• Link to X
  • Link to Facebook
  • Link to Youtube
  • Descarga Masiva de XML
  • Más Software Contable
  • Promociones en tienda
📞 Llamada sin costo: 800-649-0515
ElConta.MX
  • TIENDA
    • 🧾 Facturación CFDI
    • ⏬ Descarga Masiva de XML
    • 📘 Libros para contadores
    • ✨ Programas para contadores
  • CFDI facturación
    • Accesos CFDI
      • ✨ CFDI ElConta + Capdigi (El de siempre)
      • 🆕 APP FacturasElContaMX (NUEVO) 🤩
      • 📌 CFDI Ilimitado (Facturación básica)
    • 👍CFDI ElConta + Capdigi
      • >> RECARGA DE TIMBRES
      • CFDI Facturas
      • CFDI Recibos (Hon – Arrend)
      • CFDI Nóminas
      • CFDI Hoteles
      • CFDI Escuelas
      • CFDI Transportistas
      • CFDI Donatarias
  • Cursos en línea
    • 🧑‍💻 Cursos Grabados
    • 🔥 Próximos Cursos
    • 🎁 Cursos gratuitos
  • Lo actual:
    • CFDI Noticias
    • Descarga Masiva de XML
    • RESICO PF y PM
    • Nuevas Reformas
    • ISR Plataformas Digitales
    • Buzón fiscal ó tributario
    • Contabilidad electrónica
    • Declaraciones de impuestos
    • REPSE-SISUB-ICSOE
    • Soluciones en Excel
    • Personas Físicas
    • Recursos Humanos
  • Calculadoras
  • Click to open the search input field Click to open the search input field Buscar
  • Menú Menú
  • Descarga Masiva de XML
  • Más Software Contable
  • Promociones en tienda

Caducidad de facultades de comprobación del SAT es de 5 años pero… – Nuevo criterio normativo 25/CFF/N del SAT –

febrero 19, 2015/por El Conta

25/CFF/N. Suspensión del término de caducidad derivado de la interposición de un recurso administrativo o juicio

El artículo 67 del Código Fiscal de la Federación señala que las facultades de las autoridades fiscales para determinar las contribuciones o aprovechamientos omitidos y sus accesorios, así como para imponer sanciones por infracciones a las disposiciones fiscales, se extinguen en el plazo de cinco años.

Por su parte, el cuarto párrafo del mencionado artículo establece que dicho plazo no está sujeto a interrupción y sólo se suspenderá en determinados supuestos, entre los cuales se encuentra la interposición de algún recurso administrativo o juicio.

En consecuencia la caducidad opera sobre el ejercicio de facultades de comprobación de las autoridades fiscales, la suspensión con motivo de la interposición de algún recurso administrativo o juicio a que se refiere el artículo 67, cuarto párrafo del citado Código Fiscal de la Federación, se actualiza con la interposición de medios de defensa en contra de actos emitidos por autoridades fiscales, y no así en contra de actos emitidos por autoridades distintas a éstas actuando en materias diversas a las fiscales.

Tratándose de la suspensión derivada de la interposición de algún recurso administrativo o juicio, el periodo por el que se suspende dicho término inicia con la presentación del medio de defensa de que se trate y concluye hasta que recaiga una resolución definitiva o sentencia ejecutoriada, debiendo atenderse para tal efecto a la legislación que regule el medio de defensa de que se trate.

Fuente: Modificación al Anexo 7 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 ( 18 Febrero 2015)

——————————————-

¿Qué son los criterios normativos y/o criterios no vinculativos que publica el SAT?

¿Son obligatorios? ¿Son definitivos? Lee aquí.

De venta en tienda.elconta.com

De venta en tienda.elconta.com


No existen otros post relacionados a este tema.

Etiquetas: art 67 cff, CFF, cinco años, criterios normativos, defensa del contribuyente, extincion de obligaciones fiscales
Compartir esta entrada
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en X
  • Compartir en WhatsApp
https://elconta.mx/wp-content/uploads/2014/12/5.jpg 125 125 El Conta https://elconta.mx/wp-content/uploads/2025/08/elcontamx-logo_desde_2009.png El Conta2015-02-19 11:31:152015-02-19 11:37:56Caducidad de facultades de comprobación del SAT es de 5 años pero… – Nuevo criterio normativo 25/CFF/N del SAT –
2 comentarios
  1. jose guadalupe moreno camacho
    jose guadalupe moreno camacho Dice:
    febrero 22, 2015 en 12:20 am

    GRACIAS POR LA INFORMACION !!!
    BUENAS NOCHES !!!
    ATTE. JOSE GPE MORENO C.

