AVISO. Requerimientos por el envío de Contabilidad Electrónica ya en puerta.
Requerimientos por el envío de Contabilidad Electrónica ya en puerta.
LC Gonzalo Juárez López Jr
gjuarezlopez.com
Twitter: @gjuarezlopez
Doctor Corporativo y Conferenciante
La publicación del Segundo Anteproyecto de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, incluye un cambio al Anexo 24 a través del cual el SAT pretende legitimar el envío de la Contabilidad Electrónica, declarado inconstitucional en un comunicado de prensa de la SCJN. Esto en breve, generará requerimientos para cumplir con dicha obligación.
Antecedente
La SCJN emitió un comunicado de prensa identificado con el número 126/2016 en Ciudad de México, el 6 de julio de 2016: LA SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE RESUELVE SOBRE BUZÓN TRIBUTARIO, CONTABILIDAD Y REVISIÓN ELECTRÓNICAS. En dicho documento se hacía público la forma en que de manera general resolvería la SCJN los amparos interpuestos por los quejosos en contra de las reformas a las Disposiciones Fiscales.
El comunicado de la SCJN dejaba entrever que el máximo tribunal concedería la protección de la justicia federal al quejoso que se hubiera pronunciado en contra del anexo 24, considerando que el proceso del envío de la contabilidad electrónica provocaba violaciones al principios de insubordinación jerárquica. También ocasionaba inseguridad jurídica al gobernado, mencionando que parte del contenido del anexo 24, así como las referencias y lineamientos a cumplir se encontraban en idioma inglés. Por lo anterior se consideró que la obligación del envío de la Contabilidad Electrónica establecido en la fracción IV del artículo 29 del Código Fiscal de la Federación fuera declarado anticonstitucional.
Actuación de la Autoridad
La autoridad hasta el momento no ha realizado actuación directa o indirecta para requerir el envío de la contabilidad electrónica. Si bien es cierto, muchos contribuyentes ya están cumpliendo con el envío de la Balanza de Comprobación y el Catálogo de Cuentas, ninguno de nosotros ha sido solicitado para enviar las pólizas, auxiliares de cuenta y/o los reportes de folios electrónicos establecidos en la fracción III de la regla 2.8.1.6 de la Resolución Miscelánea vigente para 2016.
A decir del ex Jefe del SAT Aristóteles Núñez (promotor de estos cambios), la autoridad (al igual que los contribuyentes) estaba esperando resolución de la SCJN a la cascada de amparos presentados por los contribuyentes quejándose de la ilegalidad de las reformas de Contabilidad Electrónica.
Ahora, a sabiendas del criterio de la SCJN el SAT ha empezado a mover su maquinaria, en la página del SAT presentó el AnteProyecto del Nuevo Anexo 24 actualizado el 28 de septiembre de 2016, que precede su próxima publicación en el Diario Oficial. Y aunque no hay un cambio de fondo en el Anexo 24 relativo a la contabilidad electrónica que subsanara las razones expuestas por la SCJN, al momento en que realice la publicación de la Cuarta Modificación a la Resolución Miscelánea para 2016 en el DOF, traerá las siguientes:
Consecuencias y Conclusiones
1) La publicación en DOF del nuevo anexo 24, dejaría sin efectos el amparo obtenido por los contribuyentes contra el Anexo 24 publicado el 5 de enero de 2015, lo que los obligaría a interponerlo nuevamente. Esto debido a que no hay un cambio de fondo en el Anexo 24 relativo a la contabilidad electrónica, que subsane las razones manifestadas por la SCJN. Solamente se dejó en dicho anexo conceptos, definiciones y Catálogos, que será lo que se publicará en el Diario Oficial de la Federación. Toda la información técnica se encuentra en un apartado dirigido a los desarrolladores de software, con lo que se evidencia una actitud ruin de la autoridad simplemente con el fin de continuar el proceso de implementación de la contabilidad electrónica.
2) En cuanto el Anexo 24 vea luz en el Diario Oficial de la Federación, la autoridad empezará por exigir a través de requerimientos, el cumplimiento del envío de la contabilidad, con la finalidad de llenar sus bases de datos con información contable de los contribuyentes, que si bien todavía no está capacitada para analizar de manera detallada, si le permitiría tener acceso a mayor información para probar los sistemas detección y programación de irregularidades
3) La forma en que el máximo tribunal de nuestro país está resolviendo los asuntos en materia administrativa y fiscal, deja ver que está influenciada por la tendencia internacional de incorporar la electrónica en el ámbito tributario y de fiscalización, formando parte de la esfera jurídica del contribuyente, por lo que nos orilla a tomar una difícil decisión:
- a) Invertir (dinero que a veces no se tiene) en la actualización de sistemas y cumplir las obligaciones fiscales (por excesivas o absurdas puedan parecernos) ó
- b) Continuar combatiendo estas reformas a las disposiciones legales a través de los medios procesales idóneos en espera de que los juzgadores cambien su actual manera de pensar.
- c) Esperar a que algo suceda, para elegir alguna de las anteriores.
Cualquiera de las opciones planteadas representa un costo para el contribuyente y su asesor fiscal. Usted, por cuál opción se inclinaría?
Asesoría Oportuna, Decisiones Correctas.
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01-228-1868196 (Xal) 01-282-8250546 (Per)
Solo representa una carga adicional para el contribuyente, puesto que el SAT ya cuenta con información de todos los CFDIs en sus bases de datos y más que ahora también tendrá la información de pagos.
Mayor información no significa eficiencia, lo que el SAT debe hacer es adecuar el marco normativo.
De fondo seamos honestos que la situación del idioma distinto al español, fue una estrategia, ya que los demás anexos como el 20 de la RMF, viene en el mismo formato. Y no existió alguna situación de defensa. Tal vez se tiene que analizar de fondo, el ¿porque? no se quiere cumplir con esa obligación.
En mi opinión, la Autoridad se excede al solicitar el envío mensual de información, pudiendo hacer revisiones cuando y como le plazca y sin que inicie legalmente facultades. Esto deja en incertidumbre al contribuyente. La Autoridad cuenta con mucha información para hacer sus cruces y decidir si es necesario revisar más a fondo y de manera legal iniciar facultades. Se supone que no debe ser tan costoso para el ciudadano cumplir con sus obligaciones fiscales y de ésto todos ganan menos el contribuyente.
Porque en Estados Unidos no existe la contabilidad ekectronica, simplemente porque va contra la constitucion, aquí el Gobierno controla los juzgados y esta tratando de hacer algo que atenta contra la constitucion y los jueces, a mi parecer les falta carácter para defender la constitucion.