Asociaciones Religiosas. ¡A Cumplir!
¿En qué consisten las nuevas obligaciones a las que se sujetarán las asociaciones religiosas? Consisten básicamente en el tipo de registro ante la Secretaría de Hacienda y la información que deben proporcionar periódicamente sobre sus operaciones, aunque en ciertos casos, deberán desembolsar recursos, como por ejemplo, si actúa como un retenedor de ISR e IVA o si llevan a cabo operaciones distintas de su objeto social.