  2. angelica quintal
    angelica quintal Dice:
    febrero 20, 2015 en 2:22 pm

    que nos pueden informar acerca de la ultima publicacion de la contabilidad electronica para el envio, ya que segun publicacion
    Boletín 002 / 2015 de Prodecon
    La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) obtuvo criterio
    confirmatorio por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT) respecto de
    la entrada en vigor escalonada de las obligaciones en materia de contabilidad
    electrónica, lo cual brinda seguridad jurídica a los contribuyentes.
    Lo anterior en virtud de que fue en los resolutivos tercero y cuarto de la Séptima
    Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2014,
    donde se estableció la gradualidad de la contabilidad electrónica, disponiendo que
    sólo aquellos contribuyentes que hubieran obtenido ingresos acumulables
    superiores a 4 millones de pesos en 2013, así como las instituciones financieras,
    serán los que estarán obligados a llevar y enviar su contabilidad electrónica, a
    partir del primero de enero de 2015, mientras que los restantes contribuyentes lo
    harían a partir de enero de 2016.
    Sin embargo en la RMF para 2015 no se reiteraron dichas disposiciones, lo cual
    ha provocado inquietud en los contribuyentes sobre si subsiste la gradualidad de
    la entrada en vigor de la contabilidad electrónica.
    A requerimiento de PRODECON, el SAT ha confirmado al organismo autónomo
    que subsisten las disposiciones mencionadas. Por ende, dicho compromiso ante
    PRODECON garantiza la seguridad jurídica de los contribuyentes.
    en mi punto de vista me queda todavia la duda quienes podran enviar
    espero me puedan ayudar
    gracias
    saludos

Los comentarios están desactivados.

Suscríbete al boletín gratuito.

Solución en facturación (Nuevo sistema)

Lo último
  • CalcXML de ElContaMX – En 5 minutos ¡Descubre lo...mayo 21, 2026 - 9:50 amby: El Conta
  • 🚀 ¡Empieza a facturar HOY mismo con 5 timbres de REGALO!...febrero 16, 2026 - 11:45 amby: El Conta
  • Artículo 141 del Código Fiscal de la Federación: Cuando...junio 22, 2026 - 11:35 amby: C.P.C Juan Carlos Gómez Sánchez
  • Cómo la Inteligencia Artificial reemplazó al auditor humano...junio 19, 2026 - 1:00 pmby: INCP Instituto del Noroeste de Contadores Públicos
  • Contadores y abogados, el dream team que protege el activo...junio 19, 2026 - 10:00 amby: ASOCIACIÓN NACIONAL DE FISCALISTAS.NET, A.C.
Lo más leído
  • CalcXML de ElContaMX – En 5 minutos ¡Descubre lo...mayo 21, 2026 - 9:50 amby: El Conta
  • 🚀 ¡Empieza a facturar HOY mismo con 5 timbres de REGALO!...febrero 16, 2026 - 11:45 amby: El Conta
  • Incapacidad IMSS y los primeros tres días -Enfermedad ...abril 16, 2010 - 11:30 pmby: Colaboraciones
  • Solicitud de devolución de ISR Salarios -Mi experienci...mayo 7, 2010 - 7:19 pmby: El Conta
  • CFDI Tools ElConta.Com: Herramienta gratuita para organizar,...septiembre 11, 2014 - 11:53 pmby: El Conta
Comentarios
  • BEATRIZ JIMENEZgracias por el resumen y muy bien explicado de la CUFINmayo 28, 2026 - 3:56 pm por BEATRIZ JIMENEZ
  • JOSE HECTOR CORTES GARCIAGRACIAS SE EXTRAÑABAmayo 7, 2026 - 12:02 pm por JOSE HECTOR CORTES GARCIA
  • Contador Carla PachecoYo ya lo probe para la declaración anual, y es excelente....abril 16, 2026 - 12:15 pm por Contador Carla Pacheco

Las mejores soluciones:

RSS Cursos GRABADOS más recientes

  • Beneficiario controlador 2026
  • Dividendos, CUCA Y CUFIN 2026
  • Partes Relacionadas y su declaración informativa
  • Reducción de la Jornada Laboral 2026
  • Prevención de Lavado de Dinero 2026 Reglamento Actualizado
  • Nuevo Complemento de Hidrocarburos y Petrolíferos (Edición 2026).

Podría interesarte:

CURSOS GRABADOS (Aprovecha la promo!!)

© Copyright 2009-2029 - El Conta punto MX - Enfold WordPress Theme by Kriesi
  • Descarga Masiva de XML
  • Más Software Contable
  • Promociones en tienda
Desplazarse hacia arriba Desplazarse hacia arriba Desplazarse hacia arriba
Calculadoras GRATIS !!