SIDEIMSS. Sistema de Dictamen Electrónico del IMSS . Opcional en 2017, Obligatorio en 2018.



En esta obra se analizan y comentan los preceptos más relevantes apoyados en los reglamentos de la propia LSS


SIDEIMSS. Sistema de Dictamen Electrónico del IMSS .

Opcional en 2017, Obligatorio en 2018.

Colaboración de: Gabriel Aranda Zamacona

Experto en Seguridad Social

Sitio web del autor: elnidodelseguro.com

Damas y caballeros, por medio de la página de la Comisión de Mejora Regulatoria, se da a conocer el expediente 42965, donde se da a conocer el Acuerdo ACDO.SA2.HCT.280617/149.P.DIR por el que se actualizan los formatos para la formulación del dictamen por contador público autorizado y se aprueban las reglas del Sistema de Dictamen Electrónico del IMSS (SIDEIMSS), siendo opcional para el Dictamen del ejercicio 2016 (presentado en septiembre 2017) y obligatorio para el ejercicio 2017 (presentado en septiembre 2018).

Según el propio portal COFEMER estas reglas servirán para los requisitos y formalidades que deben cumplir los patrones, sujetos obligados y contadores públicos para efectos de la formulación y presentación del dictamen de  conformidad con lo establecido en la Ley del Seguro Social, el Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF), el Código Fiscal de la Federación de aplicación supletoria y demás disposiciones aplicables, con el objeto de establecer el Sistema de Dictamen Electrónico del IMSS (SIDEIMSS), como medio electrónico para la formulación y presentación del Dictamen a que se refiere el artículo 16 de la Ley del Seguro Social, el cual se encontrará disponible en el portal electrónico “IMSS DIGITAL”.

La emisión del Acuerdo no genera nuevas obligaciones y/o sanciones para los particulares ni les hace más estrictas las ya existentes; no altera ni crea trámites que representen mayores cargas administrativas o costos de cumplimiento para los particulares, tampoco les reduce o restringe prestaciones o derechos ni establece o modifica definiciones, clasificaciones, metodologías, criterios, caracterizaciones o cualquier otro término de referencia. Dicho acuerdo beneficia a los particulares al reducir los trámites y las cargas administrativas para el cumplimiento de las obligaciones respecto de la formulación y presentación del dictamen por contador público autorizado de  onformidad con lo establecido en la Ley del Seguro Social, el Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, al realizarse de manera electrónica ahorrando tiempos de espera, el cual se encontrará disponible en el portal electrónico “IMSS DIGITAL”.

Dejamos a continuación el Acuerdo original completo, del SIDEIMSS Dictamen IMSS: 

 

Así mismo dejamos unas imágenes sobre la información que se estará emitiendo con este nuevo sistema, SIDEIMSS Dictamen IMSS:

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SIDEIMSS
Dictamen IMSS Digital

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SIDEIMSS
Dictamen IMSS Digital

Así que solo tan solo queda esperar la publicación en el Diario Oficial de la Federación, para que entre en vigor este acuerdo y con ello tengamos la evolución del Dictamen IMSS en nuestro país, para convertirse en SIDEIMSS Dictamen IMSS.

Por cortesía de:

nido_seguro

Gabriel Aranda Zamacona

Asesoría, capacitación en Seguridad Social

Visita mi página http://www.elnidodelseguro.com



1 comentario
  1. ALFREDO ALATORRE ROMERO
    ALFREDO ALATORRE ROMERO Dice:

    UN TRABAJADOR TRABAJO CON NUESTRA EMPRESA DEL 1 AL 30 ((UN MES COMPLETO))UNICAMENTE, AL RECIBIR EL ALCULO DEL SEGURO SOCIAL E INFONAVIT, NOS DAMOS CUENTA DE QUE TIENE UN CREDITO CON EL INFONAVIT, EL TRABAJADOR YA DEJO DE LABORAR CON NUESTRA EMPRESA, SE DEBERA LIQUIDAR ESTA AMORTIZACION SI EL TRABAJADOR NUNCA NOS AVISO QUE TENIA UN CREDITO?? ADEMAS ESTE TRABAJADOR TENIA UN SUELDO MENSUAL DE 4,000.00 Y LA AMORTIZACION DEL CREDITO ES X 5,200.00? QUE PROCEDERIA EN ESTOS CASOS, AGRADEZCO MUCHO SUS COMENTARIOS Y DESEARIA SU ATENCION, MUCHAS GRACIAS

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