• Link to X
  • Link to Facebook
  • Link to Youtube
  • Descarga Masiva de XML
  • Más Software Contable
  • Promociones en tienda
📞 Llamada sin costo: 800-649-0515
ElConta.MX
  • TIENDA
    • 🧾 Facturación CFDI
    • ⏬ Descarga Masiva de XML
    • 📘 Libros para contadores
    • ✨ Programas para contadores
  • CFDI facturación
    • Accesos CFDI
      • ✨ CFDI ElConta + Capdigi (El de siempre)
      • 🆕 APP FacturasElContaMX (NUEVO) 🤩
      • 📌 CFDI Ilimitado (Facturación básica)
    • 👍CFDI ElConta + Capdigi
      • >> RECARGA DE TIMBRES
      • CFDI Facturas
      • CFDI Recibos (Hon – Arrend)
      • CFDI Nóminas
      • CFDI Hoteles
      • CFDI Escuelas
      • CFDI Transportistas
      • CFDI Donatarias
  • Cursos en línea
    • 🧑‍💻 Cursos Grabados
    • 🔥 Próximos Cursos
    • 🎁 Cursos gratuitos
  • Lo actual:
    • CFDI Noticias
    • Descarga Masiva de XML
    • RESICO PF y PM
    • Nuevas Reformas
    • ISR Plataformas Digitales
    • Buzón fiscal ó tributario
    • Contabilidad electrónica
    • Declaraciones de impuestos
    • REPSE-SISUB-ICSOE
    • Soluciones en Excel
    • Personas Físicas
    • Recursos Humanos
  • Calculadoras
  • Click to open the search input field Click to open the search input field Buscar
  • Menú Menú
  • Descarga Masiva de XML
  • Más Software Contable
  • Promociones en tienda

Contabilidad Electrónica. El que la envíes, no implica que en automático el SAT ejerza sus facultades de comprobación.

marzo 7, 2016/por El Conta

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VII-P-SS-309

CONTABILIDAD ELECTRÓNICA.- LA OBLIGACIÓN DE  INGRESARLA A TRAVÉS DE LA PÁGINA DE INTERNET  DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA NO  IMPLICA EL EJERCICIO DE FACULTADES DE COMPROBACIÓN EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 42 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.-El artículo 28, fracciones III y IV del Código Fiscal de la Federación establece la obligación de los contribuyentes de llevar su contabilidad por medios electrónicos e ingresar de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria de conformidad con las reglas de carácter general que se emitan para tal efecto, mismas en las que se precisan los aspectos técnicos y operativos que se deben de cumplir para la exacta aplicación de la norma expedida por el legislador. De modo que el llevar un registro actualizado y oportuno de la información contable a través de medios electrónicos constituye una obligación de carácter formal y no un acto de autoridad como lo es el ejercicio de las facultades de comprobación en términos del artículo 42 del Código Fiscal de la Federación. En este contexto, el solo hecho de que el contribuyente ingrese de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria no implica que la autoridad fiscal en automático está ejerciendo facultades de comprobación, pues para ello, se tendrá que seguir el procedimiento establecido en el precepto legal 53-B del Código Fiscal de la Federación, relativo a la revisión electrónica con la información y documentación que obre en su poder.

Juicio Contencioso Administrativo Núm. 236/15-20-01-2/971/15-PL-05-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 14 de octubre de 2015, por mayoría de 8 votos a favor y 3 votos en contra.- Magistrado Ponente: Javier Laynez Potisek.- Secretaria: Lic. Cinthya Miranda Cruz.

(Tesis aprobada en sesión de 2 de diciembre de 2015)

EN EL MISMO SENTIDO:
VII-P-SS-310
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 6450/15-17-06-1/1107/15-PL-10-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 14 de octubre de 2015, por mayoría de 9 votos a favor y 2 votos en contra.- Magistrado Ponente: Carlos Mena Adame.- Secretaria: Lic. Mónica Guadalupe Osornio Salazar.

