Expedirle un solo CFDI al mes a contribuyentes del RIF por las ventas que le hicimos. – Regla I.2.7.1.35. de la RMF2014 –
I.2.7.1.35. Para los efectos de los artículos 29, primer párrafo, segundo fracción IV, V y último párrafos del CFF y 39 del Reglamento del CFF, en relación con los artículos 16, 17 y 102 de la Ley del ISR, aquellos contribuyentes que perciban ingresos por enajenaciones realizadas durante un mes calendario a un mismo contribuyente del RIF, podrán diferir la emisión de los CFDI correspondientes…


