
En la evolución de la subcontratación, muchos prestadores de servicios o contratantes han considerado que este esquema solo puede representarles la disminución de los costos de las cargas sociales, en ocasiones mediante prácticas indebidas.
Cuáles son los motivos, razones del origen y crecimiento del esquema, entre otros podemos señalar los siguientes:
Estimados lectores de ElConta.Com Ya desde hace varios años les hemos estado ofreciendo diversos cursos presenciales que han tenido gran aceptación y participación. Lo cual les agradecemos bastante ;) Debido a cuestiones geográficas, tiempos de traslado y economía, muchos interesados en asistir a nuestros cursos se han quedado fuera y son ellos quienes nos han […]
Objetivo: Dar a conocer con explicaciones y ejemplos fáciles de entender las reformas fiscales 2017 para el Outsourcing así como su regulación laboral y de seguridad social.
Uno de los puntos finos de este tema es la responsabilidad social y laboral que nacen al implementar este tipo de estrategias o malas prácticas fiscales.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio a conocer la siguiente tesis:
La Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano, trabajaron en conjunto, terminando el proyecto, y lo dieron a conocer a la opinión pública para que todos contribuyamos en él, por medio de la publicación en el DOF, del AVISO de consulta pública del Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-R-086-SCFI-2016
En esencia el outsourcing o el insourcing no son contratos ilegales. Lo que es ilegal es que, a través de la implementación de dichos contratos de servicios, se simulen relaciones laborales a fin de evitar o reducir artificialmente el pago de impuestos, prestaciones de previsión social o derechos laborales.
SHCP suma al «outsourcing» como una actividad vulnerable de lavado de dinero cuando NO medie relación laboral con el cliente respectivo.
Los diferentes criterios y comunicados por parte del Sistema de Administración Tributaria (SAT), las recomendaciones de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) y de las tesis emitidas por los Tribunales respectos si los servicios de outsourcing están o no sujetos al Impuesto al Valor Agregado (IVA) han creado una gran confusión en este 2016.
La distorsión de origen fiscal, derivada de la reforma a la Ley del Seguro Social; promotora del outsourcing
A través de un comunicado, sumamente escondido, el #infonavit nos advierte de la próxima aparición de un programa en su portal, para que aquéllas empresas que utilizan los servicios de un outsourcing, puedan cumplir con las nuevas obligaciones que les impone la ley del infonavit en su art. 29 bis.
El outsourcing, en otras palabras, consiste en movilizar recursos hacia una empresa externa a través de un contrato. De esta forma, la compañía subcontratada desarrolla actividades en nombre de la primera. Por ejemplo: una firma que ofrece servicios de acceso a Internet puede subcontratar a otra para que realice las instalaciones.
Nuevo criterio en materia de Outsourcing (Art. 15-A LFT) Autor: Lic. Jennifer Serrano y Lic. y M.D. Vladia Mucenic :arrow: www.kimquezada.com En fechas anteriores a través de su boletín, el Pleno de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) publicó un criterio respecto de la naturaleza del régimen de subcontratación, interpretando el artículo 15-A […]