PRODECON: Si como persona física no estas obligado a llevar contabilidad ¿por qué el SAT te obliga a conservar los archivos XML?…



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PRODECON / Análisis sistémico en materia de almacenamiento de los comprobantes fiscales digitales por Internet para acreditar deducciones personales

Fuente: IMCP

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) dio a conocer por medio de su página de Internet:www.prodecon.gob.mx, el «Análisis Sistémico 6 correspondiente a 2013», que contempla:

La autoridad fiscal interpreta que la Regla I.2.7.1.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2013, relativa al almacenamiento de los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), en su formato electrónico XML, es aplicable incluso a personas físicas no obligadas a llevar contabilidad, por lo que a éstas, para acreditar sus deducciones personales (las cuales tutelan su derecho al mínimo vital) no les basta con conservar la representación impresa de dichos comprobantes.

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No hay razón para que las personas que no están obligadas a llevar contabilidad y que por tanto no deducen o acreditan para efectos fiscales, conserven los archivos XML de los CFDI que reciban.

Sin que sea óbice para la anterior conclusión, el argumento expuesto por la Administración General de Servicios al Contribuyente, en el sentido de que el segundo párrafo del artículo 30 del CFF prevé que las personas no obligadas a llevar contabilidad deben conservar en su domicilio toda la documentación relacionada con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Ello en razón de que la Regla que se cuestiona no tiene su fundamento en el segundo párrafo del artículo antes referido, sino en el párrafo cuarto del mismo y el cual únicamente se refiere a la obligación de conservar los documentos en firma electrónica avanzada o sello digital conforme a las reglas de carácter general que al efecto emita el SAT, cuestión esta última que se estima aplicable sólo a las personas físicas o morales obligadas a llevar contabilidad.

Lo anterior aunado a que bajo el criterio expuesto por la autoridad, se estaría condicionando la efectividad de las deducciones personales que tutelan el derecho al mínimo vital de las personas físicas no obligadas a llevar contabilidad, al cumplimiento de un requisito meramente formal, como lo es almacenamiento del archivo XML del comprobante respectivo, con la eventual consecuencia desfavorable para el contribuyente de que ante la falta del archivo XML, su deducción resulte improcedente, aún en el caso de que el contribuyente sí cuente con la representación impresa del CFDI…

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