Reinstalar al trabajador. Patrón no obligado y no contraviene el derecho de «Estabilidad en el empleo».
El patrón quedará eximido de la obligación de reinstalar al trabajador, mediante el pago de las indemnizaciones que se determinan en el artículo 50 de la Ley Federal del Trabajo, cuando se trate de trabajadores que tengan una antigüedad menor a un año.


