Cancelación del Sello Digital en verificación del domicilio fiscal.
Tenemos conocimiento de que el SAT está actualizando uno de sus programas de fiscalización denominado Vista 360…
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Tenemos conocimiento de que el SAT está actualizando uno de sus programas de fiscalización denominado Vista 360…
Una vez notificada electrónicamente a través del Buzón Tributario una auditoria, ya sea en materia de ISR, IVA o de Comercio Exterior; el contribuyente sujeto a revisión podrá optar por:
Con el arranque de las auditorías electrónicas en agosto, los contribuyentes que cuenten con el buzón tributario serán los primeros en recibir las notificaciones de que serán revisados por ese medio y deberán responder por la misma vía a la autoridad.
Cancelar, revocar o dejar sin efectos los certificados de sello digital, así como restringir el uso del certificado de la firma electrónica avanzada o cualquier otro mecanismo permitido en las disposiciones jurídicas aplicables,
DECRETO por el que se expide la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales y se adiciona un quinto párrafo al artículo 9 de la Ley General de Bienes Nacionales.
Establecer la forma en que se desarrollaran las Revisiones Electrónicas previstas en los artículos 42 Fracción IX y 53-B del Código Fiscal de la Federación, sus efectos y afectaciones en la esfera del contribuyente, la relación que guarda en relación a la E-Conta y el mecanismo legal con el que se cuenta para blindar al contribuyente de ser objeto de esta facultad de comprobación, analizado desde la óptica jurídica.
Éstas reglas son un extracto de la resolución publicada el 23 de diciembre de 2015 en el DOF, la cual entro en vigor el 1 de enero de 2016 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2016.
Esta guía nace por la inquietud de poder proporcionar al empresario una guía que de forma sencilla pueda conocer sus obligaciones en Seguridad Social. Esto se dio en una reunión periódica convocada por la PRODECON donde estuvo presente el IMSS y síndicos del contribuyente.
Si bien es cierto que se ha hecho una práctica común para las autoridades fiscales emitir resoluciones determinantes de créditos fiscales, aplicando de manera ilegal ambos procedimientos en forma simultánea en una misma resolución, consideramos que los contribuyentes cuentan con elementos sólidos y razonables para acudir a los órganos jurisdiccionales a sostener la ilegalidad de esta práctica.
El “Buzón Tributario” pretende ser un servicio estandarizado y homogéneo que permite ahora interactuar con el SAT para realizar trámites, presentar promociones, depositar información y/o documentación, atender requerimientos y recibir en forma expedita las respuestas que correspondan a dichos requerimientos.
Cuando se practica un embargo de la negociación con el fin de intervenirla, no debe implicar la inmovilización de cuentas y el aseguramiento de bienes indispensables para la operación de la empresa, ya que el Artículo 151, Fracción II, del Código Fiscal de la Federación no tiene como propósito paralizarla sino únicamente obtener los ingresos necesarios para satisfacer el crédito fiscal.
Es muy probable que en alguna ocasión, el lector se haya encontrado ante la frustrante situación de no recibir respuesta alguna frente a un escrito o petición presentado a la autoridad administrativa y fiscal.
La PRODECON dio a conocer por medio de su página de Internet: www.prodecon.gob.mx, su Boletín número 4 correspondiente al mes de abril de 2015 que contempla, entre otros, los siguientes logros:
De los artículos 28 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en su texto reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 2010, 116, 117, 120, 121 y 127 del Código Fiscal de la Federación, deriva que…
¿A quiénes se les incluye en la «lista negra del SAT»? El SAT publica el nombre, denominación o razón social y clave del RFC, de quienes se encuentran en cualquiera de los siguientes casos…