• Link to X
  • Link to Facebook
  • Link to Youtube
  • Descarga Masiva de XML
  • Más Software Contable
  • Promociones en tienda
📞 Llamada sin costo: 800-649-0515
ElConta.MX
  • TIENDA
    • 🧾 Facturación CFDI
    • ⏬ Descarga Masiva de XML
    • 📘 Libros para contadores
    • ✨ Programas para contadores
  • CFDI facturación
    • Accesos CFDI
      • ✨ CFDI ElConta + Capdigi (El de siempre)
      • 🆕 APP FacturasElContaMX (NUEVO) 🤩
      • 📌 CFDI Ilimitado (Facturación básica)
    • 👍CFDI ElConta + Capdigi
      • >> RECARGA DE TIMBRES
      • CFDI Facturas
      • CFDI Recibos (Hon – Arrend)
      • CFDI Nóminas
      • CFDI Hoteles
      • CFDI Escuelas
      • CFDI Transportistas
      • CFDI Donatarias
  • Cursos en línea
    • 🧑‍💻 Cursos Grabados
    • 🔥 Próximos Cursos
    • 🎁 Cursos gratuitos
  • Lo actual:
    • CFDI Noticias
    • Descarga Masiva de XML
    • RESICO PF y PM
    • Nuevas Reformas
    • ISR Plataformas Digitales
    • Buzón fiscal ó tributario
    • Contabilidad electrónica
    • Declaraciones de impuestos
    • REPSE-SISUB-ICSOE
    • Soluciones en Excel
    • Personas Físicas
    • Recursos Humanos
  • Calculadoras
  • Click to open the search input field Click to open the search input field Buscar
  • Menú Menú
  • Descarga Masiva de XML
  • Más Software Contable
  • Promociones en tienda

RIF: Prórroga hasta Enero 2015 para presentar todo 2014. (Una chance más…) –

septiembre 10, 2014/por El Conta

El SAT publicó en su página oficial el PROYECTO DE CUARTA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2014 de varias que seguramente vendrán más adelante antes de terminar este ejercicio 2014…

Leamos:

Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XXII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria se resuelve:

PRIMERO y SEGUNDO ……………………….

TERCERO. Se reforma el Artículo Cuarto Transitorio de la Segunda Resolución de Modificaciones a la esolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada en el DOF el 4 de julio de 2014, para quedar de la siguiente manera:

“Cuarto. Para los efectos del artículo Quinto Transitorio de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2014, publicada en el DOF el 13 de marzo de 2014, la presentación de la declaración que corresponda al primer bimestre de 2014, se llevará a cabo durante el mes de julio del mismo año, mientras que la presentación de las declaraciones que correspondan al segundo y tercer bimestre de 2014, opcionalmente podrán presentarse en julio, siendo obligatoria su presentación en el mes de agosto de 2014.

Las declaraciones señaladas en el párrafo anterior, deberán corresponder exclusivamente a cada uno de los bimestres de 2014, sin abarcar ningún otro bimestre.

Los contribuyentes que presenten las declaraciones bimestrales correspondientes al ejercicio fiscal 2014, a más tardar en enero de 2015, no se ubicarán en el supuesto establecido en el artículo 112, fracción VIII, segundo párrafo de la Ley del ISR”.

Transitorios

Primero. Lo dispuesto en la presente Resolución, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF

Fuente: SAT

Pero ¿Qué nos señala ese artículo 112, fracción VIII, segundo párrafo de la Ley del ISR?, volvamos a leer:

Artículo 112. Los contribuyentes sujetos al régimen previsto en esta Sección, tendrán las obligaciones siguientes:

(…)

VIII. Pagar el impuesto sobre la renta en los términos de esta Sección, siempre que, además de cumplir con los requisitos establecidos en ésta, presenten en forma bimestral ante el Servicio de Administración Tributaria, en la declaración a que hace referencia el párrafo quinto del artículo 111 de esta Ley, los datos de los ingresos obtenidos y las erogaciones realizadas, incluyendo las inversiones, así como la información de las operaciones con sus proveedores en el bimestre inmediato anterior.

Cuando no se presente en el plazo establecido la declaración a que se refiere el párrafo anterior dos veces en forma consecutiva o en cinco ocasiones durante los 6 años que establece el artículo 111 de esta Ley, el contribuyente dejará de tributar en los términos de esta Sección y deberá tributar en los términos del régimen general que regula el Título IV de esta Ley, según corresponda, a partir del mes siguiente a aquél en que debió presentar la información.

