CFDI version 3.3 Factoraje financiero y contrato de obra – Video SAT –





Estamos en plena fase de transición hacia el CFDI 3.3 y es notorio que no abunda la información de la forma en que deberán timbras sus operaciones en ciertos segmentos econcómicos muy específicos. Tal es el caso de las empresas que utilizan el Factoraje Financiero y aquellas que trabajan en base a Contratos de Obra (Constructoras principalmente).

En este video que aquí les dejamos, el personal del SAT esclarece bastante bien la forma y los tiempos en que se deberá realizar el CFDI y sus respectivos complementos de recepción de pagos.


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¿Qué es el factoraje?

Es un mecanismo de financiamiento a corto plazo que apoya el crecimiento de las Empresas, obteniendo el pago anticipado de las cuentas por cobrar de ventas a crédito de los clientes.

Aquella actividad en la que mediante contrato que celebre la empresa de factoraje con sus clientes (cedentes), personas físicas o morales que realicen actividades empresariales, la primera adquiere de los segundos derechos de crédito relacionados a proveeduría de bienes, de servicios o de ambos, a un precio determinado o determinable.

¿En qué consiste la prestación de servicio de contratos de obra?

El contrato de obras es un tipo de contrato relativo al régimen de contratación del sector público.

El contrato de obras abarca la realización de los trabajos o la realización de obra que satisfaga las necesidades descritas por la parte contratante, tales obras consistirán en el resultado de un conjunto de trabajos de construcción o de ingeniería civil, destinado a cumplir por sí mismo una función económica o técnica, que tenga por objeto un bien inmueble.


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