Deducción de honorarios médicos y dentales. El que la LISR exija que su pago sea por medios bancarizados no trasgrede el derecho a la protección de tu salud… Jurisprudencia SCJN
El requisito relativo a que los pagos por honorarios médicos y dentales, así como de los gastos hospitalarios se realicen a través de determinados medios, no transgrede el derecho a la protección de la salud reconocido por el artículo 4o. de la CPEUM