Visitas de Verificación a programa IMMEX por parte de la Secretaría de Economía.
Visitas de Verificación por parte de la Secretaría de Economía
Autor: C.P. Ernesto Hernández
La Secretaría de Economía ha estado llevando a cabo ciertos procedimientos de fiscalización de carácter administrativo a diversas empresas que cuentan con Programa de Industria Maquiladora, Manufacturera y de Servicios de Exportación, mejor conocidas como IMMEX. El objeto de estas visitas – como se indica en las órdenes emitidas – es el siguiente:
- Comprobar, en general, el cumplimiento de obligaciones establecidas en el Decreto IMMEX.
- Que las empresas se encuentren establecidas en el o los domicilios declarados ante esa Secretaría.
- Que la mercancía importada temporalmente se encuentre almacenada en el domicilio visitado.
- Verificación de la documentación que acredite los retornos y/o destino de la mercancía importada temporalmente.
- Solicitud de la documentación que acredite la legal posesión del inmueble en el que se encuentra establecida la empresa.
- Verificación del proceso productivo, capacidad de producción o de servicios, revisión de maquinaria y equipo entre otros.
Durante el desarrollo de estas visitas, se lleva a cabo, por parte del personal de la Secretaría, el levantamiento de una “Acta Circunstanciada de Visita de Verificación”. Cabe señalar que por tratarse de una autoridad administrativa, el proceso se desahoga en los términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, por lo que para su correcta atención y seguimiento hay que apegarse a la misma, principalmente en aspectos como presentación de pruebas, plazos y demás; es importante mencionar que las empresas para atender este tipo de diligencias deben asignar a personal que tenga pleno conocimiento del programa así como de los procesos productivos de la empresa.
Aspectos Generales del Acta Circunstanciada.
Una vez constituidos en el establecimiento del contribuyente, los visitadores proceden a levantar un acta, la cual resulta ser un cuestionario de aproximadamente 30 preguntas, enfocadas a lo siguiente:
- Se solicita confirme si el domicilio en el que se actúa es el que se tiene registrado en el programa; se manifieste el carácter que se tenga sobre el inmueble, esto es si la empresa es propietaria, arrendataria, etc., y se acredite el carácter manifestado mediante los documentos correspondientes.
- Se cuestiona sobre si la empresa realiza a través de terceros servicios de submaquila o si propiamente la visitada presta los mismos, si fuera el caso del primer supuesto, se solicita se indique los nombres y domicilios de los terceros.
- No obstante que el personal actuante realiza un recorrido por las instalaciones de la empresa, el cuestionario incluye preguntas como si se cuenta con instalaciones para maniobras de carga y descarga de mercancías, si se cuenta con instalaciones eléctricas que soporten el uso de maquinaria industrial e incluso solicitan los recibos de pago por este último concepto.
- Muy importante resulta el apartado que tiene que ver con el proceso productivo o de servicios, donde se requiere a la empresa para que demuestre que las actividades que realiza sean las autorizadas en el programa IMMEX. Se requiere se informe el tipo y cantidad de maquinaria y/o equipo se utiliza; se cuestiona sobre la generación de desperdicios, tipo y cantidad además del destino que se le da al mismo. Igualmente se solicita se identifique a los clientes y proveedores en el extranjero. Se obliga se considere que el personal que atienda este tipo de visitas conozca la operación para que pueda dar respuestas claras y precisas.
- Otro apartado que resulta de interés, es el relacionado con el requerimiento de información respecto del personal que labora en la compañía. Se solicita se indique el número de personas que laboran y se divida entre operativo y administrativo. Si bien es cierto que no se solicita constancia alguna de este punto, resulta importante el que se proporcione la información lo más precisa posible, ya que esto se refleja en los reportes mensuales de INEGI y en un caso extremo la misma se puede compulsar.
- En cuanto al tema de inventarios, es de vital importancia dar respuestas contundentes en cuanto al cumplimiento de llevar el control de inventarios a que se está obligado. La pregunta se enfoca a si se cuenta o no con un sistema que cumpla con los requisitos del anexo 24 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior; se solicita se demuestre el registro de las operaciones en el mismo y se generen reportes en específico, principalmente en donde se reflejen los saldos de inventario de materia prima.
Seguimiento al procedimiento
Una vez que se concluye la visita, es importante se identifiquen aquellos puntos en los que haya quedado pendiente la entrega de información y/o documentación, ya que solo se cuenta con un plazo de 5 (cinco) días para presentar lo faltante.
La importancia del seguimiento radica principalmente en que este tipo de visitas se programan derivado de un análisis de riesgo realizado sobre información de importaciones temporales vs exportaciones. Se toma la información de las fracciones arancelarias de mayor volumen y se hace un balance que determina el nivel que va desde “Muy Bajo” hasta “Muy Alto” en el caso de que no se tenga registro de exportaciones.
Si bien es cierto que en caso de que como resultado de la visita, la SECON determine procedente la cancelación del programa IMMEX, el mayor riesgo se tiene ante el SAT, ya que derivado de la cancelación, es muy probable se reciba al menos un requerimiento para demostrar el pago de los impuestos de las mercancías no retornadas en su caso.
Recomendaciones
Es importante estar conscientes de que en la actualidad toda la información que se genera en materia de importaciones e importaciones está reflejada en las bases de datos de la autoridad. Esto le permite tener en tiempo real la información que refleja el comportamiento de las actividades de las empresas en materia del programa IMMEX, por lo que es importante el que de manera permanente se revise el estatus en este apartado, así como las demás obligaciones formales establecidas en el Decreto IMMEX, principalmente las relacionadas con el cumplimiento de obligaciones fiscales respecto de la oportuna presentación de declaraciones y avisos, ya que esto también puede detonar en un procedimiento como el citado en el presente documento.
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