Para analizar el tema de las deducciones personales, en primer lugar habrá que establecer que, de conformidad con el artículo 150 de la Ley del Impuestos Sobre la Renta (LISR), las personas físicas que obtengan ingresos en un año de calendario, a excepción de los exentos y de aquellos por los que se haya pagado impuesto definitivo (por ejemplo, los del Régimen de Incorporación Fiscal en donde el artículo 112, Fracción V establece que los pagos bimestrales tienen el carácter definitivo), están obligadas a pagar su impuesto anual mediante declaración que presentarán en el mes de abril del año siguiente.