(Tesis aprobada en sesión de 2 de diciembre de 2015)
VII-P-SS-311
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 228/15-20-01-1/1149/15-PL-08-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 28 de octubre de 2015, por mayoría de 9 votos a favor y 2 votos en contra.- Magistrado Ponente: Víctor Martín Orduña Muñoz.- Secretaria: Lic. Alin Paulina Gutiérrez Verdeja.

(Tesis aprobada en sesión de 2 de diciembre de 2015)
VII-P-SS-312
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 242/15-20-01-2/925/15-PL-10-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 28 de octubre de 2015, por mayoría de 9 votos a favor y 2 votos en contra.- Magistrado Ponente: Carlos Mena Adame.- Secretaria: Lic. Mónica Guadalupe Osornio Salazar.

(Tesis aprobada en sesión de 2 de diciembre de 2015)


¿Y qué con el Buzón Tributario del SAT?

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VII-P-SS-313

REGLAS 2.2.5, 2.2.6, 2.8.1.4, 2.8.1.5, 2.8.1.9, 2.12.2 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2015, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 30 DE DICIEMBRE DE 2014.- SU NATURALEZA ES DE CARÁCTER AUTOAPLICATIVA.-Las disposiciones de carácter general de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 establecen las reglas a que se sujetarán los contribuyentes que estén obligados a llevar su contabilidad en medios electrónicos e ingresar en forma mensual su información contable a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria; asimismo, establecen las facilidades para proporcionar información a través del buzón tributario, así como, los mecanismos de comunicación para el envío del aviso electrónico. De este modo, desde su entrada en vigor están imponiendo al contribuyente una serie de obligaciones que lo constriñen a cumplir con los requerimientos técnicos estipulados en el Anexo 24 de la citada Miscelánea Fiscal y, por lo tanto, generan una afectación en su esfera jurídica. De tal manera que las disposiciones de carácter general que establezcan los aspectos técnicos y operativos para cumplir con la obligación establecida en el artículo 28, fracciones III y IV del Código Fiscal de la Federación son de naturaleza autoaplicativa, pues vinculan al contribuyente a su cumplimiento desde el inicio de su vigencia, creando, transformando o extinguiendo situaciones concretas de derecho, independientemente de que la obligación de presentar los registros contables en los sistemas electrónicos se encuentre escalonada.

Juicio Contencioso Administrativo Núm. 236/15-20-01-2/971/15-PL-05-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 14 de octubre de 2015, por mayoría de 8 votos a favor y 3 votos en contra.- Magistrado Ponente: Javier Laynez Potisek.- Secretaria: Lic. Cinthya Miranda Cruz.
(Tesis aprobada en sesión de 2 de diciembre de 2015)

EN EL MISMO SENTIDO:
VII-P-SS-314
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 6450/15-17-06-1/1107/15-PL-10-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 14 de octubre de 2015, por mayoría de 9 votos a favor y 2 votos en contra.- Magistrado Ponente: Carlos Mena Adame.- Secretaria: Lic. Mónica Guadalupe Osornio Salazar.
(Tesis aprobada en sesión de 2 de diciembre de 2015)

VII-P-SS-315
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 228/15-20-01-1/1149/15-PL-08-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 28 de octubre de 2015, por mayoría de 9 votos a favor y 2 votos en contra.- Magistrado Ponente: Víctor Martín Orduña Muñoz.- Secretaria: Lic. Alin Paulina Gutiérrez Verdeja.
(Tesis aprobada en sesión de 2 de diciembre de 2015)

VII-P-SS-316
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 242/15-20-01-2/925/15-PL-10-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 28 de octubre de 2015, por mayoría de 9 votos a favor y 2 votos en contra.- Magistrado Ponente: Carlos Mena Adame.- Secretaria: Lic. Mónica Guadalupe Osornio Salazar.
(Tesis aprobada en sesión de 2 de diciembre de 2015)


No existen otros post relacionados a este tema.

