Los nuevos delitos fiscales. (Riesgo para contribuyentes y sus contadores) – Serie: Riesgos Fiscales 2026 parte 2 de 5.

Esta es la SEGUNDA ENTREGA de 5 de la serie de artículos sobre los RIESGOS FISCALES 2026.

Te recomendamos leer la primera parte en este enlace:

Puntos finos auditoría exprés del SAT Art. 49-Bis


2. Nuevos delitos fiscales

Nuevos Delitos

La reforma al CFF tiene como fin corregir el error incorporado en el texto de la reforma constitucional que entró en vigor a partir del 1ro. de enero de 2025, respecto al tema de la procedencia de la Prisión Preventiva Oficiosa, relativa a cualquier actividad relacionada con -falsos comprobantes fiscales falsos-

taxlocal tecnoconta 400 GRATIS MESSe adicionó para 2026, un párrafo al Art 113 Bis del CFF, a fin de establecer que cuando un contribuyente por sí o por interpósita persona, expida, enajene, compre, adquiera o dé efectos fiscales a comprobantes fiscales falsos, dará pauta para que el SAT presente la querella correspondiente ante el Ministerio Público, y pueda exigir la reparación del daño patrimonial.

Este delito se investigará y perseguirá independientemente del estado en que se encuentre el procedimiento administrativo que, en su caso, se haya iniciado.

Asimismo se establece que, la ejecución de este delito puede dar lugar a la causación de un daño material a la Hacienda Federal, el cual deberá ser objeto de reparación.

Delitos en Comercio Exterior

Se incorporarán nuevos conceptos para el Delito de Contrabando:

Artículo 103.- Se presume cometido el delito de contrabando cuando: …

XXIV. Se transfieran mercancías que hayan ingresado de manera temporal al país, mediante operaciones inexistentes o actos jurídicos simulados, con el objetivo de aparentar cumplir con la obligación de retornar las mismas. [ EXPEDIENTE ELECTRÓNICO COMPARTIDO-IMMEX ]

XXV. Mediante operaciones inexistentes o actos jurídicos simulados, se introduzca al país mercancías bajo cualquier régimen aduanero de importación temporal, con el objetivo de ingresarlo o retirarlo posteriormente de los lugares autorizados por la autoridad aduanera, sin cumplir con las disposiciones jurídicas aplicables. [EXPEDIENTE ELECTRÓNICO]

Camino libre para presentar denuncias penales Art. 113 Bis CFF

Se impondrá la sanción descrita en el párrafo que antecede al que, por sí o por interpósita persona, expida, enajene, compre, adquiera o dé efectos fiscales a comprobantes fiscales falsos.

…Este delito se investigará y perseguirá independientemente del estado en que se encuentre el procedimiento administrativo que, en su caso, se haya iniciado…

A partir de que se active el supuesto de falsedad del Art. 49-Bis, el SAT estará facultado el SAT para presentar como parte afectada, una denuncia penal solicitando la Prisión Preventiva Oficiosa, no obstante que se encuentre en proceso de resolverse un Recurso de Revocación o un Juicio de Nulidad.

prision preventiva oficiosa

Si en 2026, te auditara el SAT, para revisar tus -deducciones y contratos- en términos del Art. 49 Bis del CFF, a fin de determinar:

Su existencia;
Si son verdaderos;
Corresponden a actos reales;
Tienen fecha cierta;
Se demuestra objetivamente su materialidad; y
Corresponden a una razón de negocios válida.

¿Cómo te iría dentro del proceso de la auditoría?
¿ QUÉ ESTÁS HACIENDO JUNTO CON TUS ASESORES PARA ESTAR PREPARADOS ?

Art. 52 fracc. III CFF

Cuando derivado de la elaboración del dictamen el contador público inscrito tenga conocimiento de que el contribuyente ha incumplido con las disposiciones fiscales y aduaneras, deberá informarlo a la autoridad fiscal, de acuerdo con las reglas de carácter general que para tales efectos emita el Servicio de Administración Tributaria.

Riesgo para contribuyentes y sus contadores

Se incorpora al Artículo 115 Ter., una redacción para imponer sanción de tres a seis años de prisión a quien, a sabiendas, declare hechos o datos falsos, o presente documentación falsa o alterada, en cualquier procedimiento regulado en este Código.

Esta nueva redacción es preocupante, ya que ahora se debe de tener extremo cuidado con:
🗹 Declaraciones de impuestos;
🗹 Solicitudes de devoluciones de impuestos;
🗹 Declaraciones relacionadas con la identificación de los beneficiarios controladores, (Art. 32 B Ter. del CFF) o
🗹 Informar sobre la estructura del capital social vigente (Ficha Técnica 38/CFF ) DOF Dic. 29, 2025.


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Prevención de Lavado de Dinero

Esta reforma al CFF se complementa con el delito de Dolo Culposo, establecido en la nueva redacción del Art. 62 de la Ley para Prevenir e Identificar Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), que entró en vigor el pasado 17 de julio de 2025.

Artículo 62. Se sancionará con prisión de dos a ocho años y con quinientos a dos mil días multa conforme al Código Penal Federal, a quien: …

III. Incorpore a los avisos o al desahogo de requerimientos que le formule la Secretaría en términos de lo dispuesto en esta Ley, información, documentación, datos o imágenes ilegibles que impidan el conocimiento efectivo de su contenido.

Los delitos previstos en este artículo admitirán la comisión culposa”.

Código Penal Federal

Delito de Encubrimiento

Artículo 400.- Se aplicará prisión de tres meses a tres años y de quince a sesenta días multa, al que:

II. Preste auxilio o cooperación de cualquier especie al autor de un delito, con conocimiento de esta circunstancia, por acuerdo posterior a la ejecución del citado delito;

[ Analizar el alcance y responsabilidad de quien dictamina impuestos ]

IV. Requerido por las autoridades, no dé auxilio para la investigación de los delitos o para la persecución de los delincuentes;


amat victoria


Gracias por su atención

Clemente J. Ranero Puig

clemente@raneroabogados.com
(664) 681-58-59


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