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Declaración anual personas físicas (impuestos) -Avisándole al patrón-

diciembre 2, 2010/por Colaboraciones

image

Asalariados con ingresos anuales menores a 400 mil pesos

Los trabajadores cuyos ingresos en el ejercicio de 2010 no hayan rebasado 400 mil pesos, y deseen presentar la Declaración Anual por su cuenta deben dar aviso por escrito a su patrón a más tardar el 31 de diciembre, en el que le indiquen dicha circunstancia.
Le brindamos un (word 28 kB) ejemplo del escrito.

Si usted tiene recibos o facturas de gastos médicos, dentales, funerales, compra de antejos, etc. puede hacer deducibles estos conceptos presentando su declaración anual, para ello debe avisar a su patrón antes del 31 de diciembre.

Los asalariados se encuentran obligados a presentar declaración anual cuando:

  • Obtengan otros ingresos acumulables (como honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, etc.), distintos a salarios.
  • Hayan dejado de prestar servicios antes del 31 de diciembre o cuando hayan prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea.
  • Perciban ingresos de empleadores no obligados a hacer retenciones como es el caso de embajadas y organismos internacionales
  • Cuando los ingresos por salarios excedan de 400 mil pesos anuales.

Fuente: SAT


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Etiquetas: aviso al patron, declaracion, Declaraciones anuales, escritos libres, personas fisicas
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https://elconta.mx/wp-content/uploads/2025/08/elcontamx-logo_desde_2009.png 0 0 Colaboraciones https://elconta.mx/wp-content/uploads/2025/08/elcontamx-logo_desde_2009.png Colaboraciones2010-12-02 10:37:052010-12-02 10:41:21Declaración anual personas físicas (impuestos) -Avisándole al patrón-
22 comentarios
  1. Iliana
    Iliana Dice:
    abril 27, 2012 en 2:28 pm

    Hola, mi duda es, soy persona asalariada, el patron ya presento declaracion anual 2011, tengo deducciones personales, puedo presentar por mi cuenta la declaracion 2011 para en dado caso que salga a favor de isr, pedir la devolucion?, gracias

  2. israel f.
    israel f. Dice:
    marzo 28, 2012 en 10:05 pm

    quiero declarar los impuestos por infonavit, tengo la carta de infonavit y la constancia de sueldos de la empresa para la que trabajo, di aviso de que iba a declarar por lo de infonavit. que procede? para mi esto es nuevo. gracias!!

  3. marycruz
    marycruz Dice:
    diciembre 13, 2011 en 5:06 pm

    hola estoy realmente confudida, he recibido dos pagos de una embajada y no me retubieron el impuesto. lo debo determinar en base al art 113 y 177???? saben cual es el fundamento en el que me obliga a realizarlo por mi cuenta??? y en cual no obliga a las embajadas???

    gracias

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    Gracias.

  4. JUAN FCO LUNA FIGUEROA
    JUAN FCO LUNA FIGUEROA Dice:
    noviembre 29, 2011 en 9:03 pm

    Hola buenas noches, estuve viendo su pagina y me parecio interesentate y de mucha utilidad, la pregunta que les voy a hacer es la siguiente, el escrito que se le da al patron, para que la persona fisica presente por su cuenta la declaracion anual, debe enviarse tambien al sat y como se enviaria. les agradesco de antemano su informacion. muchas gracias

    • El Conta
      El Conta Dice:
      noviembre 29, 2011 en 10:15 pm

      @JUAN FCO LUNA FIGUEROA:

      Esa carta deberá entregarla al SAT cuando ellos se la soliciten, por ejemplo al solicitar la devolución utilizando el formato 32 (Devoluciones y/o compensaciones manuales)

  5. JUDITH
    JUDITH Dice:
    noviembre 7, 2011 en 7:30 pm

    hola, soy pequeño contribuyente y tambien asalariado y nuna he presentado una anual por salarios . en la anual debo acumular lo de pequeño contribuyente o solo presento lo de sueldos y salarios. mis ingresos son menores a 400000. que pasa con mi pattron si quiero presentar la del 2009 y 2010 ? gracias

  6. charo
    charo Dice:
    octubre 11, 2011 en 1:41 pm

    una de las condiciones para que el trabajador presente por su cuenta la ldeclaracion anual es que manifieste dos patrones en el año, ¿estos deben ser simultaneos o un patron de enero a abril y el actual de mayo a diciembre?

  7. JUAN RIOS
    JUAN RIOS Dice:
    agosto 23, 2011 en 11:26 am

    Yo tengo el regimen de sueldos salarios y asimilados por mi trabajo pero aumente mis obligaciones a regimen intermedio por cuenta propia (venta de equipo de computo y telefonia) MI DUDA ES TENGO QUE PAGAR IMPUESTOS DOBLES O UN REGIMEN LO PRESENTA MI TRABAJO (DECLARACION) Y EL OTRO YO, O CUAL MECANICA DEBO SEGUIR? GRACIAS….

    • El Conta
      El Conta Dice:
      agosto 23, 2011 en 11:40 am

      @Juan Rios:

      Sus impuestos de salarios se los retiene su patrón

      Sus impuestos por su actividad empresarial los determina y paga Ud. por su cuenta.

      Al final del año realiza Ud. (o su contador) la declaración anual donde se acumulan todos sus ingresos / deducciones así como los pagos de impuestos ya realizados. Para poder determinar si tenemos impuestos a favor ó todavía hay que pagar otro tanto.

