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Personas Físicas tendrán hasta 31 de marzo para pagos provisionales de Enero + Febrero 2014

marzo 10, 2014/por El Conta

Comunicado de prensa SAT 032/2014
México, D.F., a 8 marzo de 2014

Listo el portal del SAT para recibir declaraciones mensuales 2014

A partir hoy, las personas físicas con actividad empresarial, honorarios y arrendamiento, pueden presentar su declaración mensual de enero y febrero.
 
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), publicó en su portal la aplicación que permite a las personas físicas con actividad empresarial, honorarios y arrendamiento, presentar sus declaraciones correspondientes a enero y febrero de 2014.

La autoridad fiscal explicó que con el propósito de facilitar el cumplimiento de esta obligación, se mejoró la herramienta dispuesta en el portal de Internet.

Adicionalmente, se publicará en breve la regla que amplía el plazo para que las personas físicas presenten las declaraciones mensuales de enero y febrero a más tardar el 31 de marzo, sin resultar aplicable mayor extensión de acuerdo a su día de nacimiento.

Esta medida de facilitación se toma derivado de que la aplicación en el portal es liberada hoy, y los contribuyentes no pudieron presentar sus declaraciones antes.

Con estas acciones, el SAT reitera su compromiso de hacer más fácil y más rápido el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Para mayor información, el SAT pone a disposición de los usuarios los siguientes canales de comunicación: sat.gob.mx la cuenta twittter @satmx, SAT México en Facebook y el INFOSAT 01800 4636 728.

–0–


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Etiquetas: Fiscal, Letras sueltas, pagos provisionales, personas fisicas, prorrogas 2014, SAT
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6 comentarios
  1. Arturo Hernandez
    Arturo Hernandez Dice:
    marzo 19, 2014 en 8:22 pm

    Si, el pago referenciado tiene error, ya que no consideran las péridas ni los acreditamientos de IVAs a favor de periodos anteriores, esperaba que saliera un comunicado, pero la autoridad se equivoca no sucede nada, en cambio si lo hacemos los contribuyentes siempre lo verán como defraudación fiscal, la autoridad y sus hironías… Espero no declaren, ya que si lo hacen tendrán errores, así que a esperarnos a ver que dice la SHCP…

  2. luis
    luis Dice:
    marzo 11, 2014 en 8:46 am

    la elaboracion del pago referenciado por el mes de enero incluye actualizacion y recargos, alguien sabe como eliminarlos?

  3. Diego
    Diego Dice:
    marzo 10, 2014 en 3:39 pm

    Y cual es el link para esa aplicación?

  4. GUADALUPE HERRERA
    GUADALUPE HERRERA Dice:
    marzo 10, 2014 en 2:58 pm

    porque el programa simplificado de pagos referenciados no trae el renglón para manifestar perdidas fiscales de ejercicios anteriores? porque tampoco trae el renglón para acreditamientos de saldo a favor de iva de periodos anteriores? es un error de sistema del sat?

    • Patricia Colmenero
      Patricia Colmenero Dice:
      marzo 14, 2014 en 8:17 pm

      realice una consulta al chat del SAT y me indicaron que las perdidas las apliquemos en el renglón de las deducciones del periodo, y el IVA a favor de periodos anteriores, en el IVA acreditable del periodo, que por el momento así se manejará; yo imagino que después de que varios hagan la observación, tendrán que hacer modificaciones a la aplicación, ya que siempre hemos dado información de la declaración en donde se manifestó el saldo a favor; esperemos nuevas noticias del SAT como es costumbre…

  5. Francisco Gonzalez
    Francisco Gonzalez Dice:
    marzo 10, 2014 en 1:25 pm

    Quiere decir que ya es pago referenciado forzosamente verdad?

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Comentarios
  • BEATRIZ JIMENEZgracias por el resumen y muy bien explicado de la CUFINmayo 28, 2026 - 3:56 pm por BEATRIZ JIMENEZ
  • JOSE HECTOR CORTES GARCIAGRACIAS SE EXTRAÑABAmayo 7, 2026 - 12:02 pm por JOSE HECTOR CORTES GARCIA
  • Contador Carla PachecoYo ya lo probe para la declaración anual, y es excelente....abril 16, 2026 - 12:15 pm por Contador Carla Pacheco

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