(…)

Así que mi estimado contribuyente que tienes la «bendición» de pertenecer a este régimen de incorporación fiscal, es mejor que no consideres este «tiempo extra» como una prórroga más… cuando en realidad es una de esas últimas oportunidades que la autoridad hacendaria te da para no sacarte del RIF y enviarte a Régimen General de Ley donde si que te verías bastante mal.

RIF también puede facturar desde aquí.

RIF también puede facturar desde aquí.


No existen otros post relacionados a este tema.

Etiquetas: prorrogas 2014, regimen de incorporacion fiscal, resolucion miscelanea 2014, rif
Compartir esta entrada
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en X
  • Compartir en WhatsApp
https://elconta.mx/wp-content/uploads/2014/09/Last-chance-clock_ultima_oportunidad.jpg 300 300 El Conta https://elconta.mx/wp-content/uploads/2025/08/elcontamx-logo_desde_2009.png El Conta2014-09-10 08:37:022014-10-07 23:54:18RIF: Prórroga hasta Enero 2015 para presentar todo 2014. (Una chance más…) –
1 comentario
  1. inocencio cruz
    inocencio cruz Dice:
    septiembre 10, 2014 en 4:42 pm

    La ley de Asociaciones Religiosas en su art 9 fracc V dice las asociaciones relgiosas tendran derecho Fracc V participar por si o asociadas con p.f. o morales en la constitucion,administracion sostenimiento y funcionamiento de instituciones de asitencia privada, planteles educativos etc,
    pueden impartir educacion,( primaria, secundaria,) con permiso de la secretaria de educacion publica,

Los comentarios están desactivados.

Suscríbete al boletín gratuito.

Solución en facturación (Nuevo sistema)

Lo último
  • CalcXML de ElContaMX – En 5 minutos ¡Descubre lo...mayo 21, 2026 - 9:50 amby: El Conta
  • 🚀 ¡Empieza a facturar HOY mismo con 5 timbres de REGALO!...febrero 16, 2026 - 11:45 amby: El Conta
  • Junio 2026. Agenda de Obligaciones Fiscales, Laborales y...junio 3, 2026 - 1:16 pmby: CPC Francisco Gamez Ponce
  • Cómo una mamá contadora transforma el reparto de utilidades...junio 3, 2026 - 11:34 amby: ASOCIACIÓN NACIONAL DE FISCALISTAS.NET, A.C.
  • El dilema de los correos masivos del INFONAVIT: ¿Falla,...junio 1, 2026 - 12:10 pmby: El Conta
Lo más leído
  • CalcXML de ElContaMX – En 5 minutos ¡Descubre lo...mayo 21, 2026 - 9:50 amby: El Conta
  • 🚀 ¡Empieza a facturar HOY mismo con 5 timbres de REGALO!...febrero 16, 2026 - 11:45 amby: El Conta
  • Incapacidad IMSS y los primeros tres días -Enfermedad ...abril 16, 2010 - 11:30 pmby: Colaboraciones
  • Solicitud de devolución de ISR Salarios -Mi experienci...mayo 7, 2010 - 7:19 pmby: El Conta
  • CFDI Tools ElConta.Com: Herramienta gratuita para organizar,...septiembre 11, 2014 - 11:53 pmby: El Conta
Comentarios
  • BEATRIZ JIMENEZgracias por el resumen y muy bien explicado de la CUFINmayo 28, 2026 - 3:56 pm por BEATRIZ JIMENEZ
  • JOSE HECTOR CORTES GARCIAGRACIAS SE EXTRAÑABAmayo 7, 2026 - 12:02 pm por JOSE HECTOR CORTES GARCIA
  • Contador Carla PachecoYo ya lo probe para la declaración anual, y es excelente....abril 16, 2026 - 12:15 pm por Contador Carla Pacheco

Las mejores soluciones:

RSS Cursos GRABADOS más recientes

  • Dividendos, CUCA Y CUFIN 2026
  • Partes Relacionadas y su declaración informativa
  • Reducción de la Jornada Laboral 2026
  • Prevención de Lavado de Dinero 2026 Reglamento Actualizado
  • Nuevo Complemento de Hidrocarburos y Petrolíferos (Edición 2026).
  • Declaración Anual Personas Físicas 2025.

Podría interesarte:

CURSOS GRABADOS (Aprovecha la promo!!)

© Copyright 2009-2029 - El Conta punto MX - Enfold WordPress Theme by Kriesi
  • Descarga Masiva de XML
  • Más Software Contable
  • Promociones en tienda
Desplazarse hacia arriba Desplazarse hacia arriba Desplazarse hacia arriba
Calculadoras GRATIS !!