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Ausencia de normatividad para que las personas físicas dejen de tributar en el RIF
PRODECON sugiere al SAT emitir una regla de carácter general, lineamiento o criterio que regule de manera clara y precisa, la forma en que deberán cumplir sus obligaciones fiscales, los contribuyentes que dejen de tributar en el RIF.
El Regreso de los REPECOS en 2016 – Iniciativa del PAN en Cámara de Diputados (8 de Septiembre 2015)
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7 Comentarios
El día 8 de Septiembre de 2015 fue publicado en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados la iniciativa con proyecto de Decreto, de adición de una Sección II Bis al Capítulo II Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Soy RIF ¿Cuándo debo pagar el cuarto bimestre (julio y agosto) de 2015?
Respuesta de la autoridad fiscal: Debes presentar el cuarto pago bimestral correspondiente a julio y agosto, del ISR, IEPS e IVA, a más tardar el...
¿Eres contribuyente del RIF? Ve por tu tablet !!
Es una tablet digital que permitirá a las microempresas del RIF ser más competitivas y realizar su contabilidad, emitir facturas y recibir pagos con tarjetas bancarias, entre otros servicios.
Video-Tutorial RIF para declarar correctamente las ventas al público en general en Mis cuentas.
Para que el Régimen de Incorporación guarde los gastos y ventas de tu negocio en Mis cuentas sigue estos pasos.
Listo el SAT para que los RIF presenten su primera declaración 2015. (Disque ahora si ya en serio…)
En la aplicación Mis Cuentas, ya pueden realizar sus declaraciones bimestrales si tuvieron ventas al público en general o bien, facturas y ventas al público en general. La primera declaración a presentar es la correspondiente al bimestre enero – febrero de 2015, que deben declarar a más tardar en este mes de marzo.
RIF sin pago de impuestos durante 2015 y 50% en cuotas IMSS durante el 2015 y 2016- Todo es felicidad…
El SAT lanzó ayer su comunicado de prensa para dar las buenas nuevas a este sector, bajo el lema de: El Gobierno Federal impulsa la formalidad y el crecimiento.
RIF Conoce el nuevo simulador de declaraciones bimestrales.
Debemos recordar que cambiaron las reglas para las ventas al público en general y el simulador anterior ya no es válido para todos los RIF.
Atención RIF: Declaración bimestral solo por venta al público en general. – Videotutorial
Videotutorial del SAT: Declaración bimestral solo por venta al público en general.
Atención RIF: Videotutorial para la declaración bimestral por ventas con factura y al público en general.
Con Mis cuentas puedes presentar las declaraciones bimestrales del Régimen de Incorporación Fiscal. Es fácil, sigue estos pasos.
El Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y su NO simplificación administrativa.
Un gran número de ellos se encuentran en su segundo año de tributación en dicho régimen y las reglas del juego cambian para este nuevo ejercicio; en el tema del Impuesto Sobre la Renta, no hay mucho que decir, todos los contribuyentes que se encuentren en el supuesto anterior pagarán el 10 % del ISR determinado, al aplicar un descuento federal del 90 % (por ser su segundo año).
SAT informa de aún más beneficios fiscales al RIF.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal, que a la fecha se encuentren omisos en la presentación de las declaraciones bimestrales de manera consecutiva, pero que han hecho uso del sistema "Mis Cuentas"...
RIF ¿No presentaste ninguna declaración bimestral 2014? Tu muy bien !! No sales de RIF pero abusado con los requerimientos…
Si tributas en RIF y no presentas las declaraciones bimestrales de TODO 2014 No importa !! Tu vive feliz !!
Pregunta al SAT: ¿Puedo cambiarme a RIF si realizo actividades empresariales o profesionales?
Y de la famosa sección de "Preguntas del día" en la página oficial del SAT tenemos:
Aguas !! El SAT señala que en dos semanas podrías salir de RIF aunque… pocos le creen.
Un gran número de contribuyentes se encuentran a dos semanas de no poder regresar nunca más a tributar como pequeño y pasar al régimen de actividad empresarial. Y no lo saben !!