¿Te interesa participar con el SAT en sus proyectos de contratación de bienes y servicios? Acá la información:
Conoce y consulta el listado de proyectos de contratación en los que podrás participar.
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Conoce y consulta el listado de proyectos de contratación en los que podrás participar.
¿Impuestos a las propinas? Claro que NO !!
Se pone la CURP, se registra y los datos que ya están disponibles en el registro de vacunación son retraídos al punto de generar el certificado.
El complemento Carta Porte se incorpora al CFDI para acreditar la posesión y/o traslado de mercancías a través de los distintos medios de transporte.
Cuando el traslado de bienes o mercancías se lleve a cabo por una concesionaria o un concesionario diferente al que inicia el traslado…
¿Es necesario registrar el número de guía aérea en el complemento “Carta Porte”?
Preguntas frecuentes Transporte marítimo Complemento Carta Porte Preguntas frecuentes por segmento: Generales Autotransporte federal Transporte marítimo Transporte aéreo Transporte ferroviario 1. Si me dedico al traslado de bienes o mercancías vía marítima, ¿requiero de un permiso emitido por la SCT para la expedición del CFDI al que se le incorpore el complemento “Carta Porte”? No, […]
Se requiere registrar los datos del o los chofer (es) u operador (es) de las unidades de transporte
Únicamente con la representación impresa o en formato digital de un CFDI de tipo ingreso al que se le incorpore el complemento “Carta Porte”, podrás acreditar la tenencia y el traslado de las mercancías.
Incluso, evidenciar que ante la autoridad hacendaria aportó los elementos suficientes para acreditar la procedencia de la compensación.
En ningún caso se podrá amparar el transporte de las mercancías señaladas en la regla 2.6.1.1., sin que se acompañe la representación impresa o los archivos digitales de los CFDI.
Estos días que no se deben tomar en cuenta para los plazos fijados en días por las autoridades fiscales, por ser inhábiles.
Tasa efectiva de impuesto: La división del monto del impuesto sobre la renta causado en el ejercicio fiscal que corresponda, entre los ingresos acumulables de dicho ejercicio.
Es de uso obligatorio para los contribuyentes que realicen transporte de bienes y mercancías en territorio nacional.
A partir del 1 de junio de 2021, podrán seguir renovando la e.firma desde el Portal del SAT