      Saludos y suerte ;)

  8. Juan Jesus Montalvo
    Juan Jesus Montalvo Dice:
    mayo 27, 2011 en 11:08 am

    hola buenos dias, presente mi declaracion anual por sueldos y salarios 2010, y reporta una inconsistencia, por las deduciones por interese pagados por credito,dice alli mismo en la pagina que la accion correctiva es solicitar la devolucion en el formato electronico de devoluciones, anexando el comprobante fiscal de sus deducciones por el concepto de los intereses, pero este formato, se puede presentar via internet o tiene que ser impresa y presentarse en la oficina del SAT??» agradezco y me aclaren mi duda .

    • El Conta
      El Conta Dice:
      mayo 27, 2011 en 11:17 am

      @Juan Jesus Montalvo:

      El trámite es por internet en http://www.sat.gob.mx en el área de «Mi portal»

      Acá le muestro un video al respecto: https://elconta.mx/?p=4655

      Suerte ;)

  9. icela palacios
    icela palacios Dice:
    mayo 12, 2011 en 9:21 am

    Enero del 2010 yo presente mi declaracion del mes de enero y presente mi suspencion de actividades, estoy obligada a presentar declaracion anual del 2010

  10. Angy
    Angy Dice:
    marzo 30, 2011 en 3:49 pm

    ¿Es simple mi pregunta, pero no me llena no que leo?
    Gano 4250 pesos a la quincena
    me descuentan 389.16 de ISR
    112.50 de IMSS
    Si presento mi declaración mensual ¿Obtengo algún beneficio? es decir, ¿el fisco me devuelve algo de ese ISR que me aplican?
    y si las facturas que obtengo por vender lenceria entran en esta declaración?
    Sólo quiero saber si obtengo beneficios! y ¿Cómo empiezo el tramite?
    Gracias por su apoyo

  11. jesus ibarra sanchez
    jesus ibarra sanchez Dice:
    marzo 25, 2011 en 3:18 pm

    no estoy obligado a presentar declaracion anual de impuestos ni tampoco avise al mi patron para que no presentara la decloaracion de mis impuetos .
    ¿Podria hacer la declaración de mis impuestos?

  12. Lourdes
    Lourdes Dice:
    marzo 21, 2011 en 2:10 pm

    a mi nuevo trabajo entre en jun de 2010 por lo que tengo 9 meses trabajando para esta empresa, debo hacer mi declaracion anual 2010 yo? la otra empresa a la que le trabaje de ene-jun2010 debe darme constancia?

  13. Diego Pérez
    Diego Pérez Dice:
    marzo 1, 2011 en 11:15 am

    Soy un empleado que de acuerdo a los recibos de nómina no estaría obligado a hacer esta declaración; pero como salí varias veces ede comisión, lo devengado lo aumentan a mi salario y entonces en el total rebaso los 400000; estoy obligado a hacer la declaración aunque los viáticos se hayan gastado en dichas comisiones.

    • El Conta
      El Conta Dice:
      marzo 1, 2011 en 10:26 pm

      @Diego Pérez:

      Leer: http://www.anafinet.org.mx/foro/viewtopic.php?t=15046&sid=ee5fedae96f7f4476d2898bc5e2e4367

  14. ADOLFO RODRIGUES
    ADOLFO RODRIGUES Dice:
    febrero 23, 2011 en 12:58 pm

    Los $400,000 anuales ¿son brutos? (antes de impuestos).

    • El Conta
      El Conta Dice:
      febrero 23, 2011 en 1:02 pm

      @ADOLFO:

      Si, son ingresos brutos.

      Saludos ;)

  15. Ricardo Serna Gutierrez
    Ricardo Serna Gutierrez Dice:
    febrero 13, 2011 en 8:25 am

    Cuando tienes Ingresos por intereses
    y se te retienen los impuestos correspondientes por el banco-como persona física-
    ¿tienes obligación de acumularlos a los ingresos por salarios aunque no lleguen a los $400 mil pesos y presentar declaración anual de 2010?

  16. Enrique Ortiz
    Enrique Ortiz Dice:
    enero 19, 2011 en 4:23 pm

    Buenas tardes quisiera me disiparan de una duda, en 2008, presente mi declaracion sin estar obligado, no presente declaracion en 2009, ¿estoy obligado a presentar 2010, ya que no rebaso los ingresos para estar sujeto?, les agradeceria me orientaran o bien que puedo hacer?

    Saludos y felicidades por el portal

    • El Conta
      El Conta Dice:
      enero 19, 2011 en 11:01 pm

      @Enrique Ortiz:

      No estas obligado a presentar la declaración anual 2010 a menos de que:

      Los asalariados se encuentran obligados a presentar declaración anual cuando:

      * Obtengan otros ingresos acumulables (como honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, etc.), distintos a salarios.
      * Hayan dejado de prestar servicios antes del 31 de diciembre o cuando hayan prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea.
      * Perciban ingresos de empleadores no obligados a hacer retenciones como es el caso de embajadas y organismos internacionales
      * Cuando los ingresos por salarios excedan de 400 mil pesos anuales.

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  • JOSE HECTOR CORTES GARCIAGRACIAS SE EXTRAÑABAmayo 7, 2026 - 12:02 pm por JOSE HECTOR CORTES GARCIA
  • Contador Carla PachecoYo ya lo probe para la declaración anual, y es excelente....abril 16, 2026 - 12:15 pm por Contador Carla Pacheco

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