Negocio en marcha: cuando la presunción ya no es suficiente reflexiones sobre el nuevo enfoque de la NIF A-2


celso vergara hernandezNegocio en marcha: cuando la presunción ya no es suficiente reflexiones sobre el nuevo enfoque de la NIF A-2

CPC. Y MI. Celso Vergara Hernández

• Vicepresidente de Legislación del Colegio de Contadores Públicos de Ensenada, A.C.
• Socio Director de DVS, S.C.
• cvergara@despachovergara.com


Resumen

La emisión de la NIF A-2 Incertidumbre sobre negocio en marcha introduce un cambio relevante en el tratamiento contable del supuesto de continuidad operativa dentro del marco de las Normas de Información Financiera mexicanas.

Tradicionalmente, el negocio en marcha se asumía como una presunción implícita en la preparación de los estados financieros; sin embargo, la nueva norma establece que, cuando existan eventos o condiciones que puedan generar incertidumbre material sobre la capacidad de la entidad para continuar operando, la administración debe realizar una evaluación formal debidamente documentada.

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Palabras Clave

Negocio en marcha; continuidad operativa; incertidumbre material; revelación financiera.

En los últimos meses, en distintos procesos de revisión de cierres contables y en conversaciones con colegas del ámbito profesional, ha surgido una pregunta que comienza a adquirir mayor relevancia técnica: ¿realmente estamos evaluando el negocio en marcha o simplemente seguimos asumiéndolo?

La entrada en vigor de la NIF A-2, “Incertidumbre sobre negocio en marcha”, obliga precisamente a replantear una práctica que durante años se consideró prácticamente implícita dentro del proceso de preparación de la información financiera.

Durante mucho tiempo, al elaborar o revisar estados financieros bajo el marco de las Normas de Información Financiera, el concepto de negocio en marcha operó bajo una lógica de presunción. La continuidad de la entidad se asumía como regla general, salvo que existiera evidencia en contrario.

Este enfoque se encontraba sustentado en el postulado básico contenido en la NIF A-1, donde el negocio en marcha se entendía como un supuesto fundamental para la preparación de los estados financieros. No obstante, con la emisión de la NIF A-2, cuya aplicación obligatoria inicia para ejercicios que comiencen a partir del 1° de enero de 2026, esta lógica se modifica de manera relevante.

El negocio en marcha deja de asumirse automáticamente y pasa a requerir, cuando existan eventos o condiciones que puedan generar incertidumbre material respecto de la capacidad de la entidad para continuar operando, una evaluación formal de la continuidad operativa debidamente documentada por parte de la administración.

Este cambio implica también un ajuste metodológico en la preparación de la información financiera. El juicio profesional deja de ser implícito dentro del proceso contable y debe convertirse en un análisis explícito, soportado y trazable, sustentado en información financiera razonable.

De la Presunción a la Evidencia

Uno de los aspectos más relevantes introducidos por la norma es el desplazamiento del énfasis desde la presunción hacia la evidencia documentada.

La evaluación de continuidad operativa debe sustentarse, entre otros elementos, en:

  • Proyecciones financieras razonables;
  • Análisis de liquidez y flujos de efectivo;
  • Cumplimiento de obligaciones contractuales;
  • Acceso a fuentes de financiamiento;
  • Y cualquier otro factor relevante que pueda incidir en la capacidad de la entidad para continuar operando.

Con base en el análisis efectuado, la entidad debe ubicarse en alguno de los escenarios previstos por la norma: 

  • Negocio en marcha sin incertidumbre material;
  • Negocio en marcha con incertidumbre material, lo que requiere revelación financiera específica; 
  • Negocio en marcha sujeto a procesos de reorganización legal; o
  • Entidad en proceso de liquidación.

La clasificación adoptada puede incidir directamente en la base de preparación de los estados financieros, en los criterios de valuación aplicables y en el alcance de la revelación en los estados financieros.


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Opción al Cierre de 2025

El ejercicio 2025 representó el periodo en el cual las entidades tuvieron la posibilidad de aplicar anticipadamente la NIF A-2.

La experiencia observada en distintos procesos de preparación de información financiera ha mostrado que el principal desafío no radica exclusivamente en determinar la existencia de incertidumbre material, sino en estructurar adecuadamente el análisis de continuidad operativa y documentar de manera suficiente los supuestos utilizados.

Aspectos como la definición del horizonte de evaluación, la consistencia de las proyecciones financieras y la congruencia entre el análisis realizado y las revelaciones en los estados financieros resultan particularmente relevantes.

En este sentido, el reto técnico no se limita a la conclusión alcanzada, sino que se extiende a la calidad y profundidad del proceso de evaluación que la sustenta.

Consideraciones

La NIF A-2 representa un cambio relevante en el tratamiento del supuesto de negocio en marcha dentro del marco de las Normas de Información Financiera mexicanas.

La continuidad operativa deja de asumirse como una premisa implícita y pasa a convertirse en un proceso formal de evaluación, que exige rigor técnico, soporte documental suficiente y coherencia entre análisis, valuación y revelación financiera.

A partir de 2026, la evaluación de la continuidad operativa deja de ser una práctica implícita y se convierte en una exigencia normativa cuando existan eventos o condiciones que puedan generar incertidumbre material.

Desde una perspectiva profesional, este cambio representa también una oportunidad para fortalecer la disciplina en la preparación de la información financiera. La evaluación del negocio en marcha obliga a las entidades a analizar con mayor profundidad su posición financiera, su capacidad de generación de flujos y la viabilidad de sus planes operativos.

Más allá del cumplimiento normativo, la adecuada aplicación de la NIF A-2 contribuye a elevar la calidad de la información financiera y a reforzar la confianza de los distintos usuarios en los estados financieros.

Reflexión Final

Todo indica que, hacia adelante, la evaluación del negocio en marcha se consolidará como uno de los análisis centrales en la preparación de los estados financieros, requiriendo mayor anticipación, mayor documentación y mayor rigor técnico.

En este contexto, la NIF A-2 no representa únicamente un cambio normativo, sino también un cambio cultural, al obligar a las entidades a evaluar de manera periódica y estructurada su capacidad de continuidad operativa, así como a sustentarla mediante evidencia suficiente y razonable.


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