Etiquetas: art 28 cff Contabilidad Electronica, art 42cff, auditoria electronica sat, jurisprudencias, Letras sueltas, revisiones electronicas sat
Compartir esta entrada
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en X
  • Compartir en WhatsApp
https://elconta.mx/wp-content/uploads/2011/12/hombre-pensando.jpg 244 174 El Conta https://elconta.mx/wp-content/uploads/2025/08/elcontamx-logo_desde_2009.png El Conta2016-03-07 02:52:092016-03-07 11:17:47Contabilidad Electrónica. El que la envíes, no implica que en automático el SAT ejerza sus facultades de comprobación.

Suscríbete al boletín gratuito.

Solución en facturación (Nuevo sistema)

Lo último
  • CalcXML de ElContaMX – En 5 minutos ¡Descubre lo...mayo 21, 2026 - 9:50 amby: El Conta
  • ¡Que el SAT no te tome por sorpresa! Date una muy buena...marzo 18, 2026 - 9:30 amby: Faro Viejo
  • 🚀 ¡Empieza a facturar HOY mismo con 5 timbres de REGALO!...febrero 16, 2026 - 11:45 amby: El Conta
  • La restricción y cancelación de sellos digitales por parte...mayo 22, 2026 - 12:14 pmby: C.P.C Juan Carlos Gómez Sánchez
  • Prevención de Lavado de Dinero: La acumulación de operaciones...mayo 21, 2026 - 12:30 pmby: INCP Instituto del Noroeste de Contadores Públicos
Lo más leído
  • CalcXML de ElContaMX – En 5 minutos ¡Descubre lo...mayo 21, 2026 - 9:50 amby: El Conta
  • ¡Que el SAT no te tome por sorpresa! Date una muy buena...marzo 18, 2026 - 9:30 amby: Faro Viejo
  • 🚀 ¡Empieza a facturar HOY mismo con 5 timbres de REGALO!...febrero 16, 2026 - 11:45 amby: El Conta
  • Incapacidad IMSS y los primeros tres días -Enfermedad ...abril 16, 2010 - 11:30 pmby: Colaboraciones
  • Solicitud de devolución de ISR Salarios -Mi experienci...mayo 7, 2010 - 7:19 pmby: El Conta
  • CFDI Tools ElConta.Com: Herramienta gratuita para organizar,...septiembre 11, 2014 - 11:53 pmby: El Conta
Comentarios
  • JOSE HECTOR CORTES GARCIAGRACIAS SE EXTRAÑABAmayo 7, 2026 - 12:02 pm por JOSE HECTOR CORTES GARCIA
  • Contador Carla PachecoYo ya lo probe para la declaración anual, y es excelente....abril 16, 2026 - 12:15 pm por Contador Carla Pacheco
  • JOSE HECTOR CORTES GARCIATU ARTICULO ES TOTALMENTE DE CARACTER POLITICO, NO ES DE...marzo 25, 2026 - 5:35 pm por JOSE HECTOR CORTES GARCIA

Las mejores soluciones:

RSS Cursos GRABADOS más recientes

  • Partes Relacionadas y su declaración informativa
  • Reducción de la Jornada Laboral 2026
  • Prevención de Lavado de Dinero 2026 Reglamento Actualizado
  • Nuevo Complemento de Hidrocarburos y Petrolíferos (Edición 2026).
  • Declaración Anual Personas Físicas 2025.
  • Declaración Anual Personas Físicas 2025.

Podría interesarte:

CURSOS GRABADOS (Aprovecha la promo!!)

© Copyright 2009-2029 - El Conta punto MX - Enfold WordPress Theme by Kriesi
  • Descarga Masiva de XML
  • Más Software Contable
  • Promociones en tienda
Desplazarse hacia arriba Desplazarse hacia arriba Desplazarse hacia arriba
Calculadoras GRATIS !!