No uses validadores de CFDi Factura Electrónica. Son inválidos ante el SAT.



En la reciente publicación (31-Agosto-2018) de la Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por Internet (Anexo 20) encontramos que se agregaron las siguientes respuestas relativas a los tan llevados y traidos validadores de CFDI (que mucha gente quisiera seguir utilizando como antes lo hacíamos con la versión 3.2 de los CFDI, para estar bien seguros…)

37. ¿Qué es un validador de factura electrónica?

Son aplicaciones informáticas o sistemas que confirman el cumplimiento de la estructura y especificación técnica de un comprobante fiscal y en algunos casos requisitos o elementos comerciales, definidos por el receptor de un comprobante.

38. ¿Los validadores comerciales son reconocidos por el SAT? 

No, la única validación de facturas electrónicas con fundamento legal y reconocimiento fiscal es la que realizan los Proveedores Autorizados de Certificación (PACs) exclusivamente en el ejercicio de la certificación «timbrado» que ejecutan al amparo de la autorización que el SAT le otorga.

39. ¿Es necesario verificar en algún sistema de validación que una factura electrónica certificada «timbrada» cumple con la estructura y especificación técnica definida por el SAT?

No, cuando la factura ha sido ya certificada «timbrada» por el SAT, ya sea en sus aplicaciones gratuitas de generación y certificación de facturas o através de un PAC, se considera que cumple con la estructura técnica establecida en el Anexo 20 de la RMF vigente y por ende ha sido validada por el SAT, por lo que no requiere de ser validada nuevamente en alguna otra herramienta o validador
tecnológico.

Fundamento Legal: Artículo 29, fracción IV del Código Fiscal de la Federación.

40. ¿La validación tecnológica que se aplique a un CFDI que ya ha sido autorizados, distinta a las realizadas con los servicios de consulta de folios que ofrece el SAT en función de lo dispuesto por el tercer párrafo del artículo 29 del CFF y la regla 2.7.1.4 de la RMF vigente, tiene validez fiscal?

La única validación tecnológica de una factura electrónica reconocida por el SATes la que el propio SAT realiza directamente cuando la factura se generó en sus aplicaciones tecnológicas o cuando esta fue certificada «timbrada» por un PAC, cualquier otra validación tecnológica que un contribuyente haga a una factura no tiene validez ante el SAT.

Fundamento Legal: Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación y regla 2.7.1.4 de la RMF vigente.

41. ¿ El SAT reconoce o autoriza algún servicio, herramienta o sistema de validación de facturas electrónicas ofrecido por terceros ajenos al propio SAT? 

No, la única validación de facturas electrónicas con fundamento legal y reconocimiento fiscal es la que realizan los Proveedores autorizados de certificación de CFDI (PAC), de esta forma cuando el PAC asigna a este comprobante el sello digital del SAT, es decir lo «timbra», se está validando el comprobante por el propio SAT a través del PAC, por lo cual los contribuyentes que hagan uso del mismo sólo requieren verificar que el comprobante esta efectivamente sellado digitalmente por el SAT, esto a través de alguna de las herramientas que ofrece el propio SAT, si efectivamente está «timbrado» por el SAT, el citado comprobante es válido y no requiere de mayor validación tecnológica.

Fundamento legal: Artículo 29, fracciónes IV y VI del CFF, reglas 2.7.1.4 y 2.7.2.5 de la RMF vigente.


Así que señoras y señores, ya dejemos de darle vueltas a este asunto de no aceptar los CFDI 3.3 “porque no pasó las pruebas de validación” de tal o cual proveedor. Si el CFDI está debidamente timbrado, es totalmente válido le pese a quien le pese y no tienes porque volver a refacturar.


 



3 comentarios
  1. cmnavedo
    cmnavedo Dice:

    Estamos en un país de altos índices de corrupción, en donde (casi) todo es posible.

    Debemos validar los comprobantes y la unica manera que veo es entrara a nuestro buzon tributario a verificar que tal cfdi está ahí, esa sería la manera «más confiable» de asegurarnos. En lo posible, hasta imprimir la pantalla donde estamos viendo que el comprobante está en dicho buzón, no vaya a ser que después lo hagan perdedizo (recuerda, es posible).

Los comentarios están desactivados.