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Carta invitación SAT ISR -Algunas respuestas-

noviembre 17, 2011/por El Conta

ScreenShot069

Hoy como cada día, estaba visitando el blog de mi amigo y colega www.fiscalito.com y me pareció por demás interesante el artículo preparado por la Lic. Alma América Bárcenas Ortega. (Directora de QB Asesores Fiscales.) en el cual nos da sus respuesta a las que hoy por hoy son "las preguntas del millón" en lo que respecta al tópico "Regularización de ISR 2009"

Te comparto un extracto de lo allá publicado:

¿Que sucederá si acepto y pago?

Si el ciudadano que recibió la carta ACEPTA esta “propuesta” al realizar el pago de la primera parcialidad se tendrá al contribuyente por presentada la declaración anual de 2009 del Impuesto Sobre la Renta únicamente por lo que respecta a los depósitos en efectivo obtenidos en dicho ejercicio fiscal y, además:

a).- Si no estaba inscrito en el RFC, se tendrá por cumplida la obligación de inscribirse en dicho padrón, para lo cual se le dará de alta desde la fecha en que la institución del sistema financiero le reportó con IDE a cargo, se le pondrá como domicilio fiscal el señalado en la carta (el cual puede cambiarse en cualquier momento por el contribuyente). El contribuyente deberá anotar en el formulario su CURP en forma correcta de lo contrario perderá los beneficios de regularización.

b).- Si ya estaba inscrito en el RFC pero se encontraba en “suspensión de actividades”, se les reanudará para tributar con la clave de persona física con “otros ingresos” (Título IV fracción IX de ISR).

¿Y si no acepto la propuesta del SAT?

Si el ciudadano que recibió la carta NO ACEPTA esta “propuesta” puede optar por presentar su declaración anual por 2009 manifestando el total de sus ingresos (incluyendo los recibidos en efectivo).

Si ya habia presentado su declaración de 2009 pero no incluyó como parte de sus ingresos los depósitos en efectivo que se le señalan en la carta, deberá presentar una declaración complementaria declarándolos y pagando el impuesto correspondiente.

Si el ciudadano que recibió la carta no se regulariza, el SAT ha anunciado que ejercerá sus facultades de comprobación (auditorias) para, en su caso, determinar los impuestos correspondientes (lSR, IVA, IETU, etc) con la consecuencia de que se impondrán las multas que correspondan.

Al respecto el INVITADO a regularizarse debe considerar atender esta invitación y revisar su situación fiscal, determinando:

  • Si está dado de alta en el registro federal de contribuyentes o no
  • Si los ingresos obtenidos en efectivo han sido declarados o no
  • Si los ingresos obtenidos en efectivo son ingresos “objeto” o no; es decir, si están gravados de impuestos ya que hay ingresos que no lo están, por ejemplo: venta de casa habitación, ingresos por herencias, legados, donaciones, pago de alimentos por cónyuge, entre otros.
  • Regularizarse en su caso.

Si pago lo que dice el SAT ¿Ya quedo regularizado?

Debe tener presente que de optar por regularizarse con las facilidades de la carta invitación, éste pago sólo corresponde a ISR de 2009 y gozará del beneficio del pago en parcialidades del impuesto sin necesidad de garantizar el interés fiscal pero no incluye la regularización del ISR para 2010 y 2011 u otros ejercicios ni por ellVA u otros impuestos propios de su actividad.

De no regularizarse, la autoridad fiscal podrá ejercer facultades de comprobación e inclusive iniciar querellas por la presunción de la comisión del delito de defraudación fiscal u otros delitos de carácter fiscal.

Es muy importante que las personas que hayan incurrido en la NO declaración de ingresos y el incumplimiento de obligaciones fiscales, hayan recibido la carta invitación o no, acudan a su asesor fiscal de confianza para regularizar su situación y evitarse las molestias y multas que ocasiona una auditoria.

