• Link to X
  • Link to Facebook
  • Link to Youtube
  • Descarga Masiva de XML
  • Más Software Contable
  • Promociones en tienda
📞 Llamada sin costo: 800-649-0515
ElConta.MX
  • TIENDA
    • 🧾 Facturación CFDI
    • ⏬ Descarga Masiva de XML
    • 📘 Libros para contadores
    • ✨ Programas para contadores
  • CFDI facturación
    • Accesos CFDI
      • ✨ CFDI ElConta + Capdigi (El de siempre)
      • 🆕 APP FacturasElContaMX (NUEVO) 🤩
      • 📌 CFDI Ilimitado (Facturación básica)
    • 👍CFDI ElConta + Capdigi
      • >> RECARGA DE TIMBRES
      • CFDI Facturas
      • CFDI Recibos (Hon – Arrend)
      • CFDI Nóminas
      • CFDI Hoteles
      • CFDI Escuelas
      • CFDI Transportistas
      • CFDI Donatarias
  • Cursos en línea
    • 🧑‍💻 Cursos Grabados
    • 🔥 Próximos Cursos
    • 🎁 Cursos gratuitos
  • Lo actual:
    • CFDI Noticias
    • Descarga Masiva de XML
    • RESICO PF y PM
    • Nuevas Reformas
    • ISR Plataformas Digitales
    • Buzón fiscal ó tributario
    • Contabilidad electrónica
    • Declaraciones de impuestos
    • REPSE-SISUB-ICSOE
    • Soluciones en Excel
    • Personas Físicas
    • Recursos Humanos
  • Calculadoras
  • Click to open the search input field Click to open the search input field Buscar
  • Menú Menú
  • Descarga Masiva de XML
  • Más Software Contable
  • Promociones en tienda

¿Qué es una Sociedad de Solidaridad Social (SSS)? -Triple ese-

mayo 24, 2011/por Colaboraciones

union empleados

Las sociedades de solidaridad social son una forma de organización mediante la cooperación de los socios para llevar a cabo fines específicos como la creación de fuentes de trabajo, conservación y mejoramiento del medio ambiente, explotación racional de los recursos naturales, la producción, industrialización y comercialización de bienes y servicios, así como la educación a los socios y sus familias.

Una SSS cuenta con personalidad jurídica y para ser socio se requiere ser persona física de nacionalidad mexicana , en especial ejidatario, comunero, campesino sin tierra , parvifundista o persona que tenga derecho al trabajo, que destinen una parte del producto de su trabajo a un fondo de solidaridad social y que podrán realiza actividades mercantiles.

Sociedades de Solidaridad Social

¿Qué es una Sociedad de Solidaridad Social (SSS)?

Es una organización con personalidad jurídica propia que, debidamente legalizada, tiene capacidad de recibir apoyos financieros.

A las Sociedades de Solidaridad Social también se les llama "triple ESE"

¿Cómo se constituye una Sociedad de Solidaridad Social?

Los interesados celebran una asamblea en la que levantan un ACTA para manifestar la intención de asociarse, conforme a la Ley de Solidaridad Social.

¿Cómo se integra el comité ejecutivo?

Por medio de votación en la asamblea. Para ello, ordinariamente se postulan candidatos y sus suplentes, ya que cada miembro cuenta con un suplente.

¿Cómo queda conformada una Sociedad de Solidaridad Social?

Mediante tres Comités y una Comisión compuestos de esta manera:

Comité ejecutivo, Comité financiero y de vigilancia, Comité de Admisión y Separación de socios y Comisión de educación.

¿Quiénes pueden ser socios?

Cualquier persona física, de nacionalidad mexicana que desee ejercer el derecho al trabajo que consagra la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por ejemplo: Padres de familia, personal docente o administrativo de instituciones educativas, agricultores, trabajadores, amas de casa.

Cada Sociedad de Solidaridad Social debe constituirse con al menos 15 (quince) socios.

¿Para qué se establece una Sociedad de Solidaridad Social?

  • Para crear fuentes de trabajo.
  • Para producir, transformar y comercializar aprovechando los recursos que ofrece la localidad o la región donde se vive.
  • Para promover la organización social mediante la educación permanente de los socios, de sus familias.
  • Para promover el desarrollo social, económico y cultural del pueblo.
  • Para alcanzar mejor calidad de vida mediante la capacitación y el aprendizaje solidario.

Fuente: www.cipae.edu.mx

imageAutor

Creación del Fondo y Destino:

La constitución del fondo de solidaridad social y su aplicación se encuentra regulada de conformidad con lo siguiente:

El fondo de solidaridad social se integra con la parte proporcional de las utilidades obtenidas que acuerden los socios aportar al mismo, así como con los donativos que para dicho fin se reciban de las Instituciones Oficiales y de personas físicas o morales. (Art.31 LSSS).

