Utilidad de los CFDI para la autoridad fiscal. – Benditos CFDI !!





Este tema y mucho mas lo encuentras en nuestra Guía Fiscal 2015.

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UTILIDAD DE LOS COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET (CFDI) PARA LA AUTORIDAD FISCAL.

(Y de seguridad social…)

Una de los principales beneficio para la autoridad fiscal es el poder cruzar los CFDI con la información contable/fiscal así como con los estados de cuenta, para verificar las deducciones aplicadas, gastos y ventas.

En el caso de las personas físicas, los CFDI de nómina y de deducciones son la base para conformar la declaración anual, y de esto depende la autorización o rechazo en automático de la solicitud de devolución de un saldo a favor.

BENEFICIO PARA LAS AUTORIDADES

La modernización de los procedimientos de la Administración General de la Auditoría Fiscal generará beneficios para ésta, los cuales se enuncian a continuación:

  • Aumento de la presencia fiscal “auditorías”. En 2013 la meta anual fue de 85 mil 511 actos y para 2014 fue de 103 mil 033, lo que representa un incremento de 20 por ciento, “lo que a su vez aumentará la percepción de riesgo hacia los contribuyentes”.
  • Se contará con papeles de trabajo electrónicos automatizados, cédulas pre llenadas antes de que la autoridad fiscal inicie el ejercicio de facultades de comprobación.
  • Habrá nuevas fuentes de información, que enriquecerán los procesos de programación “para revisar las operaciones atípicas o irregulares”.
  • Las bases contables, junto con los CFDI, permitirán comprobar que una factura deducible ha sido acumulada por el emisor.
  • Reducción de plazos para concluir las auditorías “y disminución de costos administrativos para todas las partes.
  • La profundidad de la revisión se determinará en forma automática, “evitando, con ello, la discrecionalidad”.
  • Disminución de requerimientos de información adicional en trámites de devoluciones y compensaciones.

De todo lo anterior se desprende la necesidad de revisar exhaustivamente la información contable que se enviará al SAT vía Contabilidad Electrónica.

Todo esto a fin de evitar errores y omisiones que den lugar a ajustes que la autoridad podría tipificar como operaciones atípicas o irregulares, las cuales, por lo que se ha manifestado, serán, desde luego, objeto de detección prácticamente inmediata por los sistemas con los que se llevará a cabo las actividades de fiscalización y, por consiguiente, potencial motivo de ejercicio de facultades de comprobación.