:arrow: Te invito a leer este artículo de forma íntegra en el sitio de Fiscalito.com siguiendo este enlace




No existen otros post relacionados a este tema.

Etiquetas: avisos del SAT, ISR, Letras sueltas, regularizacionISR2009, SAT
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4 comentarios
  1. mary
    mary Dice:
    septiembre 5, 2012 en 5:40 pm

    Pues a mi me llego una de estas invitaciones y no sé por que si soy asalariada desde hace 7 años, estoy confundida por esto ademas en mi cuenta me depositan la pension de mi hija y de forma mensual o quincenal, leyendo esto me confundo mas no se supone que mi empresa me daclara anualmente?

  2. Adriana
    Adriana Dice:
    marzo 27, 2012 en 10:41 am

    Pues de hecho, tampoco por pagar se resuelve el problema, no solo la cantidad es estratorsférica como indican arriba que toma el total de los depósitos como si se tratara de utilidades. Aunque si debo aclarar que no forzosamente es el 30% de hecho en muy pocos casos es ese el porcentaje, puesto que se aplica la tasa del 177 LISR.
    Pero miremos esto, la propia invitación sostiene que si se procede a realizar la declaración por su cuenta, debe incluir el total de ingresos, que traducido podría decir algo como «sé, que estos depósitos que aqui te enlisto no son todos, pero algo me impide mencionarlos, así que tu en tu anual consideralos, y si decides pagar, aceptas tu conducta de no pagador, y consideraré regresar por lo que faltó»
    Pd. Intenté una voz dramática haciendo las veces del SAT.

  3. luna_0301
    luna_0301 Dice:
    diciembre 4, 2011 en 10:38 pm

    Leyendo un poco sobre las invitaciones del SAT a una conocida le llego pero resulta que sus ingresos fueron por una cuenta bancaria para un evento nada que ver con ingresos esto esta más raro pues a personas que no tienen ingresos por LISR e LIVA y que realmente no saben nada sobre el tema esten implicados…. espero pueda salir avante contra ello. saludos:::!!!

  4. robin
    robin Dice:
    noviembre 17, 2011 en 5:22 pm

    -al considerar el sat la suma de los depositos en efectivo de un perdiodo como un “ingreso neto” para aplicar hasta 30% de isr es muy arbitrario, injusto y estupido; tal vez hubiese sido mas razonable tomar el “saldo neto final” de la cuentas bancarias de dicho periodo.
    -que no se hagan pendejos los del sat, porque saben muy bien que el comercio informal o medio formal no pueden deducir de sus ingresos brutos (cta. bancaria), las compras y gastos que generan su actividad.
    -pienso que el ide(3%) ya contempla con creces el impuesto que debe pagar el comercio informal. ya dejen en paz a la gente que si trabajamos y ahorramos.
    -sugiero que para aumentar sus ingresos deberian rebajarse el sueldo y prestaciones al personal de confianza de alto nivel del gobierno o desaparecerlos porque al pueblo no le sirven para nada.
    -le pido a dios que recapaciten y cancelen esta disposicion, por el bienestar y la salud de gran parte de la poblacion.
    -ya basta necesitamos unirnos para acabar con estos abusos, ya estamos hartos de tanta corrupcion y extorsion.
    -sugiero tambien que despidan al director del sat por haber aprobado esta disposicion tan irracional e insensible.

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Comentarios
  • JOSE HECTOR CORTES GARCIAGRACIAS SE EXTRAÑABAmayo 7, 2026 - 12:02 pm por JOSE HECTOR CORTES GARCIA
  • Contador Carla PachecoYo ya lo probe para la declaración anual, y es excelente....abril 16, 2026 - 12:15 pm por Contador Carla Pacheco
  • JOSE HECTOR CORTES GARCIATU ARTICULO ES TOTALMENTE DE CARACTER POLITICO, NO ES DE...marzo 25, 2026 - 5:35 pm por JOSE HECTOR CORTES GARCIA

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