¿Ya te decidiste a iniciar tu negocio? Por favor considera lo siguiente:





Las mejores estrategias para llevar una Empresa Familiar a la cima.

 NO BASTA SER EMPRENDEDOR, INCIAR UN NEGOCIO IMPLICA CONSIDERAR…

Autor: C.P.C. y M.I. José Mario Rizo Rivas

Blog del autor: mariorizo.com

Firma Salles Sainz Grant Thornton


«Las pequeñas oportunidades son el principio de las grandes empresas.»

Demóstenes


Emprender un negocio requiere iniciar por analizar un plan de negocios, lo anterior, para ver si con como empresario, cuentas con los recursos que permitirán establecer y mantener en marcha el negocio, o bien, si en su caso, tendrás la necesidad de asociarte con alguna otra persona o empresa, con la finalidad de unir esfuerzos y así formar una sociedad.

En caso de que se opte por tener un compañero de negocios, primero se tendrá que constituir una sociedad  o asociación, según sean los fines del negocio, igual de importante se deberá observar si contarás con inversionistas extranjeros o nacionales. En caso de que sean extranjeros, habrá primero que observar que dichas empresas cumplan con los requisitos y obligaciones que sus legislaciones locales le establecen, además de cuidar la situación migratoria de los extranjeros en dado caso de que lo mismos pretendan trabajar en territorio nacional al ocupar puestos clave dentro de la empresa como lo son los de Directivos.

Constitución de una persona moral.

Siento el objetivo la creación de una sociedad, los interesados tendrán que acudir primeramente ante un notario o un corredor público, quienes solicitarán tres nombres tentativos para la persona moral que se pretende constituir, para posteriormente acudir a la Secretaría de Economía con la finalidad de verificar si el nombre deseado no se encuentra previamente otorgado a alguna otra empresa.

Una vez obtenida la autorización de la Secretaría de Economía, el fedatario público podrá constituir la persona moral dando los avisos pertinentes a las autoridades hacendarias y registrándola ante el Registro Público de la Propiedad.

Una vez creada la persona moral, establecidos los estatutos de la empresa y determinado el capital constitutivo del nuevo ente, así como las aportaciones realizadas por los Socios, el siguiente paso será implementar un Gobierno Corporativo, lo que se traduce en la designación de la persona o personas que administrarán a este nuevo ente de manera institucional (asegurando continuidad al negocio), debiendo puntualizarse las facultades y funciones de cada uno de ellos, así como la de otorgar poderes a personas que auxiliarán en la operación del negocio.

“El Gobierno Corporativo es el sistema bajo el cual las sociedades son dirigidas y controladas, de forma que se asegure la continuidad de la empresa a través de generaciones futuras”

Define el lugar donde se establecerá el negocio.

Independientemente de si el establecimiento es propio o no, se deberá verificar que el mismo cuente con el uso de suelo idóneo para los fines del negocio.

En caso de que el inmueble habitado esté siento rentado, deberá de celebrarse un contrato de arrendamiento adecuado y sujeto a las necesidades de los contratantes, en donde se establezcan cláusulas que puedan ser de fácil cumplimiento por las partes contratantes, lo anterior, para evitar futuras controversias con el arrendador por el incumplimiento del contrato.

La celebración de un contrato adecuado y de fácil cumplimiento, te evitará muchos problemas con tu arrendador quién al final del día es el dueño del lugar donde se encuentra tu negocio. En caso de ser necesario, acude con algún asesor para que explique todos los alcances del contrato, pues es prudente conocer el peso de las obligaciones adquiridas.

Permisos y licencias.

En de suma importancia que lleves a cabo una investigación previa al comienzo de las operaciones del negocio, acudir directamente con las autoridades responsables para verificar cuáles son los permisos necesarios contar con la capacidad de iniciar con las actividades del nuevo ente, situación que no deberá limitarse a  las autoridades denominadas comúnmente como ayuntamiento, delegación o municipio, sino que también es recomendable que tomes en cuenta a las autoridades administrativas entre las que se encuentran las ambientales, del agua, y demás entes administrativos, pues recuerda según sea el Giro de tu negocio, serán las obligaciones que tendrás que cumplir. Cada empresa tendrá sus propias necesidades y deberes ante las autoridades administrativas.

