En resumen, te informamos de todas las tareas relacionadas con el aspecto fiscal y las obligaciones tributarias con el Estado.

el tiempo

Plazo para interponer recurso de revisión fiscal no se rige por Ley de Amparo.

Época: Décima Época Registro: 2007213 Instancia: Tribunales…
emprendedor idea empresario 2

El emprendedor nace formal: SAT

La decisión de entrar a un esquema como éste corresponde solamente al emprendedor que hoy quiere empezar incorporado en la economía formal, o al que estaba en la informalidad pero quiere migrar a la formalidad, pues los instrumentos están, el programa existe.
GVA

Asociación en Participación – Aspectos legales y fiscales. << Video GVA

"Aspectos legales y fiscales de la asociación en participación" Por Lic. José Miguel Orozco Ortiz.
vinculados

Precios de Transferencia en la Contabilidad Electrónica

Por lo que se refiere a precios de transferencia, conforme al Anexo 24, apartado B referente a Código Agrupador de cuentas del SAT, los siguientes códigos tienen que ver con conceptos de partes relacionadas:
reto Sat movil concurso

La nueva app #SatMovil estará disponible muy pronto.

Hace poco mas de un año te informábamos del #RetoSATMovil…
Fisco Agosto 2014 13 img 46

Hablemos del Tequila y las implicaciones fiscales en su exportación vía entidades comercializadoras.

El esquema de comercialización anterior pareciera en primera instancia no ofrecer problema alguno; sin embargo, cuando se analiza la legislación fiscal mexicana, en particular, lo relativo a lo previsto por la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (LIEPS), se concluye que existen diversos aspectos que deben atenderse y, sobre todo, tomar en consideración al momento de realizar dicha actividad.
duda querer no poder interrogacion

¿DIOT para el Régimen de Incorporación Fiscal?

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¿Los contribuyentes que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal deben presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT)?

Asociaciones religiosas con facilidades hasta Enero 2015 – CFDI y Contabilidad Electrónica

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria, (SAT) informa que las asociaciones religiosas podrán cumplir sus obligaciones en materia de comprobación fiscal y contabilidad electrónica a partir de enero de 2015.
cfdi

En CFDI el nombre y domicilio fiscal del receptor. Son OPCIONALES

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En el Anexo 20 de la RMF está especificado. Dicho documento hace mención de como debe ir estructurado el XML de la Factura Electrónica. El nodo cfdi: Receptor es obligatorio.

Contabilidad electrónica – “Las reglas cambian pero el juego es el mismo”

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El Sistema de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer su nuevo proyecto de la tercera resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2014; el actual gobierno se ha caracterizado por manejar todas estas cuestiones por medio de reglas, caso contrario al anterior que se basaba principalmente en Ley y Reglamento
camara de video

Contabilidad electrónica – Video del Colegio de Contadores Publicos de Mexico

Contabilidad electrónica Conduce: Carlos Carballo y Gabriela Huertas Entrevista al C.P. Héctor Gonzalez Legorreta
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Las nuevas reglas para contabilidad electrónica. << Lectura muy recomendada

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Hace unos días, el SAT dio a conocer a través de su portal de internet, una actualización al proyecto de lo que será la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, en la que entre otras cosas se modifican y adicionan reglas relacionadas con el envío de la contabilidad electrónica.
aviso

El SAT ya está revisando el RFC de tus empleados en CFDI Nóminas.

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Pues al parecer el SAT ya esta revisando los RFC de los trabajadores en los #CFDI de nómina
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Autocorrección en Materia Fiscal. ¿Limitada por reglas administrativas?

AUTOCORRECCIÓN EN MATERIA FISCAL. EL DERECHO DE LOS CONTRIBUYENTES A REGULARIZAR SU SITUACIÓN PUEDE EJERCERSE HASTA ANTES DE QUE SE NOTIFIQUE LA RESOLUCIÓN LIQUIDATORIA DE CONTRIBUCIONES, CON INDEPENDENCIA DE QUE EN UNA REGLA ADMINISTRATIVA SE SEÑALE UN PLAZO DISTINTO.