Contabilidad Electrónica – Infografía del SAT –
Resumen infográfico del SAT.
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Resumen infográfico del SAT.
Factura electrónica comercial obtenida vía internet. Salvo prueba en contrario, tiene valor probatorio para demostrar la propiedad de un vehículo a favor de la persona que en ella se indica, aunque sea exhibida en copia simple.
MECÁNICA OPERACIONAL PARA SU DETERMINACIÓN: Ingreso anual obtenido (-) Impuesto local a los ingresos por salarios, en su caso = Base gravable (Seguir leyendo…)
Presentan gradualidad en el cumplimiento de la contabilidad electrónica. / Los contribuyentes con ingresos menores a 4 millones de pesos al año iniciarán el envío de su información hasta 2016 y aquellos que tienen ingresos anuales iguales o superiores a 4 millones de pesos comenzarán a enviar su información en enero de 2015.
La PRODECON se manifestó preocupada porque los contribuyentes conozcan quiénes se pueden ver beneficiados con la resolución dictada en días pasados por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que concedió la suspensión contra el envío al SAT de la contabilidad electrónica.
El día de hoy se publicó (por fin) la modificación al ANEXO 24 así como la Modificación a la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 y sus Anexos 3 y 24 que rige el aspecto técnico de la Contabilidad Electrónica que viene con fuerza para el próximo ejercicio 2015.
Se publica en la página OFICIAL del SAT la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 y sus Anexos 3 y 24
Conferencia de prensa en vivo del @SATMX con importantes pronunciamientos respecto a la #ContabilidadElectronica
En el blog de nuestro amigo Fiscalito.com aparece lo siguiente que me pareció de lo mas interesante y es por eso que se los comparto.
Descarga la versión PDF desde nuestro servidor.
Significa que el contribuyente tiene derecho a que la autoridad tributaria resguarde con carácter reservado la información, datos, informes o antecedentes que los contribuyentes y terceros con ellos relacionados les proporcione, los cuales sólo podrán ser utilizados en los casos previstos por las leyes aplicables.
Significa que el contribuyente tiene derecho, por una parte, a obtener certificación y copia de sus declaraciones fiscales, previo el pago de los derechos respectivos; y por otra, a formular consultas a la autoridad tributaria.
Luego de 17 años y medio se actualiza la versión de la ya famosa DIOT publicada en el año 2011. Descarga ya la nueva DIOT 2014 V.1.1.5
Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XXII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria se resuelve:
26/ISR. Pérdidas por enajenación de acciones. Obligación de las sociedades controladoras de pagar el ISR que se hubiere diferido con motivo de su disminución en la determinación del resultado fiscal consolidado
