Cancelación del CFDI de pago y el Complemento de Recibo de pago por tener errores. ¡¡Esto se va a poner bueno¡¡





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7 comentarios
  1. Alberto reyes
    Alberto reyes Dice:

    Hola no alcance a timbrar mis recibos de nómina han pasado los 3 días hábiles que marca la ley, que sucede si lo timbró posterior al 3er dia

  2. ANA ACEVES
    ANA ACEVES Dice:

    HOLA BUEN DIA, YO HICE UNA FACTURA Y DESPUES EL COMPLEMENTO DE PAGO, ME LLAMA MI CLIENTE DE QUE EL PAGO SALIO DE OTRA EMPRESA Y QUE SI LE PUEDO HACER LA FACTURA A NOMBRE DE LA CUENTA DE DONDE SALIO EL PAGO, PERO NO PUEDO CANCELAR POR EL PORTAL DEL SAT NI LA FACTURA NI EL RECIBO, SIENDO QUE EL RECIBO ES EL PREIMERO QUE CANCELO NO PUEDO HACERLO, COMO SE HACE POR FAVOR??

  3. juan becerra
    juan becerra Dice:

    Se puede cancelar el complemento de pag, pregunto porque el capturista no puso correctamente la fecha de pago de las facturas relacionadas

  4. Dianethe Lagunes Leyva
    Dianethe Lagunes Leyva Dice:

    Duplique por error en el SAT un CFDI de pago, cuanto con dos, uno de octubre y uno de noviembre, el de octubre esta bien hecho al igual que el noviembre, solo que el segundo se hizo por error y debo cancelarlo pero mi pregunta es, ¿De que manera lo voy a sustituir si ya existe uno que es el de octubre y esta bien hecho? Es decir, si lo cancelo no lo puedo sustituir porque ya no podre hacer otro pues ya hay uno que esta correcto.

  5. cecilia ornelas
    cecilia ornelas Dice:

    Me podría ayudar por favor. Elaboro CFDI a un cliente de USA pero en pesos y me paga con transferencia el dinero llega en pesos a mi cuenta. Pero por el tipo de cambio al momento del pago la factura queda con saldo. Que se debe de hacer con esta diferencia ya que el REP debe ser por el importe del dinero que entro a la cuenta pero y la diferencia?

  6. ANGEL CERVANTES
    ANGEL CERVANTES Dice:

    IGUALMENTE TENGO ESA DUDA, ES NECESARIO REALIZAR EL COMPLEMENTO DE PAGO, SI EL CLIENTE ESTA PAGANDO DURANTE EL RANGO DE PAGO QUE SON 30 DIAS.

  7. JOSE RICARDO CHI COCOM
    JOSE RICARDO CHI COCOM Dice:

    MI DUDA ES ESTA SR. CONTADOR, ES UNA OPCIÓN HACER UNA FACTURA CFDI, POR LOS PAGOS Y ADEMAS EL COMPLEMENTO. O ES UNA OBLIGACION HACER UNA FACTURA CFDI POR CADA PAGO RECIBIDO Y APARTE EL COMPLEMENTO. NO SE ESTARIAN DUPLICANDO LOS INGRESOS.
    SI HAGO UNA FACTURA GLOBAL CFDI, Y SOLO HAGO COMPLEMENTOS DE PAGO POR LOS PAGOS ¿ES INCORRECTO? NO ES UNA OBCION HACER OTRO CFDI.

    La regra 2.7.1.35
    Pretende con la obligatoriedad al 01 de septiembre 2018.
    No duplicar los ingresos.
    Único ingreso será el de la contraprestación, pactada, realizada.

    “Séptimo   Para los efectos de la regla 2.7.1.35., los contribuyentes podrán optar por expedir CFDI usando la versión 3.3. del Anexo 20 sin incorporar el complemento para recepción de pagos hasta el 31 de agosto de 2018.”

    ESPERO SU AMABLE RESPUESTA, GRACIAS.

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