El fondo de solidaridad social sólo podrá aplicarse a:

I. La creación de nuevas fuentes de trabajo o a la ampliación de las existentes;

II. La capacitación para el trabajo;

III. La construcción de habitaciones para los socios;

IV. Al pago de cuotas de retiro,jubilación e incapacidad temporal o permanente, además de las pre-vistas en el régimen del Seguro Social obligatorio y a otros servicios asistenciales, siempre que tales erogaciones se prevean en las bases constitutivas de la sociedad;

V. Servicios médicos y educativos para los socios, siempre que se reúnan los requisitos a que se refiere la fracción anterior. (Art.32 LSSS).

Es evidente que el fondo no podrá ser aplicado a discreción por la sociedad, sino que deberá de ser destinado para cualquiera de los cinco puntos señalados en el párrafo anterior, mismos que coinciden con algunos conceptos de previsión social, que señalan las disposiciones fiscales.

Aspecto Fiscal del Fondo:

Las cantidades que la sociedad aplique al fondo de solidaridad social sin lugar a dudas, son una deducción autorizada para los efectos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta , ya que cumple con el requisito de estricta indispensabilidad al ser un gasto estrictamente indispensable para lograr los fines u objeto de la sociedad, al efecto resultan aplicables la siguientes tesis :

DEDUCCIONES.-GASTOS ESTRICTAMENTE INDISPENSABLES.-SU CONCEPTO. Son aquellos que resultan necesarios para el funcionamiento de la empresa y sin los cuales sus metas operativas se verían obstaculizadas a tal grado que se impediría la realización de su objeto social, si se trata de una persona moral , o los fines del negocio si no lo es, de donde se concluye que no pueden considerarse como tales los deducidos por la empresa , cuando no tienen ninguna relación con esos fines.

G ASTOS ESTRICTAMENTE INDISPENSABLES.-Para que estos se consideren estrictamente indispensables, en términos de lo dispuesto por el artículo 24 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, no re q u i e re que se d e m u e s t re que los mismos, de no re a l i z a r s e, obstaculizarían las metas operativa s, a tal grado, que se impediría la realización del negocio, ni que el mismo genere ingresos. En efecto, todo gasto es deducible en la medida en que esté relacionado directamente para alcanzar los fines del negocio.

Ahora bien, este gasto que como ya se señaló resulta una deducción autorizada para la sociedad, debemos considerarlo por su naturaleza como un gasto de previsión social,, aplicable no sólo para la sociedad com o una deducción, sino también para quien recibe el beneficio del fondo, es decir, para los socios de la sociedad de solidaridad social como un ingreso. En ese orden de ideas es importante retomar la definición de previsión social, según se desprende del artículo 8 LISR que a la letra señala:

“Articulo.- 8 LISR. Para los efectos de esta Ley, se considera previsión social,las erogaciones efectuadas por los patrones a favor de sus trabajadores que tengan por objeto satisfacer contingencias o necesidades presentes o futuras,así como el otorgar beneficios a favor de los trabajadores, tendientes a su superación física, social,económica,o cultural,que les permitan el mejoramiento en su calidad de vida y en la de su familia”.

De acuerdo con la definición de la Ley del Impuesto sobre la Renta, queda claro que la ley sólo regula a la previsión social que emana de una relación de trabajo al establecer que serán las erogaciones que efectué el patrón a favor de sus trabajadores.

Relación que no se da entre las sociedades de solidaridad social y sus socios, ya que no existe la calidad de patrón y trabajador entre ambos, recordando que por patrón se entiende a la persona física o moral que utiliza los servicios de una o varios trabajadores y por trabajador se entiende que es la persona física que presta a otra física o moral,un trabajo personal subordinado.

Conclusiones:
  1. De lo anterior se concluye que las aportaciones efectuadas por la sociedad de solidaridad social al fondo de solidaridad social,si bien es cierto que por ser una deducción autorizada deben cumplir con los requisitos de las deducciones en general que establecen las disposiciones fiscales, también es cierto que no resulta aplicable los requisitos establecidos en el artículo 31,fracción XII,de LISR.
  2. Lo que implica entonces que las sociedades de solidaridad social tengan una previsión social sin límite, siempre y cuando se cumplan con los requisitos que establece la Ley de Sociedades de Solidaridad Social .
  3. Por su parte, las personas físicas (socios) que reciben el beneficio del fondo, invariablemente deben considerarlo como un ingreso,pero que en la mayoría de los casos es un ingreso exento de los señalados el articulo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Fuente: Intelegis

INTELEGIS La firma de consultores fiscales y patrimoniales, con presencia nacional, estructurada a través de una innovadora fórmula de asociación de prestigiadas y experimentadas firmas regionales, que han basado su éxito en el reconocimiento y en una calidad sin discusión en la prestación de servicios especializados, preponderantemente en la materia fiscal y patrimonial, complementada con innovadores servicios en el área empresarial y de negocios.

Bibliografía:

:arrow: Ley de Sociedades de Solidaridad Social

:arrow: Ejemplo de un Acta Constitutiva de una SSS


No existen otros post relacionados a este tema.

