Precios de Transferencia. Ajustes aplicables derivado de los resultados del estudio de…


francisco garate estradaAjustes aplicables derivado de los resultados del estudio de Precios de Transferencia

CPC. Y MI. FRANCISCO GÁRATE ESTRADA

Socio Director de HLB México, Oficina Tijuana.
fgarate@hlbtijuana.com.mx


Introducción

graficasEn un entorno económico cada vez más regulado y globalizado, el cumplimiento de las normas en materia de precios de transferencia exige una estricta observancia para todos los grupos de empresas nacionales y/o multinacionales que realizan transacciones entre ellas. Por su parte las autoridades fiscales de distintos países exigen que las transacciones entre partes relacionadas se realicen en condiciones de mercado, es decir, conforme al principio de plena competencia. Para demostrar este cumplimiento, las empresas deben realizar estudios de precios de transferencia que analicen y documenten la razonabilidad de sus políticas de precios internos. Sin embargo, no siempre los resultados de dichos estudios coinciden con los márgenes realmente obtenidos en las operaciones intercompañía, lo que puede dar lugar a la necesidad de realizar ajustes contables o fiscales.

Este artículo aborda los distintos tipos de ajustes que pueden derivarse de un estudio de precios de transferencia, sus implicaciones para las empresas, y los criterios que deben tenerse en cuenta al momento de su implementación, tanto desde la perspectiva del cumplimiento fiscal como de la gestión de riesgos. Asimismo, se examina la relevancia de estos ajustes en la práctica, considerando su impacto en la determinación de la renta gravable y en la documentación soporte ante eventuales revisiones por parte de las autoridades fiscales.

Definición de Ajuste de Precios de Transferencia.

La regla 3.9.1.1 establece que un ajuste de precios de transferencia es cualquier modificación a los precios, montos de contraprestaciones o márgenes de utilidad en operaciones entre partes relacionadas. Estos ajustes se realizan para asegurar que los ingresos acumulables o deducciones autorizadas derivados de dichas operaciones sean determinados conforme a los precios y condiciones que habrían sido pactados entre partes independientes en operaciones comparables, incluso si no hay entrega de efectivo u otros recursos entre las partes.

Estos ajustes pueden surgir como resultado de una revisión interna de la empresa, de la revisión por parte de la autoridad fiscal o como parte de una estrategia para evitar problemas futuros con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Tipos de Ajustes:

  • Ajustes reales: Tienen efectos tanto en el ámbito fiscal como contable.
  • Ajustes virtuales: Afectan únicamente el ámbito fiscal.

Variantes de los Ajustes de Precios de Transferencia.

Los ajustes de precios de transferencia pueden ser de los siguientes tipos:

1. Voluntario o Compensatorio:

Es el ajuste que realiza el contribuyente de manera voluntaria para que una operación con partes relacionadas cumpla con el principio de plena competencia. Se efectúa antes de la presentación de la declaración anual, ya sea normal o complementaria.

2. Primario:

Ajuste que surge de las facultades de comprobación ejercidas por la autoridad fiscal. Modifica los precios, montos de contraprestación o márgenes de utilidad para que se alineen con las condiciones de mercado. Este ajuste puede generar un ajuste correlativo para la contraparte en la transacción.

3. Correlativo:

Ajuste que surge dependiendo las partes relacionadas involucradas principalmente dividiéndose en los siguientes ajustes:

  • Correlativo Nacional: Ajuste aplicado a un contribuyente en México como consecuencia de un ajuste primario aplicado a su parte relacionada también residente en México.
  • Correlativo Extranjero: Ajuste aplicado a un contribuyente mexicano o a un extranjero con establecimiento permanente en México, como consecuencia de un ajuste primario realizado a una parte relacionada residente en el extranjero.

4. Secundario:

Ajuste que resulta de la aplicación de una contribución, como un dividendo presunto, tras haber realizado un ajuste de precios de transferencia. Generalmente aplica a casos en los que el ajuste genera efectos fiscales adicionales.


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Impacto de los Ajustes en Ingresos y Deducciones.

En la regla 3.9.1.2 se contempla que los ajustes de precios de transferencia pueden incrementar o disminuir los ingresos acumulables o las deducciones autorizadas, dependiendo del tipo de ajuste realizado:

1. Incremento en Ingresos o Deducciones: 

  • Si los ajustes incrementan el precio, la contraprestación o el margen de utilidad, los contribuyentes deben incrementar los ingresos acumulables en un monto equivalente al ajuste.
  • Para efectos de los pagos provisionales, los ajustes voluntarios o compensatorios incrementarán el ingreso nominal del mes en que se realice el ajuste.
  • Los contribuyentes también pueden incrementar las deducciones autorizadas en un monto equivalente al ajuste si cumplen con las reglas 3.9.1.3., 3.9.1.4. o 3.9.1.5.

2. Reducción de Ingresos o Deducciones:

  • En el caso de ajustes que disminuyan el precio, la contraprestación o el margen de utilidad, los contribuyentes pueden incrementar sus deducciones autorizadas si cumplen con las disposiciones aplicables.
  • Los contribuyentes que hayan efectuado deducciones con motivo de la operación ajustada deben reducir dichas deducciones en un monto equivalente al ajuste.

