Amparan a empresa vs límite en deducciones en pagos a trabajadores.


Amparan a empresa vs límite en deducciones

Fuente: Diario.MX

  Monterrey— En un hecho inédito, por la prontitud de la resolución, la jueza Paula María García Villegas Sánchez Cordero, titular del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en el DF, concedió el primer amparo –hasta ahora conocido– contra las disposiciones que limitan y eliminan la deducción de algunos pagos que hacen los patrones a los trabajadores.

Según el expediente 80/2014, la Jueza resolvió el amparo a favor de la empresa Teradata Solutions México, S. de R.L. de C.V., contra lo dispuesto en el artículo 28, fracciones I y XXX, de la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta.

La fracción I refiere que no serán deducibles las cuotas de seguridad social del trabajador pagadas por el patrón, “excepto tratándose de aportaciones pagadas al Instituto Mexicano del Seguro Social a cargo de los patrones, incluidas las previstas en la Ley del Seguro de Desempleo”.

La fracción XXX establece que no serán deducibles los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador, hasta por la cantidad que resulte de aplicar el factor de 0.53 al monto de dichos pagos; o del 0.47 cuando las prestaciones otorgadas por los contribuyentes a favor de sus trabajadores no hayan disminuido respecto al ejercicio fiscal inmediato anterior.

Bernardo Elizondo, presidente de la Academia de Derecho Fiscal de Nuevo León, explicó que la sentencia no es definitiva, ya que será la Suprema Corte de Justicia la que emita el fallo final.

“Esto debe llegar a la Corte porque se trata de una inconstitucionalidad de leyes federales, le corresponde a la Corte dar el fallo definitivo”, dijo.

La expectativa, destacó, es que la Suprema Corte pueda estar resolviendo a finales del año y declare la inconstitucionalidad del artículo 28, fracciones I y XXX, de la Ley de ISR.