CFDI Complemento Carta Porte. Novedades para AUTOTRANSPORTISTAS – Actualización a Agosto 2021–





Preguntas frecuentes AUTOTRANSPORTE

Complemento Carta Porte

– Agosto 2021 –

El pasado mes de Julio 2021 el SAT ya había publicado una serie de respuestas a preguntas frecuentes relativas al Complemento CFDI de las cartas porte obligatorias a partir del 30 de septiembre 2021. Pues bien, entre el día de ayer y hoy se publicó un complemento de respuestas por parte del SAT.


Aquí puedes descargar el PDF con todas las respuestas a las preguntas frecuentes publicadas en esta versión de agosto 2021:


En este artículo te compartimos las novedades de esta nueva publicación por parte del SAT. Atención, solamente te pondremos las preguntas novedosas, las antiguas las puedes leer en la publicación anterior:

Es curioso, esta pregunta/respuesta ya no viene en la nueva versión de agosto 2021

#2 ( julio 2021). Si me dedico al autotransporte federal de bienes o mercancías, ¿es necesario tener el tipo de permiso de autotransporte y el número del permiso proporcionado por la SCT?

Sí, ya que estos datos son requisitos necesarios que se deben registrar en el CFDI con complemento “Carta Porte”.

Fundamento: Artículos 29 y 29-A del CFF, reglas 2.7.1.8. y 2.7.1.9. de la RMF vigente.

Estás preguntas si vienen en julio 2021 pero el SAT ha modificado un poco la respuesta.

2. (#3 en julio 2021) Si me dedico al servicio de autotransporte federal, ¿es necesario contar con una póliza de seguro por daños a terceros?

Sí, es necesario contar con una póliza de seguro que cubra los riesgos del autotransporte utilizado para el traslado de los bienes o mercancías ya que los datos de la aseguradora y número de póliza para autotransporte federal son datos requeridos que se deben registrar en el CFDI con complemento “Carta Porte”.

Fundamento: Artículos 29 y 29-A del CFF, 83 del Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares, reglas 2.7.1.8. y 2.7.1.9. de la RMF vigente.

3. (#4 en julio 2021) Si me dedico al traslado de bienes o mercancías vía autotransporte local y/o federal, ¿es necesario señalar en el CFDI el número de la placa del vehículo en el que se trasladará la mercancía?

Sí, es un dato obligatorio para la emisión del CFDI con complemento “Carta Porte”.

Fundamento: Artículos 29 y 29-A del CFF, 80 del Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares, reglas 2.7.1.8. y 2.7.1.9. de la RMF vigente.

6. (#7 en julio 2021) Si me dedico al traslado de bienes o mercancías en la modalidad de autotransporte y las mercancías son de diferentes propietarias o propietarios, pero se dirigen al mismo destino, ¿puedo registrar todas las mercancías en un solo CFDI con complemento “Carta Porte”?

No, se debe emitir un CFDI de tipo ingreso con complemento “Carta Porte” por cada cliente a quien se le preste el servicio, aunque dichas mercancías se trasladen en el mismo medio de transporte y se dirijan al mismo destino.

Fundamento: Artículos 29 y 29-A del CFF, reglas 2.7.1.8. y 2.7.1.9. de la RMF vigente.

7. (#8 en julio 2021) A partir de la entrada en vigor del complemento “Carta Porte”, ¿se podrá continuar facturando masivamente (por semana o mes) o tendremos que realizar un CFDI por cada servicio de traslado de bienes o mercancías?

No se podrá facturar masivamente (ni por semana ni por mes), se debe generar un CFDI de tipo ingreso con complemento “Carta Porte” por cada servicio de transporte que se realice.

Fundamento: Artículos 29 y 29-A del CFF, reglas 2.7.1.8. y 2.7.1.9. de la RMF vigente

Esta pregunta se reclasificó hacia la respuesta #9 de los temas GENERALES.

#14 ( julio 2021). Si me dedico al autotransporte federal de bienes o mercancías, ¿es necesario tener el tipo de permiso de autotransporte y el número del permiso proporcionado por la SCT?

Sí, ya que estos datos son requisitos necesarios que se deben registrar en el CFDI con complemento “Carta Porte”.

Fundamento: Artículos 29 y 29-A del CFF, reglas 2.7.1.8. y 2.7.1.9. de la RMF vigente.

#9. (Generales agosto 2021)  ¿Cuál es el formato digital que servirá para para acreditar el transporte y legal tenencia de los bienes o mercancías del CFDI con Complemento “Carta Porte”?

El formato digital, se refiere a la representación impresa en formato PDF, o algún otro formato que permita validar la información requerida y de manera legible del complemento “Carta Porte”.

Fundamento: Artículos 29 y 29-A del CFF, reglas 2.7.1.7., 2.7.1.8. y 2.7.1.9. de la RMF vigente.

Fuente:

Sitio trámites y servicios en página del SAT