Registro y protección de marcas.

Uno de los errores más frecuentes de los nuevos emprendedores es el usar su marca y no registrarla.

Uno de los activos de mayor valor de tu empresa son las Marcas. Recuerda que independientemente del registro de la razón social, es primordial que registres tu Marca, pues corres el riesgo de que un tercero la registre y perdiendo así tu oportunidad de utilizarla. Cabe mencionar que si tu negocio llegase a tener el éxito esperado o inclusive mayor al mismo, en el futuro podrías licenciar tu Marca o generar franquicias, lo que traería mayores ingresos a tu negocio.

 “Las cosas no valen sino lo que se las hace valer.”

Molière

Ten un adecuado Control contable y fiscal.

Aplica un control contable y fiscal de tus finanzas y busca un buen asesor.

El peor error que se puede cometer es tener personal inadecuado que controle tu contabilidad  y finanzas. Al iniciar un negocio y al comenzar con las actividades de éste debemos de tener un adecuado control de nuestras finanzas y cumplir con las obligaciones fiscales pertinentes, pues de no hacerlo así, podrías hacerte acreedor a la determinación de créditos fiscales y multas.

Controla debidamente la expedición de comprobantes fiscales, así como que todas tus deducciones cumplan con los requisitos establecidos por las Leyes Fiscales. Asegúrate de presentar todos los avisos que te requieren las diversas legislaciones fiscales y dentro de los términos establecidos previamente en las mismas.

Cultura del Pago de Impuestos.

Ten una cultura sana de cumplir con el pago debido y oportuno de tus impuestos.

Recuerda que el artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la obligación a todos los mexicanos al pago de impuestos, lo anterior, al señalar:

“Art. 31.- Son obligaciones de los mexicanos:

 (…)

 IV.- Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.”

 Del numeral anterior, se advierte que por mandato Constitucional todos los mexicanos debemos de contribuir al gasto público.

Ahora bien, a la mayoría de los contribuyentes no les gusta pagar impuestos, pues consideran que los mismos son excesivos y que limitan en gran parte sus ganancias o utilidades; sin embargo, también es cierto que dichos impuestos son necesarios para manutención y gastos del Estado. En ese sentido, es importante recalcar que un negocio debe de ser autosustentable y eficiente, situación que se dará cuando el mismo generé utilidades suficientes para pagar los impuestos a que el contribuyente se haga acreedor.

“Grandes descubrimientos y mejoras implican invariablemente la cooperación de muchos.”

Alexander Graham Bell

Si tu negocio no genera ingresos suficientes para realizar el pago adecuado de impuestos no es negocio, por lo que lo ideal sería que se retome un cambio estructural dentro de tu negocio para verificar su viabilidad o bien replantear la continuidad del mismo.

Protege los Datos Personales de Terceros.

La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares establece la obligación a todas las personas de proteger y hacer un correcto uso de los datos personales de los Terceros. ¿Quiénes son estos Terceros? Tus empleados, proveedores, tus clientes, entre otros.

Recuerda que tienes la obligación de llevar un control administrativo de los datos personales de terceros, cuidando siempre la elaboración del aviso de privacidad, así como de asignar a personal suficiente para solventar en los términos establecidos por la Ley, los requerimientos que los Terceros pudieren solicitarte. Recuerda de que en caso de incumplir con esta Ley podrías hacerte acreedor a multas de hasta 320,000 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal e incluso a años de prisión.

Finalmente es importante tomar en cuenta lo que señalaba  Peter Drucker «Donde hay una empresa de éxito alguien tomó alguna vez una decisión valiente.»


C.P.C.  y M.I.  José Mario Rizo Rivas | Socio Director Oficina Guadalajara

Salles, Sainz – Grant Thornton, S.C.

Niños Héroes 2971 | Col. Jardines del Bosque | 044520 | Guadalajara, Jalisco México

T +52 (33)3817 4480,  +52 (33) 3642 1290 Ext 128 | F +52 (33)3817 4136

E [email protected] | W www.grantthornton.com


Ponemos a tu disposición los libros escritos por el Maestro Mario Rizo:

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1 comentario
  1. Mónica
    Mónica Dice:

    Muy cierto, gracias por su aportación, nos sirve de mucho a los nuevos arriesgadores…(emprendedores) :-)

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