Retenciones en Transacciones con Residentes en el Extranjero.

Cuando los ajustes de precios de transferencia afectan operaciones con residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México, el retenedor debe ajustar el monto de la retención, pagando la cantidad que debería haber sido retenida considerando el ajuste. Si el ajuste disminuye los costos o gastos, el retenedor puede compensar al residente en el extranjero en retenciones futuras.

Implicaciones en IVA y IEPS

Los ajustes de precios de transferencia también tienen implicaciones para el IVA y el IEPS. Se deberán realizar ajustes en el valor de los actos o actividades para el cálculo de estos impuestos, y en su caso, se ajustarán los montos acreditables de IVA o IEPS, disminuyendo el impuesto acreditable en la misma proporción que el ajuste en la operación.

Tratamiento de las Deducciones en los Ajustes de Precios de Transferencia.

En las reglas 3.9.1.3, 3.9.1.4 y 3.9.1.5 se contemplan los lineamientos para que los contribuyentes pueden deducir los ajustes de precios de transferencia bajo ciertas condiciones:

1. Requisitos para Deducción:

  • El contribuyente debe haber presentado correctamente las declaraciones y reportes requeridos.
  • Debe conservar la documentación e información que demuestre que los precios pactados inicialmente no fueron acordes al principio de plena competencia.
  • Debe obtener un CFDI o comprobante fiscal por el ajuste realizado. 
  • El ajuste debe ser registrado en la contabilidad, reflejado en la conciliación contable y fiscal, y ser consistente con las metodologías de precios de transferencia.

2. Aviso Previo:

Si un ajuste voluntario o compensatorio se realiza después de los plazos establecidos, el contribuyente debe presentar un aviso previo ante el SAT para poder deducirlo en el ejercicio correspondiente.

3. Resoluciones Fiscales:

En caso de ajustes derivados de resoluciones fiscales conforme al artículo 34-A del CFF, los contribuyentes pueden deducir los ajustes en ejercicios distintos, previa autorización de las autoridades fiscales competentes.

Implicaciones en Declaraciones y Reportes.

manos laptop calculadoraLos ajustes de precios de transferencia deben reflejarse en las declaraciones fiscales, en el dictamen fiscal (si aplica), y en la documentación de cumplimiento de las obligaciones de precios de transferencia. La declaración de los ajustes debe realizarse a más tardar en la fecha límite para presentar la declaración anual o el dictamen fiscal.

En el reconocimiento del impacto de los ajustes de PT en la declaración anual y el pago de impuestos se debe de considerar lo siguiente:

1. Modificación de la base gravable:

  • Los ajustes de PT afectan la base gravable de la empresa, es decir, el monto sobre el cual se calcula el ISR. Si el ajuste incrementa los ingresos o disminuye los costos deducibles, la base gravable aumentará y, en consecuencia, el ISR a pagar será mayor.
  • De forma inversa, si el ajuste reduce los ingresos o incrementa los costos deducibles, la base gravable disminuirá, lo que resultará en un menor ISR a pagar.

2. Declaración anual de ISR:

  • Los ajustes deben reflejarse en la declaración anual de ISR. Un ajuste que incremente los ingresos o disminuya las deducciones afectará directamente el cálculo del impuesto anual. La correcta aplicación del ajuste es fundamental para evitar sanciones por parte del SAT.

3. Revelación en las declaraciones fiscales: 

  • Los ajustes de PT deben reportarse en diversas declaraciones fiscales para garantizar la transparencia y el cumplimiento de las normas tributarias:

a. Dictamen Fiscal: Si la empresa está obligada a dictaminarse, cualquier ajuste de PT debe ser incluido en el informe del auditor externo.

b. Declaración Informativa sobre la Situación Fiscal (ISSIF): Empresas que cumplen con ciertos umbrales de ingresos o requisitos deben incluir los ajustes de PT en esta declaración, que permite a la autoridad fiscal conocer la situación fiscal global del contribuyente.

c. Declaración Informativa de Precios de Transferencia (DIM): Este es el reporte principal para informar las operaciones entre partes relacionadas, y cualquier ajuste de PT debe detallarse aquí, explicando las modificaciones para cumplir con el principio de plena competencia.

Implicaciones Internacionales.

Si la empresa realiza operaciones internacionales, un ajuste de PT puede generar ajustes correspondientes en la jurisdicción de la otra parte relacionada. Esto puede afectar la doble tributación y los créditos fiscales internacionales en función de los tratados fiscales entre países.

Conclusión

La Sección 3.9.1. establece reglas detalladas para los ajustes de precios de transferencia en México, con el objetivo de asegurar que las operaciones entre partes relacionadas se realicen bajo condiciones de mercado. Los ajustes afectan tanto los ingresos y deducciones de los contribuyentes como las retenciones fiscales, y deben ser reportados y deducidos adecuadamente para evitar sanciones, ajustes forzosos y/o problemas fiscales con la autoridad.


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