¿Podemos los empleados hacer nuestra declaración anual? Claro que Si !!




calculadora_2

¿Podemos los empleados reducir nuestros impuestos?

Autor colaborador:

Mauricio Priego

www.practifinanzas.com

Te tengo una buena noticia: ¡Sí!, las personas que ofrecemos servicios subordinados a un patrón – que es como en la terminología de hacienda nos llaman a los empleados – tenemos la posibilidad de deducir ciertos gastos de forma que paguemos menos impuestos y nos devuelva dinero hacienda, de ser el caso,  al quedar el trabajador con algún saldo a favor. El detalle es que para hacerlo tienes que juntar las facturas que soporten esos gastos durante el año… y como está apenas empezando el año, es un buen momento para iniciar este hábito destinado a proteger tu dinero de ese gasto imperceptible pero contundente: los impuestos. Aunque claro está, nunca es tarde para empezar.


Para Hacienda los empleados somos personas físicas al igual que los profesionistas (aquellos que trabajan por honorarios como médicos, dentistas, ingenieros y todo aquel que trabaje por su cuenta), compartiendo en lo general los mismos derechos en cuanto a la deducción de gastos personales se refiere, según la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).

Para que tengas una idea, es factible que puedas recuperar hasta algo más de un 30% de los gastos personales que hayas realizado durante el año, dependiendo este monto directamente de los ingresos que hayas tenido así como de las características laborales que hayas tenido en tus diferentes trabajos. Por ello recomiendo, que sobre todo en tus primeras declaraciones anuales, te asesores con algún contador de tu confianza.

Pero ello es hasta el próximo año, por ahora exige y resguarda tus facturas y recibos de honorarios. ¡Éxito!

¿Has tenido alguna experiencia que te gustaría compartir?

¿Tienes alguna duda que desees aclarar?

Tus comentarios podrían servir de inspiración a otras personas, así que no dudes en dejarlos.

Fuente original: http://practifinanzas.com

Si te gustó este artículo y te pareció de utilidad, te invitamos a suscribirte sin costo para que recibas los próximos artículos directamente en tu cuenta de correo. Estamos seguros que serán de tu interés.



4 comentarios
  1. MARCO GUTIERREZ
    MARCO GUTIERREZ Dice:

    Tengo algunas dudas sobre este tema, este año decidi hacer la declaracion por mi mismo aclarando que soy asalariado, bueno mi pregunta es podre hacer las declaraciones del año 2007 al 2010, esto es para meter las deducciones sobre intereses de creditos hipotecarios, y si si que es lo que necesito. ya tengo mi firma fiel, clave ciec, constancias de sueldos y salarios, y constancia de interes pagado, que mas necesito para hacerlas.

  2. DOMINGO LARA
    DOMINGO LARA Dice:

    quiesiera saber que requisitos se debe de cumplir por parte del retenedor de este impuesto, GRACIAS

  3. sergio
    sergio Dice:

    Muchas gracias por tan valiosa informacion, una pregunta una persona fisica que este jubilada o pensionada ( por ejemplo de Pemex o IMSS) ¿Puede hacer declaracion anual? Debe cumplir con los mismos requisitos de la carta al patron? agradezco de antemano su valiosa respuesta.

Los comentarios están desactivados.