Mi Contabilidad Personas Físicas. Análisis fiscal.
Cambios a “Mi contabilidad” por medio del anteproyecto
a la 3era. Modificación a la R.M. 2018.
¡¡ Más obligaciones¡¡
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Análisis Fiscal
1.¿Qué reglas fueron modificadas en la 3era modificación a la resolución miscelánea 2018 en materia de “Mi contabilidad”?
- 2.8.1.23 Presentación de declaraciones provisionales del ISR y definitivas del IV A de las personas físicas a través del aplicativo ‘Mi contabilidad’
- 2.8.1.24 Declaraciones complementarias de personas físicas, a través del aplicativo ‘Mi contabilidad’.
- 2.8.1.25 Facilidades para los contribuyentes que clasifican sus CFDI en el aplicativo ‘Mi contabilidad’.
2.¿Qué personas no deberán de presentar con el aplicativo “Mi contabilidad”?
Los que están como:
- Régimen de Incorporación Fiscal (R.I.F.), (Art. 111 de la LISR).
- Las personas físicas con actividad empresarial y profesionales del Capítulo II del Título IV sección II de la LISR que no hayan excedido los dos millones (Art. 110 fracción II de la LISR).
- Los que van de más de 2 a 4 millones de pesos de ingresos en el ejercicio, siempre y cuando no hayan presentado el aviso para optar por mis cuentas. (2.8.1.5 y 2.8.1.19), y
- Las personas físicas que otorgan el uso o goce temporal de bienes que utilizan la deducción ciega y optaron por el sistema de mis cuentas.
3.¿Por lo tanto Para qué personas será el aplicativo “Mi contabilidad”?
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La nueva regla 2.8.1.23 indica que será para los siguientes sujetos:
- Sección I (Persona física con ingresos por actividad empresarial y servicios profesionales de los comentados anteriormente).
- Capítulo III (Persona física con ingresos por arrendamiento en los casos comentados anteriormente (regla 2.8.1.8)) y
- Otras personas físicas que no utilicen “Mis cuentas”
4.¿Que se podrá hacer en el aplicativo “Mi contabilidad”?
La regla anterior indica que se DEBERÁ de formular los pagos provisionales de ISR y los pagos definitivos de IVA.
Es de comentarse que los pagos provisionales se podrán presentar de acuerdo a “Mi Contabilidad” CLASIFICANDO LOS CFDI cobrados y pagados.
5.¿De qué trata la regla 2.8.1.24 de la R.M. 2018 en relación a “Mi contabilidad”?
Es para la presentación de las declaraciones complementarias de pagos provisionales de ISR y Denitivos de IVA.
6.¿De qué trata la regla 2.8.1.25 de la R.M. 2018 en relación a “Mi contabilidad”?
Otorga el beneficio que:
- No enviarán la contabilidad electrónica.
- Estarán relevados de presentar la DIOT a que se refiere el artículo 32 fracción VIII de la LIVA
Nota: De acuerdo a la regla 2.8.1.23 se aplicará el inciso b) siempre y cuando se clasiquen los CFDI.
7.¿Cuándo va a iniciar el programa “Mi contabilidad”?
De acuerdo a la regla 1.8 iniciará en el mes de octubre cuando se conozca el aplicativo.
El 17 de Octubre deberá de presentarse la declaración de pago provisional de ISR y defiitivo de IVA.
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Buen dia,
El aplicativo Mi contabilidad no esta acumulando la informacion que ya se dio de septiembre, si ya se acepto el mes pasado, porque vuelve a preguntar…..? sera un error de la pagina o a alguien le ha pasado…
Gracias, y en hora buena por la informacion que nos brindan.
Saludos cordiales
AL TRATAR DE PRESENTAR EL PAGO PROVISIONAL POR OCTUBRE EN EL REGIMEN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES LA APLICACION MI CONTABILIDAD NO CONSIDERA LOS INGRESOS Y EGRESOS DE SEPTIEMBRE E INICIA CON LOS SALDOS A AGOSTO. HABLE CON EL SAT Y ME INDICAN QUE CONFIGURE BIEN MI COMPUTADORA PERO YA LO TRATE DE HACER EN VARIAS COMPUTADORAS Y DIFERENTES NAVEGADORES Y SIGUE IGUAL. ¿QUE OPINAN?
HOLA BUEN DIA
YO TENGO INGRESOS SUPERIORES A CUATRO MILLONES, POR LO TANTO DEBO UTILIZAR EL APLICATIVO «MI CONTABILIDAD»?
ES FORZOSO A PARTIR DE SEPTIEMBRE 2018?
Hola, estoy por arrendamiento y al querer presentar por medio de mi contabilidad no me arroja impuesto a pagar aunque no tengo ninguna deducción, como sera?
hola buen dia…sin querer acepte el pago por MI CONTABILIDAD…pero prefiero hacerlo por el esquema anterior…sabra alguien por favor como hacer el cambio…de antemano muchas gracias
PERO NO ES OBLIGATORIO TODAVIA LLEVAR «MI CONTABILIDAD»
No es opcion
Buen dìa…Te vas a Mi Contabilidad y en perfil pones Esquema Anterior y te muestra el aviso de mètodo conocido o aplicativo Mi Contabilidad..aunque debiò mostrar dicha opciòn al inicio del pago…Saludos!!
estoy en la misma situacion, en ningun momento me pone optar por realizar el pago con elmetodo anterior.
Buen dìa…Te vas a Mi Contabilidad y en perfil pones Esquema Anterior y te muestra el aviso de mètodo conocido o aplicativo Mi Contabilidad..aunque debiò mostrar dicha opciòn al inicio del pago…Saludos!!
BUENAS TARDES, FELICIDADES POR LA INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN BRINDADA, TENGO UN PROBLEMA EN EL APLICATIVO MI CONTABILIDAD, REGISTRE MIS OBLIGACIONES Y AL PUCHAR SIGUIENTE ME LLEVO DIRECTO AL PAGO, VOLVÍ A INICIAR Y NUEVAMENTE ME LLEVA DIRECTO AL PAGO. (ME INDICA FORMULARIO NO CONCLUIDO, INICIO, BORRO VUELVO A EMPEZAR) NO SE QUE HACER. AGRADECERÉ ALGUIEN ME PUEDA APOYAR.