Contrato de Mutuo. Transferencias y préstamos de dinero. / Colaboración de @RaneroAbogados
Transferencias y préstamos de dinero.
Contrato de Mutuo.
Colaboración de:
El prestar dinero es un acto jurídico que está regulado en nuestro derecho desde el ámbito civil, mercantil y fiscal.
Desde un punto de vista jurídico el Contrato de Mutuo se describe de la siguiente manera:
“Es aquél por el cual una persona llamada mutuante se obliga, a transferir la propiedad de una suma de dinero o de otras cosas fungibles[1] a otra persona llamada mutuario, quien se obliga a devolver otro tanto de la misma especie y calidad.
Por lo que se refiere al tema del pago de intereses, debemos de señalar que legalmente existen dos tipos de interés mínimos a pagar cuando las partes no determinan su monto al celebrar un contrato de mutuo. Interés civil del 9%. el Interés mercantil del 6%; así como el interés convencional, que es el que fijen los contratantes, y puede ser mayor o menor al interés legal.
Si el contrato de mutuo se celebrar entre partes relacionadas, pudiera llegar a necesitarse de un estudio de precio de transferencia, para determinar correctamente la tasa de interés a cobrarse.
Desde el punto vista de los requisitos para su formalización, el Código Civil o el Código de Comercio, no señalan ninguna obligación en particular, ya que basta la simple voluntad de las partes, la cual puede ser verbal o escrita. No obstante, lo anterior, es muy recomendable acreditar fehacientemente la fecha cierta de la celebración del contrato de mutuo, lo cual se puede cumplir, tramitando ante fedatario público una copia certificada de dicho contrato.
[1] El término fungible viene del latín fungi, gastar, y -ble es decir es lo que se consume con el uso
Continuar leyendo: Aspectos fiscales
El prestar dinero de manera habitual, realizar gestiones de tesorería entre partes relacionadas o dentro de un grupo empresarial, y documentar las transferencias de fondos entre diferentes cuentas bancarias de un mismo contribuyente; nos obliga a cumplir e implementar registros contables adicionales; para evitar problemas de acumulación de ingresos, o elevadas multas en materia de prevención de lavado de dinero, y/o de revelación de esquemas reportables.
Por la amplitud del tema hemos resuelto publicarlo siguiendo estos puntos relevantes:
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Control del dinero
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Contrato de Mutuo
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Aspectos fiscales
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Registros Contables
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Operaciones de tesorería
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Operaciones de mutuo
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Esquemas Reportables
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Conclusiones
Quedamos a sus órdenes para asesorarles, en la forma en cómo deben de documentar sus operaciones de transferencias y préstamos de dinero, para cumplir con la legislación vigente.
Teléfonos:
(664) 681-58-59 y (664) 688-86-40
Clemente Ranero
Diego Urias
Norma Peralta
@raneroabogados
Ranero Abogados
“Transformamos conocimiento en soluciones”
www.ranero.cc
Muy interesante el tema y de aplicación practica..