Etiquetas: ISR, Letras sueltas, sss
Compartir esta entrada
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en X
  • Compartir en WhatsApp
https://elconta.mx/wp-content/uploads/2025/08/elcontamx-logo_desde_2009.png 0 0 Colaboraciones https://elconta.mx/wp-content/uploads/2025/08/elcontamx-logo_desde_2009.png Colaboraciones2011-05-24 07:00:262011-05-23 11:25:13¿Qué es una Sociedad de Solidaridad Social (SSS)? -Triple ese-
4 comentarios
  1. Héctor Pérez
    Héctor Pérez Dice:
    abril 2, 2013 en 2:58 pm

    Las SSS estan obligadas a dictaminarse?
    y si, es así que ingreso debe rebasar?
    Gracias

  2. MARIA DE LOURDES CRUZ MARTINEZ
    MARIA DE LOURDES CRUZ MARTINEZ Dice:
    septiembre 19, 2012 en 3:17 pm

    que obligaciones fiscales tiene una sociedad triple sss ya somos artesanos y queremos formar la sociedad

  3. GUILLERMO OLIVARES ISLAS
    GUILLERMO OLIVARES ISLAS Dice:
    agosto 4, 2011 en 2:08 pm

    una alternativa muy buena y de gran interes poco conocida por muchos ¡¡

  4. Olivia Vazquez
    Olivia Vazquez Dice:
    mayo 30, 2011 en 2:25 am

    definitivamente una excelente opcion , muchas felicidades a rodolfo servin!!!!!!!!! y pensar que lo solicitamos al iee gda como catedratico para la tesis dirigida para culiacan y nos lo cambiaron, en fin, muchas felicidades y estudiare mas lo relacionado a este tema para comentarlo mas a fondo.

    NOTA DEL ADMINISTRADOR:
    Tu comentario automáticamente ha sido transformado a minúsculas.

    Por favor desactiva el bloqueo de mayúsculas cuando escribas tus comentarios.
    Gracias.

Los comentarios están desactivados.

Suscríbete al boletín gratuito.

Solución en facturación (Nuevo sistema)

Lo último
  • CalcXML de ElContaMX – En 5 minutos ¡Descubre lo...mayo 21, 2026 - 9:50 amby: El Conta
  • ¡Que el SAT no te tome por sorpresa! Date una muy buena...marzo 18, 2026 - 9:30 amby: Faro Viejo
  • 🚀 ¡Empieza a facturar HOY mismo con 5 timbres de REGALO!...febrero 16, 2026 - 11:45 amby: El Conta
  • Prevención de Lavado de Dinero: La acumulación de operaciones...mayo 21, 2026 - 12:30 pmby: INCP Instituto del Noroeste de Contadores Públicos
  • SAT Declaración Anual 2025 Pers. Físicas. ¿Cuánto devolvieron?...mayo 20, 2026 - 10:34 amby: Folios y publicaciones varias del IMCP
Lo más leído
  • CalcXML de ElContaMX – En 5 minutos ¡Descubre lo...mayo 21, 2026 - 9:50 amby: El Conta
  • ¡Que el SAT no te tome por sorpresa! Date una muy buena...marzo 18, 2026 - 9:30 amby: Faro Viejo
  • 🚀 ¡Empieza a facturar HOY mismo con 5 timbres de REGALO!...febrero 16, 2026 - 11:45 amby: El Conta
  • Incapacidad IMSS y los primeros tres días -Enfermedad ...abril 16, 2010 - 11:30 pmby: Colaboraciones
  • Solicitud de devolución de ISR Salarios -Mi experienci...mayo 7, 2010 - 7:19 pmby: El Conta
  • CFDI Tools ElConta.Com: Herramienta gratuita para organizar,...septiembre 11, 2014 - 11:53 pmby: El Conta
Comentarios
  • JOSE HECTOR CORTES GARCIAGRACIAS SE EXTRAÑABAmayo 7, 2026 - 12:02 pm por JOSE HECTOR CORTES GARCIA
  • Contador Carla PachecoYo ya lo probe para la declaración anual, y es excelente....abril 16, 2026 - 12:15 pm por Contador Carla Pacheco
  • JOSE HECTOR CORTES GARCIATU ARTICULO ES TOTALMENTE DE CARACTER POLITICO, NO ES DE...marzo 25, 2026 - 5:35 pm por JOSE HECTOR CORTES GARCIA

Las mejores soluciones:

RSS Cursos GRABADOS más recientes

  • Partes Relacionadas y su declaración informativa
  • Reducción de la Jornada Laboral 2026
  • Prevención de Lavado de Dinero 2026 Reglamento Actualizado
  • Nuevo Complemento de Hidrocarburos y Petrolíferos (Edición 2026).
  • Declaración Anual Personas Físicas 2025.
  • Declaración Anual Personas Físicas 2025.

Podría interesarte:

CURSOS GRABADOS (Aprovecha la promo!!)

© Copyright 2009-2029 - El Conta punto MX - Enfold WordPress Theme by Kriesi
  • Descarga Masiva de XML
  • Más Software Contable
  • Promociones en tienda
Desplazarse hacia arriba Desplazarse hacia arriba Desplazarse hacia arriba
Calculadoras GRATIS !!