Sector Primario 2025. Aspectos relevantes al considerar sus facilidades administrativas.
Aspectos relevantes para considerar de las facilidades administrativas para el sector primario 2025
El sector primario desempeña un papel fundamental en la economía de México, al ser una de las principales fuentes de empleo y abastecimiento de materias primas para diversas industrias. Comprende las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras, las cuales no solo contribuyen significativamente al Producto Interno Bruto (PIB), sino que también aseguran la seguridad alimentaria del país y fomentan el desarrollo rural.
México se caracteriza por poseer una vasta riqueza en recursos naturales y condiciones geográficas que favorecen la producción agropecuaria. Además, el sector primario es clave en las exportaciones, con productos como el aguacate, el tomate, las berries y la carne de bovino, que gozan de gran demanda a nivel internacional. Sin embargo, la complejidad de los procesos administrativos y fiscales puede representar una barrera para los productores, especialmente los pequeños y medianos, quienes a menudo enfrentan dificultades para cumplir con sus obligaciones tributarias.
Conscientes de esta realidad, las autoridades fiscales han desarrollado esquemas de simplificación que permitan a los contribuyentes del sector primario cumplir con sus responsabilidades fiscales de manera más eficiente y con menor carga administrativa. Dentro de estas medidas, las facilidades administrativas juegan un papel crucial al otorgar beneficios que optimizan el cumplimiento tributario y reducen la burocracia, permitiendo que los productores centren sus esfuerzos en sus actividades económicas.
Vigencia
La Resolución de Facilidades Administrativas (RFA) para el ejercicio fiscal 2025 entra en vigor el 18 de febrero de 2025 y se mantiene vigente hasta el 31 de diciembre del mismo año. No obstante, las disposiciones contenidas en ella pueden aplicarse durante todo el ejercicio fiscal, lo que otorga seguridad jurídica a los contribuyentes del sector primario.
El hecho de que las facilidades sean aplicables durante el ejercicio fiscal permite que los contribuyentes planifiquen adecuadamente su cumplimiento tributario y administrativo, mitigando riesgos de incumplimiento. Asimismo, esta vigencia delimitada facilita la evaluación y ajuste de las disposiciones en ejercicios posteriores, garantizando su adecuación a la realidad económica del sector.
Principales Beneficios para 2025 y su Aplicación
Deducción de Gastos Menores:
Los contribuyentes dedicados exclusivamente a actividades primarias pueden deducir erogaciones relacionadas con la mano de obra de trabajadores eventuales del campo, alimentación de ganado y gastos menores hasta por el 10% de sus ingresos propios, sin exceder de $800,000.
Esta facilidad reconoce la variabilidad y estacionalidad de los costos en el sector primario, otorgando una deducción que compensa la ausencia de documentación fiscal en ciertas transacciones propias de la actividad. Se promueve la continuidad operativa sin que la fiscalización represente una carga excesiva para los pequeños y medianos productores.
Para su aplicación, es indispensable que los gastos deducidos sean erogados efectivamente dentro del ejercicio fiscal correspondiente y registrados contablemente con documentación que permita su identificación y vinculación con la actividad productiva. La falta de cumplimiento en estos requisitos podría derivar en ajustes fiscales adversos para los contribuyentes.
Pagos Provisionales Semestrales:
Se permite la realización de pagos provisionales semestrales del Impuesto sobre la Renta (ISR), siempre que las declaraciones de IVA y las retenciones a terceros se presenten en los mismos plazos. La posibilidad de realizar pagos semestrales en lugar de pagos mensuales o trimestrales tiene el propósito de mejorar la liquidez de los contribuyentes, permitiendo que estos administren sus recursos de manera más eficiente, especialmente en actividades con ingresos sujetos a ciclos productivos estacionales.
Para acceder a este beneficio, los contribuyentes deben presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales dentro de los treinta días posteriores a la entrada en vigor de la resolución. Aquellos que hayan optado por esta facilidad en ejercicios anteriores no requieren presentar nuevamente dicho aviso, salvo que decidan cambiar su esquema de cumplimiento fiscal.
Retención del ISR a Trabajadores Eventuales:
Se establece la posibilidad de aplicar una retención simplificada del 4% sobre los pagos efectuados a trabajadores eventuales del campo, en lugar del esquema tradicional de salarios, siempre que los pagos no superen los $840 diarios en la Zona Libre de la Frontera Norte y $558 en el resto del país.
La retención simplificada responde a la dinámica del trabajo eventual en el sector primario, donde la contratación temporal es común debido a las necesidades estacionales de la producción. Al aplicar una tasa fija, se facilita el cálculo y entero del ISR correspondiente.
Para la correcta aplicación de esta facilidad, los pagos a trabajadores deben documentarse adecuadamente y mantenerse dentro de los límites establecidos por la normativa. En caso de superar dichos montos, se deberá aplicar el esquema tradicional de retención de ISR conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Uso de Liquidaciones de Distribuidores Extranjeros:
Las liquidaciones emitidas por distribuidores extranjeros pueden considerarse comprobantes fiscales de ventas si se emite el CFDI correspondiente y se conserva como parte de la contabilidad. Esta facilidad reconoce la dinámica del comercio internacional en el sector primario, donde las operaciones con distribuidores extranjeros pueden dificultar la obtención de comprobantes fiscales tradicionales.
Su incorporación como documentos válidos permite el reconocimiento de ingresos y deducciones de manera más flexible. Para su validez, las liquidaciones deben cumplir con requisitos específicos, incluyendo la emisión del CFDI correspondiente y la conservación de la documentación que acredite la operación. En caso de incumplimiento, el contribuyente podría enfrentar la imposibilidad de deducir los montos relacionados.
Las facilidades administrativas implementadas en el sector primario representan un avance significativo en la simplificación del cumplimiento fiscal y la optimización de los procesos tributarios. Estas disposiciones permiten que los contribuyentes ajusten su esquema de cumplimiento de acuerdo con la naturaleza de sus actividades, reduciendo costos administrativos y mejorando su rentabilidad.
Desde una perspectiva empresarial y contable, estas medidas reflejan un esfuerzo por parte de las autoridades fiscales para fortalecer el sector primario mediante la implementación de esquemas más eficientes y adaptables. No obstante, su correcta aplicación requiere un alto grado de responsabilidad y control por parte de los contribuyentes, quienes deben asegurarse de cumplir con los requisitos normativos para evitar riesgos fiscales.
Por lo anterior, se recomienda que los contribuyentes adopten estrategias de planeación fiscal que les permitan maximizar los beneficios de estas disposiciones sin comprometer su cumplimiento normativo. Asimismo, se considera fundamental que las autoridades fiscales continúen evaluando el impacto de estas medidas para garantizar su efectividad y, en su caso, implementar ajustes que permitan una aplicación más equitativa y accesible para todos los actores del sector primario.
Autores colaboradores:
L.C. Alejandro Vielma Ramirez
Contador en Corporativo ALPHA.
alejandrovielma.alpha@gmail.com
L.C. Indira Hernández Ramirez
Contadora en Corporativo ALPHA.
indirahernandezr10@gmail.com
L.C. Jenifer Chablé López
Contadora en Corporativo ALPHA.
lcjeniferchable@alphatributario.com.mx
L.C. Johana Partida Zamorano
Contadora en Corporativo ALPHA.
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L.C. Tamara Padilla
Contadora en Corporativo ALPHA. L.C. y L.D. Ricardo Cardenas Perez
Director General de Corporativo ALPHA.
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