Previsión social y sus límites legales.
La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), establece en su artículo 8° que se entenderá por previsión social: las erogaciones efectuadas por los patrones a favor de sus trabajadores que tengan por objeto satisfacer contingencias o necesidades presentes o futuras, así como el otorgar beneficios a favor de dichos trabajadores, tendientes a su superación […]


